Acta de Nombramiento de Brigadas de Emergencia y Plan de Respuesta ante Emergencias
Acta que designa las brigadas de emergencia y aprueba el plan de respuesta, conforme a la Ley 29783, el Art. 83 del D.S. 005-2012-TR y la Ley 28551.
Actualizado al 25 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACTA DE NOMBRAMIENTO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Y PLAN DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS EMPRESA: [RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR] RUC: [RUC_EMPLEADOR] DOMICILIO: [DOMICILIO_EMPLEADOR] FECHA: [DIA] de [MES] de [ANIO] I. BASE LEGAL La presente acta se emite en cumplimiento de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, del artículo 83 de su reglamento aprobado por D.S. 005-2012-TR, referido a la preparación y respuesta ante emergencias, y de la Ley 28551, que establece la obligación de elaborar y presentar planes de contingencia. II. OBJETO Designar a los integrantes de las brigadas de emergencia y aprobar el plan de respuesta ante emergencias del centro de trabajo, para actuar de forma organizada ante siniestros, sismos, incendios, emergencias médicas u otros eventos. III. CONFORMACIÓN DE LAS BRIGADAS Jefe de brigada (coordinador general): [NOMBRE_JEFE_BRIGADA], DNI N° [DNI_JEFE_BRIGADA]. Brigada contra incendios: 1. [NOMBRE_BRIGADISTA_INCENDIO_1], DNI N° [DNI_1]. 2. [NOMBRE_BRIGADISTA_INCENDIO_2], DNI N° [DNI_2]. Brigada de primeros auxilios: 1. [NOMBRE_BRIGADISTA_AUXILIOS_1], DNI N° [DNI_3]. 2. [NOMBRE_BRIGADISTA_AUXILIOS_2], DNI N° [DNI_4]. Brigada de evacuación y rescate: 1. [NOMBRE_BRIGADISTA_EVACUACION_1], DNI N° [DNI_5]. 2. [NOMBRE_BRIGADISTA_EVACUACION_2], DNI N° [DNI_6]. IV. FUNCIONES GENERALES DE LAS BRIGADAS 1. Actuar de inmediato ante una emergencia, según su especialidad. 2. Guiar la evacuación hacia las zonas seguras y los puntos de reunión. 3. Brindar primeros auxilios hasta la llegada de la ayuda externa. 4. Controlar conatos de incendio con los equipos disponibles. 5. Participar en los simulacros y capacitaciones. V. PLAN DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS 1. Identificación de emergencias previsibles: [EMERGENCIAS_PREVISIBLES]. 2. Procedimientos de alerta y comunicación interna. 3. Rutas de evacuación y señalización: [RUTAS_EVACUACION]. 4. Puntos de reunión: [PUNTOS_REUNION]. 5. Directorio de emergencia: bomberos, SAMU y serenazgo, además del teléfono interno [TELEFONO_EMERGENCIA]. 6. Programa de simulacros: [PROGRAMA_SIMULACROS]. VI. APROBACIÓN Los presentes aprueban el nombramiento de las brigadas y el plan de respuesta, firmando en señal de conformidad. Este es un modelo referencial. Adáptalo a tu local, capacita a las brigadas y realiza simulacros periódicos. ________________________ EMPLEADOR [RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR] ________________________ JEFE DE BRIGADA [NOMBRE_JEFE_BRIGADA] ________________________ RESPONSABLE DE SST [NOMBRE_RESPONSABLE_SST]
El Acta de Nombramiento de Brigadas de Emergencia junto con el Plan de Respuesta ante Emergencias son los dos instrumentos que tu empresa debe tener para enfrentar incendios, sismos, fugas de gas, emergencias médicas o cualquier evento que ponga en riesgo la vida de tus trabajadores. El acta formaliza quiénes integran las brigadas (primeros auxilios, lucha contra incendio, evacuación y rescate). El plan describe cómo actuar minuto a minuto, rutas de evacuación, puntos de reunión, responsabilidades y coordinación con bomberos, Defensa Civil y EsSalud.
Para qué sirve
Sirve para cumplir la obligación legal del empleador de prevenir y responder ante emergencias y, sobre todo, para que el día del evento real, el personal sepa qué hacer y no improvise. Es exigido en toda inspección programada y obligatorio para obtener o renovar el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) ante la municipalidad.
