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Seguridad Social

Solicitud de Pago del Seguro de Vida Ley a la Aseguradora por Fallecimiento

Modelo para que los beneficiarios reclamen a la aseguradora el pago del capital del seguro de vida ley del Decreto Legislativo 688 tras el fallecimiento del trabajador.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE PAGO DEL SEGURO DE VIDA LEY POR FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR

SUMILLA: Solicito pago del capital asegurado del seguro de vida ley.

Señores
[NOMBRE_DE_LA_ASEGURADORA]
Área de Siniestros – Seguros de Vida
Presente.-

Referencia: Póliza de seguro de vida ley N.° [NUMERO_DE_POLIZA] – Contratante: [RAZON_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR]

Yo, [NOMBRE_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO], en mi condición de [CONDICION_DEL_SOLICITANTE] (cónyuge, concubino(a), hijo(a) u otro beneficiario declarado), actuando por derecho propio y, de ser el caso, en representación de los demás beneficiarios, ante ustedes respetuosamente expongo:

I. PETITORIO
Solicito el PAGO del capital asegurado del seguro de vida ley contratado por el empleador [RAZON_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR], con RUC N.° [RUC_DEL_EMPLEADOR], a favor de los beneficiarios del trabajador fallecido [NOMBRE_DEL_TRABAJADOR], identificado en vida con DNI N.° [DNI_DEL_TRABAJADOR].

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. El trabajador laboró para la empresa contratante desde el [FECHA_DE_INGRESO], percibiendo una remuneración mensual de [REMUNERACION_MENSUAL] soles.
2. Con fecha [FECHA_DEL_FALLECIMIENTO] falleció por [CAUSA_DEL_FALLECIMIENTO] (muerte natural o muerte accidental), conforme al acta de defunción y a la documentación que se adjunta.
3. Los beneficiarios son los declarados por el trabajador en la declaración jurada de beneficiarios con firma legalizada que obra en poder del empleador, a saber: [RELACION_DE_BENEFICIARIOS].
4. El Decreto Legislativo N.° 688 establece el capital según la causa: dieciséis remuneraciones por muerte natural y treinta y dos remuneraciones por muerte accidental, por lo que corresponde liquidar el beneficio sobre la remuneración indicada.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Amparo la presente en el Decreto Legislativo N.° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, que regula el seguro de vida a cargo del empleador, los beneficiarios y los montos del beneficio, y que ordena a la aseguradora efectuar el pago dentro de las setenta y dos horas de recibida la documentación completa; así como en la Ley N.° 29946, Ley del Contrato de Seguro.

IV. ANEXOS
1-A: Acta de defunción del trabajador.
1-B: Declaración jurada de beneficiarios o, en su defecto, documentos que acreditan el vínculo: [DOCUMENTOS_DE_VINCULO].
1-C: Copias de los DNI de los beneficiarios.
1-D: Atestado o informe policial, en caso de muerte accidental.
1-E: Constancia del empleador con la remuneración asegurable y la vigencia del vínculo laboral.

POR LO EXPUESTO:
Pido a ustedes registrar el siniestro, liquidar el capital asegurado conforme a ley y abonarlo en la cuenta N.° [NUMERO_DE_CUENTA] del banco [BANCO]. Toda comunicación puede dirigirse al correo [CORREO_ELECTRONICO] o al teléfono [TELEFONO].

[CIUDAD], [FECHA]

_________________________________
[NOMBRE_DEL_SOLICITANTE]
DNI N.° [DNI_DEL_SOLICITANTE]
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Cuándo usar este modelo

El seguro de vida ley es obligatorio para todos los trabajadores de la actividad privada desde el inicio de la relación laboral. Cuando el trabajador fallece, los beneficiarios declarados (o, a falta de declaración, quienes acrediten el vínculo conforme a ley) reclaman directamente a la aseguradora el capital: dieciséis remuneraciones si la muerte fue natural y treinta y dos si fue accidental. Este modelo sirve para presentar ese reclamo con la documentación completa y activar el plazo de pago que la ley impone a la compañía.

Marco legal en el Perú

El beneficio nace del Decreto Legislativo N.° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, que obliga al empleador a contratar la póliza, define a los beneficiarios (cónyuge o concubino y descendientes, y solo a falta de ellos los ascendientes y hermanos menores) y fija los capitales según la causa de la muerte. La misma norma ordena a la aseguradora pagar dentro de las setenta y dos horas de recibida la documentación completa. La Ley N.° 29946, Ley del Contrato de Seguro, rige supletoriamente el aviso y la liquidación del siniestro. Si el empleador nunca contrató la póliza, responde él mismo por el capital que la aseguradora habría pagado.

Cómo completar la plantilla

Antes de presentar, pide al empleador la constancia de la póliza y la copia de la declaración jurada de beneficiarios: esos dos documentos ordenan todo el reclamo.

  • Identifica la póliza y a la aseguradora; si no tienes el número, indícalo y pide a la compañía ubicarla con el RUC del empleador.
  • Precisa la causa de la muerte, porque de ella depende el número de remuneraciones a pagar.
  • Acompaña el acta de defunción y, en muerte accidental, el atestado o informe policial.
  • Acredita la remuneración con boletas recientes o constancia del empleador.
  • Si hay varios beneficiarios, identifícalos a todos: el pago se distribuye conforme a la declaración o a la ley.
  • Señala una cuenta bancaria y conserva el cargo de recepción con fecha y hora.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el trabajador nunca firmó la declaración de beneficiarios?

El derecho no se pierde. Los beneficiarios acreditan su condición con las partidas correspondientes: matrimonio o reconocimiento de la unión de hecho y nacimientos. La aseguradora puede pedir sustento adicional, y en escenarios de conflicto entre presuntos beneficiarios el pago puede requerir pronunciamiento judicial, pero la falta de declaración no libera a la compañía.

¿El seguro de vida ley cubre también al extrabajador?

El Decreto Legislativo N.° 688 permite que el trabajador que cesa mantenga el seguro asumiendo la prima, bajo las condiciones que la norma regula. Si el causante venía pagando esa continuidad, los beneficiarios reclaman de la misma forma, adjuntando además los comprobantes de pago de la prima para acreditar la vigencia de la cobertura.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de pago del seguro de vida ley a la aseguradora por fallecimiento

¿El modelo de solicitud de pago del seguro de vida ley a la aseguradora por fallecimiento es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-pago-del-seguro-de-vida-ley-a-la-aseguradora-por-fallecimiento/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de pago del seguro de vida ley a la aseguradora por fallecimiento sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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