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Inmobiliario

Adenda de Prórroga de Contrato de Arrendamiento

Adenda que prórroga el plazo de un arrendamiento vigente conforme al Art. 1687 CC, sin modificar las demás condiciones, evitando la continuación tácita del Art. 1700 CC.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ADENDA DE PRÓRROGA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente documento la adenda al contrato de arrendamiento celebrado el [FECHA_CONTRATO_ORIGINAL] que suscriben de una parte [NOMBRE_ARRENDADOR], identificado con DNI [DNI_ARRENDADOR], denominado EL ARRENDADOR, y de la otra parte [NOMBRE_ARRENDATARIO], identificado con DNI [DNI_ARRENDATARIO], denominado EL ARRENDATARIO.

ANTECEDENTE. Las partes celebraron un contrato de arrendamiento sobre el inmueble ubicado en [UBICACION_INMUEBLE], con plazo original que vence el [FECHA_VENCIMIENTO_ORIGINAL]. Ambas partes manifiestan su voluntad de prorrogar dicho plazo de forma expresa para evitar la continuación tácita prevista en el Art. 1700 del Código Civil.

PRIMERA. PRÓRROGA DEL PLAZO. Conforme al Art. 1687 del Código Civil, las partes prorrogan el plazo del arrendamiento por [PLAZO_PRORROGA] meses adicionales, computados desde el [FECHA_INICIO_PRORROGA] hasta el [FECHA_FIN_PRORROGA].

SEGUNDA. RENTA. Durante el periodo de prórroga la renta mensual será de [MONTO_RENTA_NUEVA] soles, pagadera el día [DIA_PAGO] de cada mes. [INDICAR_SI_HAY_REAJUSTE].

TERCERA. VIGENCIA DE LAS DEMÁS CLÁUSULAS. Todas las demás cláusulas del contrato original, incluidas garantía, destino y obligaciones de las partes, mantienen plena vigencia y no se modifican por esta adenda.

CUARTA. RESTITUCIÓN. Vencido el plazo prorrogado sin nueva prórroga expresa, EL ARRENDATARIO restituirá el inmueble conforme al Art. 1704 del Código Civil.

QUINTA. INTEGRACIÓN. La presente adenda forma parte integrante del contrato original y se interpreta conjuntamente con él.

Firmado en [CIUDAD], el [FECHA], en dos ejemplares de igual valor.

_______________________
EL ARRENDADOR

_______________________
EL ARRENDATARIO
¿Encontraste algo mal en este modelo?

La adenda de prórroga de contrato de arrendamiento es el documento que extiende la vigencia de un contrato de alquiler que está por vencer, manteniendo el mismo bien y, por lo general, los mismos términos, salvo los que las partes decidan ajustar como la renta. Evita que el contrato termine y que el arrendatario quede en situación de ocupación sin título. Es la forma ordenada de continuar un alquiler que funciona bien.

Cuando usarla

La usas cuando el plazo del alquiler llega a su fin y arrendador e inquilino quieren seguir, sea de vivienda, local comercial u oficina. En lugar de firmar un contrato nuevo desde cero, la adenda renueva el plazo y deja constancia de los cambios, como un reajuste de renta o una nueva fecha de vencimiento, conservando el resto del contrato original.

Base legal peruana

Se rige por el Código Civil. El artículo 1687 regula la duración del arrendamiento y el artículo 1688 fija el plazo máximo de diez años para el arrendamiento de duración determinada. El artículo 1700 trata la continuación del arrendamiento vencido cuando el arrendatario permanece en el bien, situación que conviene evitar formalizando la prórroga. La adenda se sustenta en la libertad contractual del artículo 1351 y en la fuerza vinculante de los contratos del artículo 1361. Para arrendamientos sujetos al régimen del Decreto Legislativo 1177 aplican además sus reglas especiales.

Como rellenarla bien

  • Identifica el contrato original por fecha y partes, y declara que sigue vigente en todo lo no modificado.
  • Fija la nueva fecha de vencimiento y el plazo de la prórroga.
  • Indica si la renta se mantiene o se reajusta, con el nuevo monto y la fecha desde la cual rige.
  • Aclara que sucede con la garantía ya entregada y si se actualiza.
  • Firma la adenda antes del vencimiento del contrato original para evitar el vacío del artículo 1700.
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Errores comunes

  • Dejar vencer el contrato y seguir cobrando sin documento, cayendo en la continuación del artículo 1700.
  • Reajustar la renta de palabra sin dejarlo por escrito.
  • Superar el plazo máximo de diez años sumando contrato original y prórrogas.
  • No precisar que el resto del contrato original sigue plenamente vigente.

Preguntas frecuentes

Que pasa si no firmo la prórroga y el inquilino sigue pagando? Se aplica el artículo 1700: el arrendamiento continua bajo sus mismas estipulaciones, pero no a plazo determinado, y cualquiera de las partes puede ponerle fin avisando. Es una situación más débil que una prórroga escrita.

Puedo subir la renta en la adenda? Sí. La adenda es el momento ideal para acordar un reajuste. Debe constar el nuevo monto y desde cuando se aplica para evitar reclamos.

Hasta cuanto puedo prorrogar? El arrendamiento de duración determinada no puede exceder diez años en total según el artículo 1688, contando el plazo original y las prórrogas.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de adenda de prórroga de contrato de arrendamiento

¿El modelo de adenda de prórroga de contrato de arrendamiento es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/adenda-de-prorroga-de-contrato-de-arrendamiento/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de adenda de prórroga de contrato de arrendamiento sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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