Acuerdo de Mutuo Disenso Laboral
Acuerdo de extinción del contrato de trabajo por mutuo disenso conforme al Art. 19 del D.S. 003-97-TR. Debe constar por escrito y con libre voluntad.
Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACUERDO DE MUTUO DISENSO LABORAL Conste por el presente documento el acuerdo de extinción del contrato de trabajo por mutuo disenso que celebran de una parte [RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR], con RUC N° [RUC_EMPLEADOR] y domicilio en [DOMICILIO_EMPLEADOR], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], EL EMPLEADOR. De la otra parte, [NOMBRE_TRABAJADOR], identificado con DNI N° [DNI_TRABAJADOR], con domicilio en [DOMICILIO_TRABAJADOR], EL TRABAJADOR. PRIMERA. ANTECEDENTES. EL TRABAJADOR ingresó a laborar el [FECHA_INGRESO] desempeñando el cargo de [CARGO], manteniendo a la fecha un vínculo laboral vigente. SEGUNDA. MARCO LEGAL Y VOLUNTAD. Ambas partes, de manera libre y voluntaria, sin vicio de voluntad alguno, acuerdan extinguir el contrato de trabajo por mutuo disenso, causal prevista en el inciso d) del Art. 16 y el Art. 19 del D.S. 003-97-TR (Ley de Productividad y Competitividad Laboral). TERCERA. FECHA DE CESE. El vínculo laboral queda extinguido con efectos al [FECHA_CESE], fecha a partir de la cual cesan las obligaciones recíprocas derivadas del contrato. CUARTA. LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS SOCIALES. EL EMPLEADOR abonará a EL TRABAJADOR la liquidación de beneficios sociales por el monto de S/ [MONTO_LIQUIDACION], que comprende [DETALLE_CONCEPTOS], la cual será pagada el [FECHA_PAGO]. QUINTA. SUMA GRACIOSA (OPCIONAL). Adicionalmente, EL EMPLEADOR otorga una suma graciosa de S/ [MONTO_GRACIOSO], imputable a cualquier obligación pendiente conforme al Art. 57 del D.S. 001-97-TR. SEXTA. DECLARACIÓN. EL TRABAJADOR declara que el presente acuerdo refleja su libre voluntad y que no ha mediado coacción ni intimidación. Las partes reconocen que el contrato queda extinguido sin generar derecho a indemnización por despido. SÉTIMA. CONSTANCIA. Este acuerdo consta por escrito conforme al Art. 19 del D.S. 003-97-TR. Las partes podrán legalizar sus firmas ante notario. Firmado en dos ejemplares, en [CIUDAD], el [FECHA_FIRMA]. ___________________________ EL EMPLEADOR ___________________________ EL TRABAJADOR DNI N° [DNI_TRABAJADOR]
El acuerdo de mutuo disenso es la forma más limpia de terminar una relación laboral. Empleador y trabajador deciden, de común acuerdo y por escrito, dar por concluido el contrato de trabajo sin que medie despido ni renuncia unilateral. La extinción por mutuo disenso está reconocida expresamente en el inciso d) del artículo 16 del Decreto Supremo 003-97-TR (Ley de Productividad y Competitividad Laboral, LPCL). Como nadie es despedido, no se genera indemnización por despido arbitrario, y como nadie renuncia de forma forzada, el trabajador no queda en posición de reclamar después por un cese encubierto, siempre que el acuerdo sea genuino y libre.
Para qué sirve y cuándo usarlo
Úsalo cuando ambas partes ya no quieren continuar el vínculo y prefieren cerrarlo sin conflicto: reorganizaciones, cambio de proyecto de vida del trabajador, fin natural de una etapa o una salida negociada con incentivos. Es muy frecuente acompañarlo de un monto adicional voluntario (incentivo o gracia) que el empleador entrega para facilitar el acuerdo. Ese incentivo no es indemnización legal, es una liberalidad pactada, y conviene dejarlo claro en el texto para evitar discusiones tributarias y laborales posteriores.
Base legal vigente
- Art. 16 inciso d) del D.S. 003-97-TR (LPCL): el mutuo disenso entre trabajador y empleador es causa de extinción del contrato de trabajo.
- Art. 19 del D.S. 003-97-TR: el mutuo disenso debe constar por escrito o en la liquidación de beneficios sociales.
- Art. 26 inciso 2) de la Constitución: el carácter irrenunciable de los derechos laborales sigue vigente, así que el acuerdo no puede renunciar a beneficios ya ganados.
Cómo rellenarlo bien
Identifica a las dos partes con sus datos completos, la fecha de ingreso, el cargo y la fecha exacta en que terminará el vínculo. Declara expresamente que la extinción es por mutuo disenso al amparo del artículo 16 inciso d) de la LPCL. Detalla la liquidación de beneficios sociales (CTS trunca, gratificación trunca, vacaciones truncas) por separado del incentivo voluntario, si lo hay. Conserva la firma de ambas partes y, de ser posible, legaliza las firmas ante notario para darle fecha cierta.
Errores comunes
- Disfrazar un despido como mutuo disenso para evitar la indemnización. Si el trabajador prueba que su voluntad fue forzada, el acuerdo puede invalidarse.
- Incluir una renuncia genérica a "todo derecho laboral". Los derechos irrenunciables no se pierden por firmar.
- Mezclar el incentivo voluntario con los beneficios sociales legales, lo que confunde la liquidación y el tratamiento tributario.
Preguntas frecuentes
El mutuo disenso genera indemnización por despido
No. Al no haber despido, no corresponde la indemnización del artículo 38 de la LPCL. Sí corresponden siempre los beneficios sociales truncos hasta la fecha de cese.
El incentivo de salida paga impuestos
Las sumas que el empleador otorga de forma graciosa por cese tienen un tratamiento de inafectación parcial del Impuesto a la Renta de quinta categoría dentro de los límites de ley. Conviene precisar en el acta su naturaleza de liberalidad.
Puedo reclamar después de firmar
Si el acuerdo fue libre y se pagaron los beneficios truncos, el cese es válido. Solo podrás reclamar si demuestras vicio de la voluntad o que se omitieron derechos irrenunciables.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de mutuo disenso laboral
¿El modelo de acuerdo de mutuo disenso laboral es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-mutuo-disenso-laboral/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de mutuo disenso laboral sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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