Solicitud de Declaración de Quiebra ante el Juez (Ley Concursal)
Solicitud de declaración judicial de quiebra del deudor en liquidación, presentada por el liquidador al juez tras el procedimiento concursal de INDECOPI, conforme al Art. 99 de la Ley 27809 (Ley General del Sistema Concursal).
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE DECLARACIÓN JUDICIAL DE QUIEBRA SUMILLA: Solicito declaración judicial de quiebra del deudor en liquidación. SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]: [NOMBRE_LIQUIDADOR], identificado con DNI N° [DNI_LIQUIDADOR], en mi calidad de Liquidador designado de [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEUDOR] con RUC N° [RUC_DEUDOR], sometido a procedimiento concursal ante INDECOPI, con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted respetuosamente me presento y digo: I. PETITORIO Solicito que su despacho DECLARE LA QUIEBRA de [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEUDOR], al haberse extinguido el patrimonio del deudor durante la liquidación sin que se haya logrado el pago total de los créditos reconocidos. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El deudor fue sometido a procedimiento concursal y se aprobó su disolución y liquidación, siendo el suscrito designado como Liquidador. 2. Durante el proceso de liquidación se realizaron los bienes y se efectuaron los pagos conforme al orden de preferencia de créditos. 3. El patrimonio del deudor ha quedado extinguido y aún existen créditos reconocidos pendientes de pago por la suma de [MONTO_CREDITOS_PENDIENTES]. 4. En tal virtud, corresponde solicitar la declaración judicial de quiebra del deudor. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Art. 99 de la Ley 27809 (Ley General del Sistema Concursal): cuando en los procedimientos de disolución y liquidación se verifique la extinción del patrimonio del deudor quedando acreedores impagos, el Liquidador debe solicitar al juez la declaración judicial de quiebra del deudor. 2. Normas concordantes de la Ley 27809 sobre los efectos de la quiebra, la incobrabilidad de los créditos y la extinción de la persona jurídica. 3. La declaración de quiebra trae como consecuencia la emisión de los certificados de incobrabilidad a favor de los acreedores y la extinción del patrimonio del deudor. IV. EFECTOS SOLICITADOS Solicito que, declarada la quiebra, se disponga la emisión de los certificados de incobrabilidad a favor de los acreedores reconocidos y, de ser persona jurídica el deudor, su extinción y la inscripción correspondiente. V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS 1-A. Copia del DNI del Liquidador y documento que acredita su designación. 1-B. Resolución de INDECOPI que aprobó la disolución y liquidación. 1-C. Informe final de liquidación que acredita la extinción del patrimonio. 1-D. Relación de créditos reconocidos pendientes de pago. POR LO EXPUESTO: A usted, señor Juez, solicito admitir la presente y declarar la quiebra del deudor con los efectos de ley. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_LIQUIDADOR] Liquidador de [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEUDOR] DNI N° [DNI_LIQUIDADOR] Nota: modelo referencial de carácter utilitario. La quiebra se declara judicialmente tras el procedimiento concursal seguido ante INDECOPI. Verifica los requisitos procesales vigentes y consulta con un abogado.
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando, concluido el procedimiento concursal de liquidación ante INDECOPI, el patrimonio del deudor se ha extinguido sin alcanzar para pagar a todos los acreedores. En ese supuesto, el liquidador designado debe solicitar al juez la declaración judicial de quiebra conforme al artículo 99 de la Ley 27809, Ley General del Sistema Concursal. La quiebra es el acto que da por terminada formalmente la existencia patrimonial del deudor.
El escrito lo presenta el liquidador ante el juez especializado en lo civil (o comercial) del domicilio del deudor, acreditando que el patrimonio se ha agotado y que quedan obligaciones pendientes de pago.
Qué datos necesitas
- Datos del liquidador y la resolución de INDECOPI que lo designó.
- Razón social y RUC del deudor sometido a liquidación.
- Constancia de la extinción del patrimonio y del balance final de liquidación.
- Relación de acreedores con créditos aún impagos.
- Distrito judicial competente según el domicilio del deudor.
Paso a paso
- Verifica que el patrimonio del deudor se haya extinguido durante la liquidación.
- Elabora el balance final y el informe de liquidación con las deudas pendientes.
- Redacta la solicitud dirigida al juez, invocando el artículo 99 de la Ley 27809.
- Adjunta la resolución de designación y la documentación contable de respaldo.
- Presenta el escrito y espera la resolución de quiebra y su publicación.
Errores comunes
- Presentar la solicitud sin acreditar la extinción total del patrimonio.
- Omitir el balance final de liquidación aprobado por la junta de acreedores.
- Dirigir el escrito a un juzgado que no corresponde al domicilio del deudor.
- No solicitar la incobrabilidad de las deudas para efectos tributarios de los acreedores.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir la quiebra? El liquidador designado en el procedimiento concursal, conforme al artículo 99 de la Ley 27809.
¿Qué efecto tiene la quiebra? El juez declara la incobrabilidad de las deudas y el deudor queda impedido de constituir empresa por el plazo que fije la resolución.
¿Las deudas se extinguen? Se declaran incobrables; los acreedores pueden usar la resolución como sustento para castigar el crédito ante la SUNAT.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de declaración de quiebra ante el juez (ley concursal)
¿El modelo de solicitud de declaración de quiebra ante el juez (ley concursal) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-declaracion-de-quiebra-ante-el-juez-ley-concursal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de declaración de quiebra ante el juez (ley concursal) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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