Solicitud de Medida Cautelar Innovativa
Pide una medida cautelar innovativa que reponga un estado de hecho o de derecho para evitar un perjuicio irreparable, conforme a los Arts. 611 y 682 del Código Procesal Civil.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITO MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA SUMILLA: Solicito medida cautelar innovativa SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL] EXPEDIENTE N°: [NUMERO_EXPEDIENTE] ESPECIALISTA LEGAL: [NOMBRE_ESPECIALISTA] ESCRITO N°: [NUMERO_ESCRITO] CUADERNO: CAUTELAR [NOMBRE_SOLICITANTE], con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], en el proceso seguido con [NOMBRE_CONTRARIO] sobre [MATERIA], a usted con respeto digo: I. PETITORIO Que, al amparo de los artículos 611 y 682 del Código Procesal Civil, solicito se dicte MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA consistente en [DESCRIPCION_MEDIDA], a fin de reponer el estado de hecho o de derecho alterado. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 2.1. El estado de cosas que se solicita reponer es: [DESCRIPCION_ESTADO_A_REPONER]. 2.2. La conducta de la parte contraria que ha alterado dicho estado consiste en [DESCRIPCION_CONDUCTA]. 2.3. De mantenerse la situación actual se producirá un perjuicio irreparable consistente en [DESCRIPCION_PERJUICIO_IRREPARABLE]. III. REQUISITOS DE LA MEDIDA 3.1. Verosimilitud del derecho: [FUNDAMENTO_VEROSIMILITUD]. 3.2. Peligro en la demora y perjuicio irreparable: [FUNDAMENTO_PELIGRO]. 3.3. Contracautela: ofrezco [TIPO_CONTRACAUTELA] por el monto de S/ [MONTO_CONTRACAUTELA]. IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 4.1. El artículo 682 del Código Procesal Civil regula la medida innovativa, excepcional, destinada a reponer un estado de hecho o de derecho ante la inminencia de un perjuicio irreparable. 4.2. El artículo 611 exige verosimilitud del derecho, peligro en la demora y la razonabilidad de la medida para garantizar la eficacia de la decisión. POR TANTO: Pido conceder la medida cautelar innovativa solicitada. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE] _______________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado - Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
La solicitud de medida cautelar innovativa es el escrito con el que le pides al juez que ordene reponer un estado de hecho o de derecho que ya fue alterado, cuando esa alteración es justamente el sustento de tu demanda y de no corregirse te causaría un perjuicio irreparable. A diferencia de las cautelares que solo mantienen las cosas como están, esta innova, es decir, cambia activamente la situación para volverla al punto anterior. Por eso es la más excepcional de todas, el juez solo la concede cuando no existe otra medida en la ley capaz de protegerte de igual manera.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el demandante (o quien va a demandar) que enfrenta un daño inminente y grave porque alguien ya cambió una situación que el proceso busca restablecer. Conviene usarla en casos donde esperar la sentencia te dejaría sin remedio, por ejemplo, cuando se cortó indebidamente un servicio esencial, se desconectó un suministro, se removió a alguien de un cargo o función, o se alteró una situación que debe restituirse para evitar un perjuicio que no se podría reparar después. No sirve para cualquier urgencia, exige acreditar que el daño es irreparable y que ninguna otra medida típica resuelve el problema.
Base legal vigente 2026
La medida innovativa está regulada en el artículo 682 del Código Procesal Civil: ante la inminencia de un perjuicio irreparable, el juez puede dictar medidas destinadas a reponer un estado de hecho o de derecho cuya alteración sea el sustento de la demanda. La propia norma la califica de excepcional, por lo que solo se concede cuando no resulta aplicable otra prevista en la ley. Debes acreditar los presupuestos del artículo 611 CPC (verosimilitud del derecho, peligro en la demora y adecuación), cumplir los requisitos de forma del artículo 610 CPC y ofrecer contracautela según el artículo 613 CPC. El trámite reservado y la posibilidad de pedirla fuera de proceso constan en los artículos 636 y 637 CPC.
Qué datos y documentos necesitas
- Tus datos completos y los del afectado por la medida, con domicilios.
- El juzgado y expediente principal, o la pretensión a demandar si la solicitas antes.
- La descripción del estado anterior que pides reponer y de la alteración que lo modificó.
- Pruebas de la apariencia de tu derecho y del estado original (contratos, recibos, actas, fotografías, capturas).
- La explicación concreta de por qué el perjuicio es irreparable si no se repone de inmediato.
- El ofrecimiento de contracautela proporcional al daño que la medida pueda causar.
Cómo presentarla paso a paso
- Presenta la solicitud en cuaderno cautelar separado, ante el juez del proceso principal o el competente si la pides antes de demandar.
- Acredita los tres presupuestos cautelares y, sobre todo, argumenta el carácter irreparable del daño y la excepcionalidad de la medida.
- Detalla con precisión qué acto de reposición debe ordenar el juez (restablecer un servicio, restituir una situación, reincorporar, etc.).
- Ofrece la contracautela y adjunta la tasa judicial por medida cautelar y los anexos.
- Ingresa el escrito por la mesa de partes electrónica. El juez resuelve sin conocimiento previo del afectado (artículo 637 CPC).
- Concedida la medida, ejecútala de inmediato. El afectado puede oponerse dentro de cinco días de conocida.
Errores comunes a evitar
- Confundirla con la de no innovar, cuando lo que de verdad existe ya fue alterado y necesitas revertirlo.
- No demostrar la irreparabilidad del daño, requisito central del artículo 682 CPC.
- Pedir reposiciones que en la práctica adelantan toda la sentencia sin justificar la urgencia extrema.
- Olvidar explicar por qué ninguna medida típica (embargo, secuestro, anotación de demanda) te sirve.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se justifica una medida innovativa y no otra?
Cuando el perjuicio es irreparable y ninguna medida prevista en la ley protege tu derecho. El artículo 682 CPC la define como excepcional y de aplicación residual.
¿No equivale a ganar el juicio por adelantado?
Tiene ese riesgo, por eso el juez la examina con rigor. Es provisional y se sujeta al resultado del proceso, además debes ofrecer contracautela suficiente conforme al artículo 613 CPC.
¿Puedo solicitarla fuera de proceso?
Sí. El artículo 636 CPC lo permite, pero debes demandar dentro de diez días de ejecutada la medida, de lo contrario caduca de pleno derecho.
¿Qué puede hacer el afectado?
Formular oposición dentro de cinco días de conocida la medida, según el artículo 637 CPC. Si el juez la ampara, deja sin efecto la innovativa.
Cómo presentar solicitud de medida cautelar innovativa: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de medida cautelar innovativa
¿El modelo de solicitud de medida cautelar innovativa es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-medida-cautelar-innovativa/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de medida cautelar innovativa sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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