Derecho Tributario

Fraccionamiento de deuda SUNAT 2026: cómo pedirlo paso a paso

Publicado el 2026-06-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaArt. 36 Código Tributario
Plazo máximo (fraccionamiento)Hasta 72 meses
SolicitudFormulario Virtual 687 (clave SOL)
Cuota mínimaNo menor al 5% de la UIT
UIT 2026S/ 5,500
InterésMenor al moratorio

Qué es el fraccionamiento y el aplazamiento

El Art. 36 del Código Tributario permite dos figuras:

  • Fraccionamiento: pagar la deuda en cuotas mensuales.
  • Aplazamiento: postergar el pago total a una fecha futura.
  • O ambos combinados (aplazas y luego fraccionas).

Aplica a deudas tributarias administradas por SUNAT: IGV, renta, multas e intereses.

Requisitos para fraccionar

  • Tener la deuda registrada y exigible.
  • Haber presentado las declaraciones de la deuda a fraccionar.
  • No tener otro fraccionamiento vigente por la misma deuda.
  • Pagar la cuota de acogimiento cuando corresponda (según monto y plazo).
  • Ofrecer garantía si la deuda supera los topes establecidos.

Cada cuota mensual no puede ser menor al 5% de la UIT (S/ 275 en 2026).

Cómo solicitarlo online (Formulario 687)

  1. Ingresa a SUNAT en Línea con tu clave SOL.
  2. Genera el reporte de precalificación y el archivo de deuda personalizada.
  3. Completa el Formulario Virtual 687 eligiendo la deuda, el plazo y el número de cuotas.
  4. Paga la cuota de acogimiento si aplica.
  5. Recibe la resolución que aprueba el fraccionamiento.

Cuántas cuotas y a qué interés

Puedes fraccionar hasta 72 meses. La deuda fraccionada genera un interés mensual menor al moratorio (TIM reducida). Las cuotas vencen mensualmente; debes pagarlas puntualmente para no perder el beneficio.

Qué pasa si no pagas las cuotas

Si dejas de pagar dos cuotas consecutivas o la última, SUNAT puede declarar la pérdida del fraccionamiento: la deuda se vuelve exigible de inmediato con sus intereses y puede iniciarse cobranza coactiva (embargos). Si recibes una resolución de multa relacionada, puedes presentar descargos o reclamar.

Preguntas frecuentes

¿En cuántas cuotas puedo fraccionar mi deuda con SUNAT?

Hasta 72 meses en el fraccionamiento. El aplazamiento permite postergar el pago, y se pueden combinar ambos.

¿Cómo solicito el fraccionamiento?

En línea con tu clave SOL, mediante el Formulario Virtual 687, eligiendo la deuda, el plazo y las cuotas.

¿Necesito pagar una cuota inicial?

Según el monto y el plazo puede exigirse una cuota de acogimiento. Para deudas mayores también puede requerirse garantía.

¿Cuál es la cuota mínima mensual?

No puede ser menor al 5% de la UIT, es decir, S/ 275 con la UIT 2026 de S/ 5,500.

¿Qué pasa si no pago las cuotas?

Pierdes el fraccionamiento: la deuda se vuelve exigible de inmediato con intereses y puede iniciarse cobranza coactiva con embargos.

¿El fraccionamiento reduce los intereses?

La deuda fraccionada genera un interés mensual menor al moratorio (TIM reducida), pero los intereses anteriores se mantienen.

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