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Tributario

Solicitud de Emisión de Resolución de Cumplimiento de lo Resuelto por el Tribunal Fiscal

Escrito ante SUNAT para que emita la resolución de cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Fiscal en el plazo de 90 días hábiles del Art. 156 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF).

Actualizado al 28 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LO RESUELTO POR EL TRIBUNAL FISCAL

SUMILLA: SOLICITO EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE CUMPLIMIENTO

SEÑOR INTENDENTE DE LA INTENDENCIA REGIONAL [INTENDENCIA] DE LA SUNAT

Yo, [NOMBRE_CONTRIBUYENTE], con RUC N° [NUMERO_RUC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], distrito de [DISTRITO], ante usted respetuosamente me presento y digo:

I. PETITORIO

Que, al amparo del Art. 156 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF), solicito que la SUNAT emita la Resolución de Cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Fiscal en la Resolución del Tribunal Fiscal (RTF) N° [NUMERO_RTF], dentro del plazo legal de 90 días hábiles.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Mediante RTF N° [NUMERO_RTF], notificada el [FECHA_NOTIFICACION_RTF], el Tribunal Fiscal resolvió el expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE], disponiendo lo siguiente: [PARTE_RESOLUTIVA_RTF].

2. El expediente fue devuelto y notificado a la Administración Tributaria, iniciándose el cómputo del plazo para emitir la resolución de cumplimiento.

3. A la fecha la SUNAT no ha emitido la resolución de cumplimiento ni ha ejecutado lo ordenado por el Tribunal Fiscal, pese a haber transcurrido un tiempo razonable.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Art. 156 del TUO del Código Tributario dispone que las resoluciones del Tribunal Fiscal serán cumplidas por los funcionarios de la Administración Tributaria, bajo responsabilidad.

2. Cuando se requiera expedir resolución de cumplimiento, esta debe emitirse en el plazo máximo de 90 días hábiles de notificado el expediente a la Administración, iniciándose su tramitación dentro de los primeros 15 días hábiles, salvo que el Tribunal Fiscal señale plazo distinto.

3. El incumplimiento del plazo genera la suspensión de los intereses moratorios y compromete la responsabilidad del funcionario.

IV. PETITORIO CONCRETO

Solicito que se emita la Resolución de Cumplimiento de la RTF N° [NUMERO_RTF] dentro del plazo de 90 días hábiles y se ejecute lo ordenado por el Tribunal Fiscal.

V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS

1-A. Copia de la ficha RUC.
1-B. Copia de la RTF N° [NUMERO_RTF].
1-C. Cargo o constancia de notificación de la RTF.

POR TANTO:

A usted, señor Intendente, solicito acceder a lo pedido conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_CONTRIBUYENTE]
RUC N° [NUMERO_RUC]

Sobre este modelo de solicitud de emisión de resolución de cumplimiento de lo resuelto por el tribunal fiscal

Este modelo pertenece al área de Derecho Tributario. Escritos ante SUNAT, reclamos, apelaciones tributarias, fraccionamientos y descargos (Código Tributario).

Descárgalo gratis en formato Word (.docx), personalízalo con tus datos y úsalo como base para tu caso. Todos los modelos de Modelo.pe son gratuitos, sin registro ni límite de descargas.

Cómo presentar solicitud de emisión de resolución de cumplimiento de lo resuelto por el tribunal fiscal: paso a paso

  1. Identifica el acto de SUNAT que impugnas. Ubica la resolución de determinación, multa u orden de pago. Anota el número, fecha de notificación y monto. Estos datos fijan el plazo y el recurso aplicable.
  2. Verifica los plazos. Reclamación ante SUNAT: 20 días hábiles desde la notificación (Art. 137 CT). Apelación ante el Tribunal Fiscal: 15 días hábiles desde que SUNAT notifica su resolución (Art. 146 CT). Fuera de plazo requiere carta fianza.
  3. Reúne los medios probatorios. Junta declaraciones juradas, comprobantes de pago, libros contables, contratos y documentos que sustenten los hechos controvertidos. La carga de la prueba es del contribuyente para acreditar sus afirmaciones.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos de la resolución impugnada, el periodo fiscalizado, los reparos que cuestionas y los fundamentos legales que los desvirtúan.
  5. Presenta en la mesa de partes de SUNAT. Entrega el escrito en la intendencia que emitió el acto o por la Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT). Obtén número de expediente y monitorea el plazo de resolución (9 meses para reclamación, 12 para apelación).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de emisión de resolución de cumplimiento de lo resuelto por el tribunal fiscal

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a SUNAT?

Tienes 20 días hábiles desde la notificación para presentar reclamación contra resoluciones de determinación, multa u órdenes de pago (Art. 137 CT). Para apelar la resolución que resuelve la reclamación, otros 15 días hábiles ante el Tribunal Fiscal (Art. 146 CT). La queja del Art. 155 CT no tiene plazo y resuelve la Defensoría del Contribuyente.

¿Necesito carta fianza para fraccionar deuda con SUNAT?

Solo si la deuda fraccionada supera las 3 UIT (S/ 16,050 en 2026). Por debajo no se exige garantía. Por encima, debes presentar carta fianza bancaria, hipoteca, prenda o garantía mobiliaria. El plazo máximo de fraccionamiento es 72 cuotas y el interés es la TIM vigente (Art. 36 CT, Reglamento R.S. 161-2015/SUNAT).

¿El modelo de solicitud de emisión de resolución de cumplimiento de lo resuelto por el tribunal fiscal es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-emision-de-resolucion-de-cumplimiento-de-lo-resuelto-por-el-tribunal-fiscal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de emisión de resolución de cumplimiento de lo resuelto por el tribunal fiscal sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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