Acta de Designación del Comité contra el Hostigamiento Sexual Laboral
Acta de designación del Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual, de conformación paritaria, obligatorio en empresas de 20 o más trabajadores según la Ley N° 27942 y el D.S. N° 014-2019-MIMP.
Actualizado al 8 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACTA DE DESIGNACIÓN DEL COMITÉ DE INTERVENCIÓN FRENTE AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL En la ciudad de [CIUDAD], siendo las [HORA] horas del día [FECHA], en el local de [NOMBRE_EMPRESA], identificada con RUC N° [RUC], se reunieron los representantes del empleador y de las personas trabajadoras con la finalidad de conformar el Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual, en cumplimiento de la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2019-MIMP. CONSIDERANDO Que [NOMBRE_EMPRESA] cuenta con veinte (20) o más personas trabajadoras, por lo que se encuentra obligada a constituir un Comité de Intervención de conformación paritaria, integrado por igual número de representantes del empleador y de las y los trabajadores, con sus respectivos suplentes. ACUERDOS PRIMERO.- Designar como miembros titulares del Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual a las siguientes personas: Representantes del empleador: 1. [NOMBRE_1], DNI N° [DNI], cargo [CARGO_1]. 2. [NOMBRE_2], DNI N° [DNI], cargo [CARGO_2]. Representantes de las y los trabajadores (elegidos por votación): 3. [NOMBRE_3], DNI N° [DNI], cargo [CARGO_3]. 4. [NOMBRE_4], DNI N° [DNI], cargo [CARGO_4]. SEGUNDO.- Designar como suplentes a [NOMBRE_SUPLENTES], quienes reemplazarán a los titulares en caso de ausencia o impedimento. TERCERO.- El Comité tendrá a su cargo la investigación y la emisión de recomendaciones respecto de las quejas o denuncias por hostigamiento sexual, garantizando la confidencialidad, la debida diligencia y el plazo máximo de atención previsto en la norma. CUARTO.- El periodo de vigencia del Comité es de dos (2) años, contados desde la fecha de la presente acta. QUINTO.- Disponer la publicación y difusión de la conformación del Comité entre todo el personal. No habiendo otro punto que tratar, se levantó la sesión, firmando los asistentes en señal de conformidad. ____________________ ____________________ [NOMBRE_1] [NOMBRE_3] DNI N° [DNI] DNI N° [DNI] ____________________ ____________________ [NOMBRE_2] [NOMBRE_4] DNI N° [DNI] DNI N° [DNI]
Cuándo usar este modelo
Usa esta acta cuando tu empresa tiene veinte (20) o más personas trabajadoras y debe constituir el Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual, de conformación paritaria, conforme a la Ley N° 27942 y su Reglamento (D.S. N° 014-2019-MIMP). Las empresas con menos de veinte trabajadores designan, en su lugar, un delegado. No contar con el comité es una infracción sancionable por la SUNAFIL.
Qué datos necesitas
- Razón social, RUC y domicilio de la empresa.
- Fecha, hora y lugar de la sesión de designación.
- Representantes del empleador (titulares y suplentes) con DNI y cargo.
- Representantes de los trabajadores elegidos por votación, con DNI y cargo.
- Periodo de vigencia del comité.
Paso a paso
- Convoca la elección de los representantes de los trabajadores mediante votación.
- Designa igual número de representantes del empleador para asegurar la paridad.
- Reúne a las partes y redacta el acta con los acuerdos numerados.
- Nombra a los titulares y a sus suplentes, y fija la vigencia de dos años.
- Firma el acta, publícala y difunde la conformación del comité a todo el personal.
Errores comunes
- Designar solo a representantes del empleador, rompiendo la paridad exigida.
- No elegir por votación a los representantes de los trabajadores.
- Omitir la designación de suplentes.
- No difundir la conformación del comité ni el procedimiento de queja.
- Dejar vencer la vigencia sin renovar el comité.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuántos trabajadores es obligatorio el comité? Desde veinte (20) trabajadores. Con menos de veinte se designa un delegado que asume las funciones de intervención.
¿Cómo se conforma el comité? De manera paritaria: igual número de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.
¿Qué riesgo hay si no lo constituyo? La ausencia del comité y de los canales de queja es una infracción en materia de relaciones laborales sancionable por la SUNAFIL.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de designación del comité contra el hostigamiento sexual laboral
¿El modelo de acta de designación del comité contra el hostigamiento sexual laboral es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-designacion-del-comite-contra-el-hostigamiento-sexual-laboral/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acta de designación del comité contra el hostigamiento sexual laboral sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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