Recurso de Apelación contra Sentencia del Juez de Paz
Escrito para apelar la sentencia del juez de paz dentro de los cinco días hábiles, ante el juzgado de paz letrado o mixto más cercano.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA DEL JUEZ DE PAZ SUMILLA: INTERPONE RECURSO DE APELACIÓN SEÑOR JUEZ DE PAZ DEL CENTRO POBLADO DE [NOMBRE_CENTRO_POBLADO], DISTRITO DE [DISTRITO], PROVINCIA DE [PROVINCIA], DEPARTAMENTO DE [DEPARTAMENTO] Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE]-[AÑO]-JP-[NOMBRE_CENTRO_POBLADO] Materia: [MATERIA_DEL_PROCESO] [NOMBRE_APELANTE], identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N° [DNI_APELANTE], con domicilio en [DIRECCION_APELANTE], en el proceso seguido con [NOMBRE_DE_LA_OTRA_PARTE]; ante usted me presento y digo: I. PETITORIO Interpongo recurso de apelación contra la sentencia de fecha [FECHA_DE_LA_SENTENCIA], notificada el [FECHA_DE_NOTIFICACION_DE_LA_SENTENCIA], que resolvió [PARTE_RESOLUTIVA_IMPUGNADA]. Solicito que se conceda el recurso y se eleven los autos al Juzgado de Paz Letrado de [NOMBRE_DISTRITO_O_PROVINCIA] o, en su defecto, al Juzgado Especializado o Mixto más cercano, para que revoque o anule la resolución impugnada. II. OPORTUNIDAD DEL RECURSO La sentencia me fue notificada el [FECHA_DE_NOTIFICACION_DE_LA_SENTENCIA] y el presente recurso se presenta el [FECHA_DE_PRESENTACION], dentro del plazo de cinco días hábiles previsto en el Reglamento de la Ley de Justicia de Paz, más el término de la distancia cuando corresponde. III. AGRAVIOS QUE ME CAUSA LA RESOLUCIÓN 3.1. Afectación del derecho de defensa. [DESCRIPCION_DEL_AGRAVIO_1: no fui notificado de la audiencia en el domicilio que señalé, no se me permitió presentar a mis testigos, no se me explicó el objeto de la diligencia en una lengua que comprendo]. 3.2. Falta de valoración de los medios probatorios. El juzgado omitió pronunciarse sobre [MEDIO_PROBATORIO_OMITIDO], que acreditaba [HECHO_QUE_ACREDITABA]. 3.3. Decisión que excede la competencia del juzgado de paz. La materia resuelta corresponde a [AUTORIDAD_COMPETENTE], o el monto discutido supera las treinta (30) Unidades de Referencia Procesal previstas en la ley. 3.4. Razonabilidad de lo decidido. El monto o la obligación fijada resulta desproporcionada respecto de [CIRCUNSTANCIA_RELEVANTE: mis ingresos reales de S/ [INGRESO_MENSUAL], las necesidades acreditadas, el valor real del bien]. 3.5. Otros agravios: [OTROS_AGRAVIOS]. IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 4.1. El artículo 28 de la Ley N° 29824 establece que la sentencia del juez de paz es apelable en segunda y última instancia ante el juez de paz letrado o el juez especializado o mixto más cercano, y que la apelación tiene por objeto revisar si se ha observado el debido proceso y el fondo del asunto, en especial el derecho de defensa. 4.2. El artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 29824 fija el plazo de cinco días hábiles para apelar, dispone que el juez de paz remita el expediente en cinco días hábiles y otorga al juez revisor treinta días hábiles para resolver. 4.3. El mismo artículo precisa que el juez revisor debe considerar la naturaleza extraordinaria de la justicia de paz y la licencia otorgada a sus operadores para no fundamentar jurídicamente sus decisiones, ajustando su análisis a un examen de razonabilidad. 4.4. El artículo 29 de la Ley N° 29824 obliga al juez de paz a respetar la dignidad humana y los derechos fundamentales contenidos en la Constitución. 4.5. El artículo 139, numerales 3 y 14, de la Constitución Política del Perú reconoce la observancia del debido proceso y el derecho de defensa. V. ANEXOS 1-A. Copia de mi Documento Nacional de Identidad. 1-B. Copia de la sentencia impugnada y de su cédula de notificación. 1-C. [DOCUMENTOS_ADICIONALES_QUE_SUSTENTAN_LOS_AGRAVIOS]. POR TANTO: Pido a usted conceder el recurso de apelación y elevar los autos al superior dentro del plazo de ley. [LUGAR], [DIA] de [MES] de [AÑO] ____________________________________ [NOMBRE_APELANTE] DNI N° [DNI_APELANTE] Huella digital NOTA: contra lo resuelto por el juez de segunda instancia no procede ningún otro recurso. Las actas de conciliación suscritas ante el juzgado de paz no son apelables, salvo la existencia de algún vicio de nulidad. BASE LEGAL - Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz: artículos 27, 28 y 29. - Reglamento de la Ley N° 29824, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS: artículos 30 y 31. - Constitución Política del Perú: artículos 139 numerales 3, 6 y 14, y 152.
