Feriados 2026 en Perú: calendario completo y cuáles se pagan doble
Publicado el 2026-05-30 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Pago si trabajas en feriado | Triple (sin descanso sustitutorio) |
| Norma de descanso | D. Leg. 713 |
| Feriado largo julio 2026 | 25 al 29 de julio (D.S. 075-2026-PCM) |
| Diferencia clave | Feriado = ley; día no laborable = decreto |
Calendario de feriados nacionales 2026
Los feriados nacionales son días de descanso remunerado obligatorio en los sectores público y privado. Para 2026, las principales fechas son:
- 1 de enero: Año Nuevo.
- 2 y 3 de abril: Jueves y Viernes Santo.
- 1 de mayo: Día del Trabajo.
- 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera.
- 29 de junio: San Pedro y San Pablo.
- 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú.
- 28 y 29 de julio: Fiestas Patrias.
- 6 de agosto: Batalla de Junín.
- 30 de agosto: Santa Rosa de Lima.
- 8 de octubre: Combate de Angamos.
- 1 de noviembre: Todos los Santos.
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
- 25 de diciembre: Navidad.
Confirma siempre el día de la semana en el calendario, porque define los fines de semana largos.
Feriado largo de julio 2026
Para Fiestas Patrias 2026 el Ejecutivo declaró el lunes 27 de julio como día no laborable para el sector público mediante el D.S. 075-2026-PCM. Sumado al fin de semana y a los feriados del 28 y 29, se forma un descanso de varios días, del sábado 25 al miércoles 29 de julio. En el sector privado, acogerse a un día no laborable es facultativo y las horas se compensan luego.
Feriado vs día no laborable: la diferencia que importa
No son lo mismo y se pagan distinto:
- Feriado: establecido por ley. Es descanso remunerado en ambos sectores. Si trabajas, hay sobretasa.
- Día no laborable: lo decreta el Ejecutivo, normalmente para el sector público. En el sector privado el empleador decide si se acoge, y las horas no trabajadas se recuperan después.
Por eso un día no laborable no te da derecho a pago triple: solo es una reprogramación de la jornada.
Cuánto te pagan si trabajas en un feriado
Según el Decreto Legislativo 713, si laboras en un feriado y el empleador no te otorga un día de descanso sustitutorio, ese día se paga triple:
- El pago del feriado (que ya te corresponde por ser día de descanso remunerado).
- La remuneración por el trabajo efectivo del día.
- Una sobretasa del 100% sobre ese trabajo.
Si en cambio el empleador te da otro día libre como compensación, solo se paga el trabajo del feriado sin la sobretasa del 100%. Esta regla no debe confundirse con las horas extra (25% y 35%), que aplican al sobretiempo en días ordinarios.
Qué hacer si no te pagan el feriado correctamente
Revisa tu boleta de pago: el feriado trabajado debe figurar con la sobretasa. Si no te lo pagan bien, reclámalo por escrito a tu empleador. Si no corrige, puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL, que fiscaliza el pago de remuneraciones y sobretasas. El reintegro de feriados mal pagados también se puede reclamar en la vía laboral mientras no prescriba (4 años desde que se hicieron exigibles).
Preguntas frecuentes
¿Cuántos feriados hay en Perú en 2026?
El calendario 2026 mantiene los feriados nacionales habituales como Año Nuevo, Semana Santa, Día del Trabajo, Fiestas Patrias, Santa Rosa, Navidad y otros. Son días de descanso remunerado en ambos sectores.
¿El 27 de julio de 2026 es feriado?
No es feriado de ley, sino día no laborable decretado para el sector público (D.S. 075-2026-PCM). Junto a los feriados del 28 y 29 forma un descanso largo.
¿Cuánto me pagan si trabajo en un feriado?
Triple, si no te dan descanso sustitutorio: el pago del feriado, la remuneración del trabajo y una sobretasa del 100%, según el D. Leg. 713.
¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?
El feriado lo fija la ley y es descanso pagado en ambos sectores. El día no laborable lo decreta el Ejecutivo, aplica al sector público y en el privado las horas se compensan.
¿En un día no laborable me pagan doble si trabajo?
No. El día no laborable no genera sobretasa; solo es una reprogramación de la jornada. La sobretasa del 100% aplica a los feriados de ley trabajados sin descanso sustitutorio.
¿Qué hago si no me pagan bien un feriado trabajado?
Reclama por escrito a tu empleador. Si no corrige, denuncia ante SUNAFIL o reclama el reintegro en la vía laboral mientras no prescriba (4 años).
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