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Inmobiliario

Solicitud de Portabilidad o Subrogación de Crédito Hipotecario a Otra Entidad Financiera

Carta para solicitar a un banco la portabilidad o subrogación de un crédito hipotecario vigente hacia otra entidad financiera con mejores condiciones, al amparo del Art. 1260 del Código Civil y la Ley 26702.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE PORTABILIDAD O SUBROGACIÓN DE CRÉDITO HIPOTECARIO A OTRA ENTIDAD FINANCIERA

Lima, [FECHA]

Señores
[NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA_RECEPTORA]
Atención: Área de Créditos Hipotecarios
Presente.-

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], titular de un crédito hipotecario vigente con [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA_ORIGEN] bajo el contrato N° [NUMERO_CONTRATO_ORIGEN], mediante la presente solicito la portabilidad o subrogación de dicho crédito hacia esa entidad, en los términos que a continuación detallo.

I. ANTECEDENTES
1. Con fecha [FECHA_CONTRATO_ORIGEN] suscribí un contrato de préstamo con garantía hipotecaria con [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA_ORIGEN], sobre el inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], inscrito en la Partida Electrónica N° [NUMERO_PARTIDA] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL].
2. El saldo insoluto del crédito a la fecha asciende aproximadamente a S/ [MONTO_SALDO_INSOLUTO], con una tasa de interés efectiva anual (TEA) de [TEA_ACTUAL]%.
3. He tomado conocimiento de que esa entidad ofrece condiciones más favorables, con una TEA de [TEA_OFERTADA]% y comisiones detalladas en la Hoja Resumen adjunta.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Los artículos 1260 y siguientes del Código Civil regulan la subrogación del deudor, permitiendo que un tercero pague la obligación y se coloque en la posición del acreedor original, extinguiéndose la obligación primigenia respecto del deudor sustituido.
2. La Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, ampara el derecho del usuario a trasladar sus obligaciones crediticias entre entidades del sistema financiero, debiendo la entidad de origen facilitar la información necesaria para que la nueva entidad evalúe la operación.
3. Las disposiciones de transparencia de información de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) obligan a las entidades a entregar al cliente la Hoja Resumen y el estado de deuda actualizado dentro de los plazos reglamentarios, sin cobrar penalidades irrazonables por precancelación.

III. SOLICITUD
Solicito a esa entidad:
1. Evaluar la presente solicitud de portabilidad del crédito hipotecario referido, otorgándome una nueva propuesta de financiamiento que cubra el saldo insoluto y permita la cancelación total de la obligación con la entidad de origen.
2. Informarme el cronograma de pagos, TEA, TCEA, comisiones y seguros aplicables a la nueva operación.
3. Coordinar directamente con [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA_ORIGEN] la obtención del estado de deuda y la carta de instrucciones para la cancelación y el levantamiento de la hipoteca original, una vez desembolsado el nuevo crédito.
4. Autorizo expresamente a esa entidad a solicitar mi información crediticia a las centrales de riesgo para fines de evaluación.

Adjunto: copia de DNI, últimos estados de cuenta del crédito vigente, y copia literal de la partida registral del inmueble.

Quedo a la espera de su respuesta y de la propuesta correspondiente.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando tienes un crédito hipotecario vigente con un banco o financiera y otra entidad te ofrece mejores condiciones (menor TEA, menor cuota o menos comisiones) y quieres trasladar tu deuda hacia ella. La portabilidad o subrogación del crédito hipotecario te permite cambiar de entidad acreedora sin necesidad de precancelar primero con tus propios ahorros: la nueva entidad paga el saldo pendiente a la entidad de origen y se subroga en la posición de acreedor, conforme a la subrogación regulada en el Código Civil y amparada por la Ley General del Sistema Financiero.

Qué datos necesitas

  • Nombre completo y DNI del titular del crédito.
  • Datos del contrato original: número, fecha, entidad, saldo insoluto aproximado y TEA vigente.
  • Número de partida electrónica del inmueble hipotecado.
  • Datos de la entidad receptora y la TEA o condiciones ofertadas.

Paso a paso

  1. Solicita a tu banco actual el estado de deuda actualizado y la Hoja Resumen de tu crédito.
  2. Presenta la solicitud de portabilidad a la nueva entidad junto con tus documentos de ingresos y el estado de deuda.
  3. Espera la evaluación crediticia y la propuesta formal de la nueva entidad (TEA, TCEA, plazo, cuota).
  4. De aprobarse, la nueva entidad desembolsa el monto para cancelar el saldo con la entidad de origen.
  5. Se tramita el levantamiento de la hipoteca original y la constitución de la nueva hipoteca a favor de la entidad receptora.
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Errores comunes

  • No comparar la TCEA (costo real total) y quedarse solo con la TEA ofrecida.
  • Olvidar los gastos notariales y registrales de la nueva hipoteca, que también forman parte del costo de la portabilidad.
  • No verificar si el contrato original tiene penalidad por precancelación, la cual debe descontarse del beneficio esperado.

Preguntas frecuentes

¿El banco de origen puede negarse a la portabilidad? No puede impedir la cancelación anticipada del crédito, aunque puede aplicar la comisión de prepago pactada, si corresponde, dentro de los límites regulados por la SBS.

¿Cuánto demora el trámite? Depende de la evaluación crediticia y de los tiempos registrales, pero suele tomar entre 30 y 60 días calendario.

Cómo presentar solicitud de portabilidad o subrogación de crédito hipotecario a otra entidad financiera: paso a paso

  1. Verifica la situación registral del inmueble. Solicita la Partida Electrónica del inmueble en SUNARP (búsqueda por dirección o código de partida) para confirmar titularidad, cargas, hipotecas y gravámenes vigentes.
  2. Reúne los títulos y contratos. Junta el contrato de arrendamiento, compraventa o título de propiedad, comprobantes de pago de renta o precio, notificaciones previas y cualquier comunicación escrita entre las partes.
  3. Identifica el juzgado competente. Jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema: la reivindicación requiere: (i) probar el derecho de propiedad, (ii) individualización del bien, (iii) posesión del demandado sin derecho. El desalojo notarial (Ley 30933) tramita ante notario si el contrato tiene cláusula de allanamiento.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del inmueble (dirección, partida registral), de las partes, del incumplimiento o precariedad y de la pretensión que solicitas.
  5. Presenta con anexos. Adjunta copia de la partida electrónica de SUNARP, del contrato o título, de las notificaciones previas y del DNI. Presenta en la mesa de partes del juzgado o ante notario según la vía elegida.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de portabilidad o subrogación de crédito hipotecario a otra entidad financiera

¿El modelo de solicitud de portabilidad o subrogación de crédito hipotecario a otra entidad financiera es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-portabilidad-o-subrogacion-de-credito-hipotecario-a-otra-entidad-financiera/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de portabilidad o subrogación de crédito hipotecario a otra entidad financiera sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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