Para qué sirve
La sentencia llegó el martes y dice lo contrario de lo que esperabas. Tienes cinco días hábiles para apelar, y ese plazo hace perder más casos en la justicia de paz que cualquier error de fondo. Este escrito se presenta ante el mismo juzgado de paz que sentenció, que luego eleva el expediente.
El recurso sube al Juzgado de Paz Letrado del lugar o, si no existe, al juzgado especializado o mixto más cercano. Ese superior revisa lo que el acta y la sentencia registran, así que la apelación tiene que señalar agravios concretos. Repetir la demanda palabra por palabra es la forma más rápida de que confirmen la resolución impugnada.
Cuándo conviene usarlo
- La sentencia se dictó sin haberte notificado la audiencia en el domicilio que señalaste.
- No te permitieron presentar a tus testigos o no se dejó constancia de tus pruebas en el acta.
- La diligencia se llevó en una lengua que no comprendes y nadie te explicó el objeto.
- La decisión resolvió algo distinto de lo que se pidió, o el juzgado no tenía competencia sobre el caso.
Cómo llenarlo
- Cuenta el plazo desde el día siguiente a la notificación, en días hábiles, y suma el término de la distancia cuando vives lejos del juzgado. Anota ambas fechas en el escrito.
- Identifica la sentencia por su fecha y transcribe la parte que te perjudica. El superior necesita saber con exactitud qué se impugna.
- Enumera los agravios uno por uno, explicando qué se hizo mal y qué consecuencia tuvo. Un agravio sin consecuencia se lee como una simple queja.
- Pide de manera concreta la revocación o la nulidad, según lo que reclames. La revocación busca cambiar la decisión y la nulidad busca rehacer lo que se hizo mal.
- Adjunta copia de la sentencia y de su cédula de notificación, y pide el cargo sellado con la fecha y hora de presentación.
Base legal
El derecho a apelar la sentencia del juez de paz, el plazo de cinco días hábiles y la remisión al Juzgado de Paz Letrado o al juzgado especializado o mixto más cercano están previstos en la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS. La pluralidad de instancia y el derecho de defensa que respaldan este recurso se encuentran en la Constitución Política del Perú.
¿Puedo apelar de forma verbal ante el juez?
Conviene presentarlo por escrito, aun con letra a mano y en lenguaje sencillo, porque así queda constancia de la fecha. Si el juzgado recibe la apelación verbal, pide que se levante un acta y que te entreguen copia firmada.
¿Se puede presentar prueba nueva en la apelación?
La regla es que el superior revisa lo actuado, de manera que la prueba nueva rara vez se admite. Si un documento existía y no lo presentaste, explica por qué no pudiste hacerlo en la audiencia.
¿Qué pasa mientras se resuelve la apelación?
El expediente sube y el juzgado de paz deja de decidir sobre el fondo. Pregunta al momento de presentar el recurso si la ejecución queda suspendida en tu caso, y pide que la respuesta conste por escrito en el expediente.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación contra sentencia del juez de paz
¿El modelo de recurso de apelación contra sentencia del juez de paz es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-contra-sentencia-del-juez-de-paz/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación contra sentencia del juez de paz sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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