Cómo iniciar un divorcio en Perú: vías, requisitos y costos
Publicado el 2026-06-06 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Ley clave | Ley 29227 (divorcio rápido) |
| Vías | Notarial, municipal y judicial |
| Plazo notarial | 2 a 3 meses |
| Requisito mutuo acuerdo | 2 años de matrimonio |
| Causales judiciales | Art. 333 Código Civil |

Las tres vías para divorciarte
Para iniciar un divorcio en Perú lo primero es elegir la vía, y eso depende de una sola pregunta: ¿hay mutuo acuerdo? Si ambos quieren separarse y cumplen requisitos, van por la vía notarial o municipal (rápida). Si uno se opone, solo queda la judicial. Las tres opciones son:
- Notarial: ante notario, solo con mutuo acuerdo, sin hijos menores (o con sentencia previa de tenencia, alimentos y visitas) y sin bienes por liquidar o ya liquidados.
- Municipal: ante una municipalidad acreditada, con los mismos requisitos de la vía notarial.
- Judicial: ante el juez de familia, cuando no hay acuerdo, se invoca una causal o la separación de hecho.
Las dos primeras se amparan en la Ley 29227 (divorcio rápido) y su reglamento; la judicial se rige por el Art. 333 del Código Civil. Puedes profundizar en divorcio en Perú: notarial, municipal o judicial.
Requisitos para el divorcio rápido (notarial o municipal)
Para usar la vía exprés de la Ley 29227 necesitas cumplir todo esto:
- Tener al menos dos años de casados.
- Acuerdo de ambos cónyuges (separación convencional).
- No tener hijos menores ni mayores con incapacidad; si los hay, presentar sentencia o acta de conciliación firme sobre tenencia, alimentos y régimen de visitas.
- No tener bienes bajo sociedad de gananciales, o haberlos liquidado por escritura pública o sentencia.
Antes de decidir, conviene definir el régimen patrimonial: revisa sociedad de gananciales vs separación de bienes. Si tienen bienes comunes, tramita primero la liquidación de sociedad de gananciales.
Cuánto cuesta empezar el trámite en 2026
El costo depende de la vía y del notario o distrito. Referencias 2026 en soles:
| Vía | Costo referencial | Plazo |
|---|---|---|
| Notarial | S/ 800 a S/ 2,500 | 2 a 3 meses |
| Municipal | S/ 500 a S/ 1,200 | 2 a 4 meses |
| Judicial | Honorarios de abogado + tasas judiciales | 8 meses a más de 2 años |
A esto se suma la liquidación de bienes si la hubiera. Los precios varían según la complejidad y la notaría. Para un desglose actualizado revisa cuánto cuesta divorciarse en Perú 2026.
Paso a paso del divorcio notarial
- Redactar la solicitud y el convenio regulador (firmado por ambos cónyuges).
- Presentar la solicitud y los anexos ante el notario o la municipalidad.
- El notario convoca a una audiencia única donde ambos ratifican su voluntad de separarse.
- Transcurridos al menos 15 días, se declara la separación convencional.
- Pasados dos meses, cualquiera de los dos puede pedir la disolución del vínculo.
- Se inscribe la disolución en RENIEC y en el registro correspondiente.
Si vives fuera del país, no necesitas viajar: puedes encargar todo con un poder especial para tramitar divorcio desde el extranjero.
Documentos que debes preparar
Para no perder tiempo en la notaría o el juzgado, reúne desde el inicio:
- Copia certificada del acta de matrimonio (actualizada, expedida por RENIEC).
- DNI vigente de ambos cónyuges.
- Partidas de nacimiento de los hijos, si los hay.
- Sentencia o acta de conciliación sobre tenencia, alimentos y visitas, cuando existan hijos menores.
- Escritura de liquidación de la sociedad de gananciales o declaración jurada de no tener bienes comunes.
- El convenio regulador firmado.
Con esta documentación completa, la vía notarial avanza sin observaciones y dentro del plazo estimado.
