Acuerdo de Renovación y Prórroga de Letra de Cambio
Acuerdo entre el tenedor y el aceptante para renovar o prorrogar el vencimiento de una letra de cambio impaga y evitar el protesto, conforme a la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACUERDO DE RENOVACIÓN Y PRÓRROGA DE LETRA DE CAMBIO Conste por el presente documento el acuerdo de renovación de letra de cambio que celebran, de una parte, [NOMBRE_DEL_TENEDOR] (en adelante, EL TENEDOR), identificado con DNI o RUC N° [DOCUMENTO_TENEDOR], con domicilio en [DIRECCIÓN_DEL_TENEDOR]; y de la otra, [NOMBRE_DEL_ACEPTANTE] (en adelante, EL ACEPTANTE), identificado con DNI N° [DNI_ACEPTANTE], con domicilio en [DIRECCIÓN_DEL_ACEPTANTE]; en los términos siguientes: PRIMERA. ANTECEDENTES. EL ACEPTANTE mantiene a favor de EL TENEDOR una obligación contenida en la letra de cambio N° [NÚMERO_DE_LETRA], por el importe de S/ [MONTO_EN_NÚMEROS] ([MONTO_EN_LETRAS] soles), con vencimiento originalmente pactado el [FECHA_VENCIMIENTO_ORIGINAL], la cual se encuentra pendiente de pago o próxima a vencer. SEGUNDA. OBJETO. Ante la imposibilidad temporal de pago, las partes acuerdan RENOVAR la referida obligación cambiaria y PRORROGAR su fecha de vencimiento, en aplicación de la autonomía de la voluntad y de las reglas sobre vencimiento de la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores. TERCERA. NUEVAS CONDICIONES. El nuevo vencimiento se fija para el [NUEVA_FECHA_DE_VENCIMIENTO]. Para tal efecto, las partes optarán por: consignar la prórroga en el mismo título con la firma del aceptante; o girar y aceptar una nueva letra de cambio en reemplazo de la anterior, la cual será devuelta al aceptante una vez aceptada la nueva. CUARTA. INTERESES. Durante el plazo de la prórroga, el saldo devengará un interés compensatorio de [TASA]% mensual y un interés moratorio de [TASA_MORA]% mensual, sin exceder la tasa máxima fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. QUINTA. VIGENCIA DE GARANTÍAS. Los avales y garantías constituidos sobre la obligación primitiva mantienen su plena vigencia respecto de la letra renovada, salvo pacto expreso en contrario del garante. SEXTA. EFECTOS. La renovación no constituye novación de la obligación, la cual subsiste con el mérito ejecutivo propio del título valor conforme al artículo 688 del Código Procesal Civil. [CIUDAD], [DÍA] de [MES] de 2026 _______________________________ [NOMBRE_DEL_TENEDOR] - EL TENEDOR _______________________________ [NOMBRE_DEL_ACEPTANTE] - EL ACEPTANTE
¿Cuándo usar este modelo?
Usa este acuerdo cuando el aceptante no puede pagar una letra de cambio a su vencimiento y ambas partes prefieren renovar el título y prorrogar el plazo, en lugar de llegar al protesto y a la ejecución. Se apoya en la autonomía de la voluntad y en las reglas de vencimiento de la Ley N° 27287.
Permite reprogramar la deuda cambiaria de forma ordenada, fijando un nuevo vencimiento y las condiciones de intereses, sin perder las garantías ya constituidas.
Qué datos necesitas
- Datos de la letra original: número, importe y vencimiento inicial.
- Nombres, documento y domicilio del tenedor y del aceptante.
- La nueva fecha de vencimiento pactada.
- Las tasas de interés compensatorio y moratorio durante la prórroga.
Paso a paso
- Definan el nuevo vencimiento y las condiciones de la renovación.
- Elijan la modalidad: prorrogar en el mismo título o girar una nueva letra.
- Si emiten una letra nueva, devuelvan la anterior una vez aceptada la nueva.
- Confirmen que los avales y garantías se mantienen vigentes.
- Firmen el acuerdo ambas partes y conserven un ejemplar cada una.
Errores comunes
- No devolver la letra antigua al emitir una nueva, arriesgando un doble cobro.
- Olvidar el consentimiento del avalista si se pretende que siga garantizando.
- Pactar intereses por encima del tope fijado por el BCRP.
- Creer que la renovación borra la deuda: la obligación subsiste, solo cambia el plazo.
Preguntas frecuentes
¿La renovación es una novación? No necesariamente; en este modelo se pacta que no hay novación y el título conserva su mérito ejecutivo.
¿El aval sigue obligado? Sí, salvo pacto en contrario; conviene contar con su conformidad expresa.
¿Evita el protesto? Sí, al reprogramar el pago antes del vencimiento se evita llegar al protesto y a la cobranza judicial.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de renovación y prórroga de letra de cambio
¿El modelo de acuerdo de renovación y prórroga de letra de cambio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-renovacion-y-prorroga-de-letra-de-cambio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de renovación y prórroga de letra de cambio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Constancia de protesto por falta de aceptación de letra de cambio levantada ante notario o fedatario, conforme a los Arts. 70, 72 y 147 de la Ley 27287 (LTV).
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