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Centrales de Riesgo

Solicitud de Retiro de Deuda Reportada de Persona Fallecida

Solicitud de los deudos para retirar o dejar de reportar en la central de riesgo la deuda registrada a nombre de un familiar fallecido, conforme a la Ley N.° 27489 y el Código Civil.

Actualizado al 6 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE RETIRO DE DEUDA REPORTADA A NOMBRE DE PERSONA FALLECIDA

Lima, [FECHA]

Señores
[NOMBRE_ENTIDAD]
Área de Atención al Titular
Presente.-

Asunto: Solicito el cese del reporte y retiro de la deuda registrada a nombre de mi familiar fallecido.

Yo, [NOMBRE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DIRECCION] y correo [CORREO], en mi condición de [PARENTESCO] y sucesor(a) del causante, expongo:

PRIMERO.- HECHOS. Mi familiar don(ña) [NOMBRE_FALLECIDO], quien en vida se identificó con DNI N.° [DNI_FALLECIDO], falleció el [FECHA_FALLECIMIENTO], conforme al acta de defunción que adjunto. Pese a ello, en su base de datos continúa figurando y reportándose una deuda a su nombre por S/ [MONTO], correspondiente a la operación N.° [NUMERO_OPERACION].

SEGUNDO.- PETITORIO. Solicito: (i) el cese inmediato del reporte crediticio a nombre del causante fallecido; (ii) el retiro o marcado de la deuda como correspondiente a persona fallecida, según la normativa aplicable; y (iii) que dicha información no sea trasladada ni imputada a los deudos, salvo hasta el límite de lo que legalmente corresponda a la masa hereditaria.

TERCERO.- FUNDAMENTO. El artículo 61 del Código Civil establece que la muerte pone fin a la persona. La Ley N.° 27489, que regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos, reconoce el derecho a la actualización, cancelación y modificación de información inexacta o caduca (artículo 13). Conforme al artículo 660 y al artículo 661 del Código Civil, las deudas del causante se transmiten a los herederos únicamente hasta donde alcancen los bienes de la herencia (responsabilidad intra vires hereditatis), por lo que mantener el reporte activo a nombre del fallecido resulta inexacto y debe corregirse. Invoco además la Ley N.° 29733 de Protección de Datos Personales.

CUARTO.- Solicito respuesta escrita dentro del plazo legal, bajo apercibimiento de acudir a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales e INDECOPI.

POR TANTO:
Solicito admitir el pedido, retirar el reporte y notificarme la subsanación.

Adjunto: copia de mi DNI, acta o partida de defunción del causante y documento que acredita el parentesco o la condición de heredero(a).

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE]
DNI N.° [DNI]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando en una central de riesgo siga reportándose una deuda a nombre de un familiar que ya falleció y los deudos necesiten regularizar esa situación. El artículo 61 del Código Civil establece que la muerte pone fin a la persona, y sus artículos 660 y 661 disponen que las deudas del causante se transmiten a los herederos solo hasta donde alcancen los bienes de la herencia (responsabilidad intra vires hereditatis).

Qué datos necesitas

  • Nombres y DNI del solicitante y su parentesco con el fallecido.
  • Nombres y DNI del causante fallecido.
  • Fecha de fallecimiento y acta o partida de defunción.
  • Monto y número de la operación reportada a su nombre.
  • Documento que acredite el parentesco o la condición de heredero.

Paso a paso

  1. Obtén el acta o partida de defunción del causante en RENIEC.
  2. Reúne el documento que acredite tu parentesco o tu condición de heredero.
  3. Presenta la solicitud a la central de riesgo y a la entidad acreedora.
  4. Pide el cese del reporte activo a nombre del fallecido y su marcado como tal.
  5. Si existe seguro de desgravamen, exige que la deuda se cancele con cargo a dicho seguro.

Errores comunes

  • Asumir que los herederos deben pagar con su propio patrimonio toda la deuda del fallecido.
  • No presentar el acta de defunción, documento esencial del trámite.
  • Olvidar reclamar el seguro de desgravamen que suele cubrir el saldo del crédito.
  • No verificar si la deuda debe imputarse solo a la masa hereditaria y no a los deudos.

Preguntas frecuentes

¿Los herederos heredan las deudas? Solo hasta donde alcancen los bienes de la herencia, según los artículos 660 y 661 del Código Civil; los herederos no responden con su patrimonio propio si aceptan la herencia dentro de ese límite.

¿El seguro de desgravamen cancela la deuda? En muchos créditos sí; si el fallecido tenía seguro de desgravamen, la deuda debe pagarse con cargo a esa póliza, por lo que conviene reclamarlo antes de asumir cualquier pago.

¿Pueden seguir reportando la deuda del fallecido? El reporte activo a su nombre resulta inexacto tras el deceso; corresponde su corrección conforme a la Ley N.° 27489, y de no atenderse se puede acudir a la Autoridad de Protección de Datos e INDECOPI.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de retiro de deuda reportada de persona fallecida

¿El modelo de solicitud de retiro de deuda reportada de persona fallecida es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-retiro-de-deuda-reportada-de-persona-fallecida/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de retiro de deuda reportada de persona fallecida sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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