Cuándo ir por la vía judicial
Debes ir al juzgado de familia cuando no hay acuerdo o cuando invocas una causal del Art. 333 del Código Civil, como adulterio, violencia física o psicológica, injuria grave o separación de hecho por más de dos años (cuatro si hay hijos menores). La separación de hecho es la causal más usada porque no exige probar culpa de nadie.
Según el caso, se plantea la demanda de divorcio por separación de hecho o la demanda de divorcio por causal. Si empezaron de común acuerdo pero quieren la vía judicial, existe también la separación convencional y divorcio ulterior.
Preguntas frecuentes
¿Puedo divorciarme si mi cónyuge no quiere?
Sí, pero solo por la vía judicial, invocando una causal del Art. 333 del Código Civil. La más usada es la separación de hecho por dos años (o cuatro si hay hijos menores), que no exige acuerdo del otro.
¿Cuánto tiempo de casado necesito para el divorcio rápido?
La Ley 29227 exige al menos dos años de matrimonio para acceder al divorcio notarial o municipal por mutuo acuerdo.
¿Puedo divorciarme por notaría si tengo hijos menores?
Sí, siempre que antes exista sentencia judicial o acta de conciliación firme que regule la tenencia, los alimentos y el régimen de visitas de los menores.
¿Qué pasa con los bienes en un divorcio?
Si están bajo sociedad de gananciales, debes liquidarlos. Para el divorcio notarial es requisito que ya estén liquidados por escritura pública o no existan bienes comunes.
¿El divorcio notarial tiene la misma validez que el judicial?
Sí. La disolución del vínculo es plena y se inscribe en RENIEC igual que la judicial. La diferencia es que la notarial solo procede con mutuo acuerdo.
¿Cuánto se demora el divorcio más rápido?
El divorcio notarial por mutuo acuerdo es el más rápido: entre 2 y 3 meses, porque la ley exige un plazo mínimo de dos meses tras declararse la separación convencional antes de pedir la disolución del vínculo.
¿Necesito abogado para divorciarme por notaría?
Para el divorcio notarial o municipal por mutuo acuerdo no es obligatorio un abogado, aunque ayuda a redactar bien el convenio regulador. En la vía judicial sí es indispensable contar con defensa letrada.
¿Qué es el convenio regulador y por qué es tan importante?
Es el acuerdo donde ambos cónyuges definen cómo quedan la tenencia y los alimentos de los hijos, el régimen de visitas y el destino de los bienes comunes tras la separación. En la vía notarial es obligatorio y debe ser claro, porque el notario lo revisa antes de declarar la separación convencional; un convenio mal redactado genera observaciones y demora todo el trámite.
¿Puedo pasar de la vía judicial a la notarial si luego nos ponemos de acuerdo?
Sí. Si empezaron una demanda judicial pero después logran un acuerdo total sobre hijos y bienes, pueden desistirse del proceso y acudir a la vía notarial o municipal, que es más rápida y económica, siempre que cumplan los requisitos de la Ley 29227 de divorcio rápido.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Divorcio Notarial por Mutuo Acuerdo
Solicitud conjunta de separación convencional y divorcio ulterior ante notaría. Cónyuges sin hijos menores ni patrimonio pendiente. Ley 29227 y D.S. 009-2008-JUS.
FamiliaDivorcio Municipal por Mutuo Acuerdo
Solicitud conjunta para divorcio ante municipalidad por mutuo acuerdo. Aplica para cónyuges sin hijos menores ni patrimonio pendiente. Ley 29227 y D.S. 009-2008-JUS.
FamiliaDemanda de Divorcio por Separación de Hecho
Demanda de divorcio por causal de separación de hecho. Art. 333 inc. 12 del Código Civil. Incluye pretensiones accesorias.
FamiliaDemanda de Divorcio por Causal
Demanda de divorcio por causal ante Juzgado de Familia. Art. 333 CC. Incluye pretensiones accesorias (tenencia, alimentos, gananciales).