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Administrativo

Recurso de Reconsideración ante Entidad Pública

Recurso administrativo de reconsideración contra acto administrativo basado en nueva prueba. Art. 208 Ley 27444 (LPAG).

Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESCRITO N.° [N°]-[AÑO]
INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

SEÑOR [CARGO DEL FUNCIONARIO] DE [NOMBRE_ENTIDAD]:

[NOMBRE_RECURRENTE], identificado con DNI N.° [DNI] / [RAZÓN_SOCIAL] con RUC N.° [RUC], con domicilio en [DOMICILIO], con correo electrónico [EMAIL], a Ud. digo:

I. ACTO IMPUGNADO
Interpongo RECURSO DE RECONSIDERACIÓN contra la [Resolución / Oficio / Carta] N.° [N°] de fecha [FECHA], notificada el [FECHA_NOTIFICACIÓN], mediante la cual se [DESCRIBIR DECISIÓN IMPUGNADA].

II. PLAZO DE INTERPOSICIÓN
El presente recurso se interpone dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación del acto impugnado, conforme al Art. 218 numeral 1 de la Ley 27444.

III. NUEVA PRUEBA
El presente recurso se sustenta en NUEVA PRUEBA consistente en:
1. [DESCRIBIR NUEVA PRUEBA 1]: [DOCUMENTO], que acredita que [EXPLICAR QUÉ DEMUESTRA].
2. [DESCRIBIR NUEVA PRUEBA 2]: [DOCUMENTO], que demuestra que [EXPLICAR].
[NOTA: El Art. 208 LPAG exige nueva prueba para la reconsideración. Si no hay nueva prueba, considerar recurso de apelación.]

IV. FUNDAMENTOS
1. ERROR EN LOS HECHOS
La resolución impugnada se sustenta en hechos incorrectos o incompletos, toda vez que [EXPLICAR EL ERROR FÁCTICO Y CÓMO LA NUEVA PRUEBA LO CORRIGE].

2. ERROR EN EL DERECHO
La resolución aplica incorrectamente el Art. [N°] de [NORMA], pues [EXPLICAR LA INTERPRETACIÓN CORRECTA].

3. VICIO DE MOTIVACIÓN
La resolución carece de motivación suficiente al [no exponer los fundamentos que la sustentan / omitir pronunciarse sobre los argumentos presentados / incurrir en motivación aparente], vulnerando el principio del debido procedimiento (Art. IV numeral 1.2 LPAG).

V. NUEVA PRUEBA ADJUNTA
1. [DOCUMENTO 1] (Anexo 1-A).
2. [DOCUMENTO 2] (Anexo 1-B).

VI. PETITORIO
Solicito declarar fundado el presente recurso de reconsideración y, en consecuencia:
1. Revocar / modificar la Resolución N.° [N°] de [FECHA].
2. [INDICAR LA DECISIÓN CORRECTA QUE SE SOLICITA].

POR LO EXPUESTO: Solicito admitir y resolver el presente recurso conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA]

_________________________
[NOMBRE_RECURRENTE / REPRESENTANTE]
DNI: [DNI]

El recurso de reconsideración es el escrito con el que pides a la misma autoridad que dictó una resolución que la revise y la cambie, presentándole por lo general una prueba nueva que antes no estaba en el expediente. Es un recurso opcional, pensado para resolver el problema en la misma instancia sin tener que subir al superior jerárquico.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo usa el administrado afectado cuando tiene un documento o medio probatorio nuevo que cambia la decisión: un comprobante de pago que la entidad no tuvo a la vista, un informe técnico, una constancia. Conviene cuando crees que con esa prueba la propia autoridad reconocerá su error. Si tu reclamo es solo de interpretación jurídica, sin prueba nueva, te conviene más la apelación. Ojo: no presentar reconsideración no te impide apelar después.

Base legal peruana 2026

Se ampara en el TUO de la Ley 27444, aprobado por el Decreto Supremo 006-2026-JUS. El artículo 219 regula la reconsideración y exige nueva prueba, salvo cuando se trate de actos dictados por órganos de instancia única, donde no se requiere. El plazo para interponerla es de quince días hábiles desde la notificación (artículo 216.2). Por la Ley 31603, el plazo para que la entidad la resuelva es de quince días hábiles.

Qué datos y documentos necesitas

  • Número, fecha y notificación de la resolución que cuestionas.
  • Tus datos: nombres o razón social, DNI o RUC, domicilio y correo.
  • Número de expediente.
  • La nueva prueba documental que sustenta el recurso (clave en este recurso).
  • Fundamentos de hecho y de derecho explicando por qué la prueba cambia la decisión.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Confirma que estás dentro de los quince días hábiles desde la notificación.
  2. Redacta el escrito dirigido a la misma autoridad que emitió el acto.
  3. Adjunta de forma destacada la nueva prueba y la copia de la resolución impugnada.
  4. Preséntalo por mesa de partes física o virtual. El trámite es gratuito.
  5. Espera la respuesta en quince días hábiles. Si te la deniegan, aún puedes apelar.

Errores comunes a evitar

  • Presentar reconsideración sin nueva prueba cuando el acto no es de instancia única.
  • Dirigir el escrito al superior jerárquico (eso es apelación).
  • Dejar pasar el plazo de quince días hábiles.
  • No explicar por qué la prueba nueva es relevante para revertir la decisión.

Preguntas frecuentes

¿Qué cuenta como nueva prueba?

Cualquier medio probatorio que no haya sido valorado antes y que sea pertinente: documentos, informes, pericias, constancias. El artículo 219 del TUO de la Ley 27444 exige que sea prueba nueva, salvo en actos de instancia única.

¿Es obligatorio presentar reconsideración antes de apelar?

No. El artículo 218.2 del TUO de la Ley 27444 señala que la reconsideración es opcional y que no interponerla no impide ejercer la apelación. Puedes ir directamente a la apelación si lo prefieres.

¿Y si la entidad no responde en el plazo?

Vencidos los quince días hábiles puede configurarse el silencio administrativo conforme a los artículos 38 y 199 del TUO de la Ley 27444. Según el procedimiento, podrás entender denegado o aprobado tu pedido y proceder en consecuencia.

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Cómo presentar recurso de reconsideración ante entidad pública: paso a paso

  1. Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
  2. Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
  3. Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
  5. Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de reconsideración ante entidad pública

¿El modelo de recurso de reconsideración ante entidad pública es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-reconsideracion-ante-entidad-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de recurso de reconsideración ante entidad pública sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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