Quién las nombra y cuándo se renuevan
Las brigadas las nombra el empleador con visto bueno del CSST mediante acta. Los miembros se eligen entre voluntarios con aptitud física, capacitados específicamente. Se renuevan cada año o cuando hay cambios significativos de personal. El plan se revisa anualmente y después de cada simulacro.
Base legal peruana 2026
La obligación nace de la Ley 29783, artículos 1 y 21 (prevención de riesgos y planes de emergencia), y del artículo 83 del D.S. 005-2012-TR, que exige al empleador implementar planes de emergencia. La Ley 29664, Ley del SINAGERD y su reglamento D.S. 048-2011-PCM establecen la obligación de planes de gestión del riesgo. El D.S. 002-2018-PCM regula el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, que exige plan de emergencia y brigadas operativas para emitir el ITSE. La NTP G.050 Seguridad durante la Construcción aplica para obras. Para simulacros, la Resolución Ministerial 023-2024-PCM y normas anuales del INDECI fijan el cronograma de simulacros nacionales.
Datos que necesitas
- Nómina completa del personal y voluntarios para integrar las brigadas.
- Plano de evacuación del centro de trabajo con rutas, salidas, extintores y puntos de reunión.
- Identificación de peligros (incendio, sismo, fugas, derrames) según matriz IPERC.
- Inventario de equipos de emergencia (extintores, botiquines, camillas, megáfonos, luces de emergencia).
- Directorio actualizado: Bomberos 116, SAMU 106, PNP 105, Defensa Civil municipal, EsSalud.
- Certificado vigente de capacitación de los brigadistas (mínimo 8 horas anuales).
Cómo implementarlos paso a paso
- Identifica voluntarios para cada brigada: primeros auxilios, lucha contra incendio, evacuación y rescate, y comunicaciones. Mínimo recomendado: 1 brigadista por cada 25 trabajadores por turno.
- Capacítalos con entidades acreditadas (Bomberos Voluntarios, Cruz Roja Peruana, IST especializados). Documenta horas y temario.
- Redacta el acta de nombramiento con datos completos de cada brigadista, brigada asignada y vigencia. Fírmala el empleador, el jefe de SST y el presidente del CSST.
- Elabora el Plan de Respuesta ante Emergencias con secciones: objetivos, alcance, organización, procedimientos por tipo de emergencia, planos, directorio, programa de simulacros y evaluación.
- Apruébalo en sesión del CSST. Difunde mediante inducción a todo el personal y publica versión resumida en el mural.
- Ejecuta al menos 2 simulacros al año (sismo y otro escenario), participa de los simulacros nacionales convocados por INDECI y deja registro de evaluación para mejora continua.
Errores comunes a evitar
- Designar brigadistas en el papel sin capacitación real.
- Tener un plan genérico descargado de internet, sin planos propios del local.
- No definir suplentes para cada brigada (los titulares pueden estar ausentes el día del evento).
- Omitir simulacros documentados, exigidos por INDECI y SUNAFIL.
- No coordinar con la junta de propietarios cuando el local está en un edificio multiusuario.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos simulacros debo hacer al año?
Como mínimo dos al año más los simulacros nacionales convocados por el INDECI según el cronograma anual. El artículo 83 del D.S. 005-2012-TR exige programa documentado de simulacros y evaluaciones.
¿Las brigadas son obligatorias en empresas pequeñas?
Sí, toda empresa con uno o más trabajadores debe tener plan de emergencia. En microempresas las brigadas pueden ser unipersonales o compartir funciones, pero deben existir y estar capacitadas.
¿Quién paga la capacitación de los brigadistas?
El empleador, conforme al artículo 49 inciso d) de la Ley 29783. La capacitación se hace dentro de la jornada laboral o, si es fuera, se reconoce como horas de trabajo efectivo.
¿El plan de emergencia se entrega a la municipalidad?
Se presenta como parte del expediente del Certificado ITSE conforme al D.S. 002-2018-PCM. La municipalidad o el CENEPRED, según el riesgo del local, lo evalúa antes de emitir el certificado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de nombramiento de brigadas de emergencia y plan de respuesta ante emergencias
¿El modelo de acta de nombramiento de brigadas de emergencia y plan de respuesta ante emergencias es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-nombramiento-de-brigadas-de-emergencia-y-plan-de-respuesta-ante-emergencias/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acta de nombramiento de brigadas de emergencia y plan de respuesta ante emergencias sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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