Recurso de Reclamación contra Resolución de Pérdida de Fraccionamiento Tributario
Recurso de reclamación ante SUNAT contra la resolución que declara la pérdida del fraccionamiento, conforme a los Arts. 36, 135 y 137 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF), plazo de 20 días hábiles.
Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DE FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO SUMILLA: INTERPONGO RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DE FRACCIONAMIENTO SEÑOR INTENDENTE DE LA INTENDENCIA REGIONAL [INTENDENCIA] DE LA SUNAT Yo, [NOMBRE_CONTRIBUYENTE], con RUC N° [NUMERO_RUC], identificado con [TIPO_DOC] N° [NUMERO_DOC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], distrito de [DISTRITO], ante usted respetuosamente me presento y digo: I. PETITORIO Que, al amparo de los Arts. 135 y 137 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF), interpongo RECURSO DE RECLAMACIÓN contra la Resolución de Intendencia N° [NUMERO_RESOLUCION] que declaró la pérdida del fraccionamiento otorgado al amparo del Art. 36 del citado Código, solicitando que se deje sin efecto y se restituya el beneficio. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Mediante Resolución de Intendencia N° [NUMERO_RESOLUCION_OTORGA] se me otorgó el fraccionamiento de la deuda tributaria del [TRIBUTO], periodo [PERIODO_TRIBUTARIO], por un total de S/ [MONTO_FRACCIONADO] en [NUMERO_CUOTAS] cuotas. 2. Mediante Resolución de Intendencia N° [NUMERO_RESOLUCION], notificada el [FECHA_NOTIFICACION], la SUNAT declaró la pérdida del fraccionamiento alegando [MOTIVO_PERDIDA]. 3. La declaración de pérdida es indebida porque [FUNDAMENTO_IMPUGNACION] (las cuotas fueron pagadas oportunamente / hubo un error en la imputación de los pagos / no se configura la causal de pérdida), conforme acredito con los comprobantes de pago que adjunto. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 36 del TUO del Código Tributario regula el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda tributaria y las causales de su pérdida, las cuales deben verificarse de manera objetiva. 2. El Art. 135 del TUO del Código Tributario establece que es acto reclamable, entre otros, la resolución que declara la pérdida del fraccionamiento de carácter general o particular. 3. El Art. 137 del TUO del Código Tributario fija que la reclamación contra la resolución de pérdida de fraccionamiento debe presentarse dentro del plazo improrrogable de 20 días hábiles, computado desde el día hábil siguiente a su notificación, plazo que cumplo con el presente recurso. IV. PETITORIO CONCRETO Solicito que se declare FUNDADO el recurso, se deje sin efecto la Resolución de Intendencia N° [NUMERO_RESOLUCION] y se restituya el fraccionamiento conforme al cronograma original. V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS 1-A. Copia del documento de identidad y de la ficha RUC. 1-B. Copia de la Resolución de Intendencia que declara la pérdida. 1-C. Copia de la resolución que otorgó el fraccionamiento. 1-D. Comprobantes de pago de las cuotas. POR TANTO: A usted, señor Intendente, solicito admitir el presente recurso y declararlo fundado conforme a ley. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_CONTRIBUYENTE] RUC N° [NUMERO_RUC]
Sobre este modelo de recurso de reclamación contra resolución de pérdida de fraccionamiento tributario
Este modelo pertenece al área de Derecho Tributario. Escritos ante SUNAT, reclamos, apelaciones tributarias, fraccionamientos y descargos (Código Tributario).
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Cómo presentar recurso de reclamación contra resolución de pérdida de fraccionamiento tributario: paso a paso
- Identifica el acto de SUNAT que impugnas. Ubica la resolución de determinación, multa u orden de pago. Anota el número, fecha de notificación y monto. Estos datos fijan el plazo y el recurso aplicable.
- Verifica los plazos. Reclamación ante SUNAT: 20 días hábiles desde la notificación (Art. 137 CT). Apelación ante el Tribunal Fiscal: 15 días hábiles desde que SUNAT notifica su resolución (Art. 146 CT). Fuera de plazo requiere carta fianza.
- Reúne los medios probatorios. Junta declaraciones juradas, comprobantes de pago, libros contables, contratos y documentos que sustenten los hechos controvertidos. La carga de la prueba es del contribuyente para acreditar sus afirmaciones.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos de la resolución impugnada, el periodo fiscalizado, los reparos que cuestionas y los fundamentos legales que los desvirtúan.
- Presenta en la mesa de partes de SUNAT. Entrega el escrito en la intendencia que emitió el acto o por la Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT). Obtén número de expediente y monitorea el plazo de resolución (9 meses para reclamación, 12 para apelación).
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de reclamación contra resolución de pérdida de fraccionamiento tributario
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a SUNAT?
Tienes 20 días hábiles desde la notificación para presentar reclamación contra resoluciones de determinación, multa u órdenes de pago (Art. 137 CT). Para apelar la resolución que resuelve la reclamación, otros 15 días hábiles ante el Tribunal Fiscal (Art. 146 CT). La queja del Art. 155 CT no tiene plazo y resuelve la Defensoría del Contribuyente.
¿Necesito carta fianza para fraccionar deuda con SUNAT?
Solo si la deuda fraccionada supera las 3 UIT (S/ 16,050 en 2026). Por debajo no se exige garantía. Por encima, debes presentar carta fianza bancaria, hipoteca, prenda o garantía mobiliaria. El plazo máximo de fraccionamiento es 72 cuotas y el interés es la TIM vigente (Art. 36 CT, Reglamento R.S. 161-2015/SUNAT).
¿El modelo de recurso de reclamación contra resolución de pérdida de fraccionamiento tributario es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-reclamacion-contra-resolucion-de-perdida-de-fraccionamiento-tributario/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de reclamación contra resolución de pérdida de fraccionamiento tributario sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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