Derecho Constitucional

Represión de actos lesivos homogéneos: cuando se repite el agravio

Publicado el 2026-06-07 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaArt. 60 Código Procesal Constitucional (Ley 31307)
RequisitoSentencia constitucional firme previa
Acto nuevoHomogéneo (esencialmente igual)
VentajaSin iniciar un nuevo proceso

El problema que resuelve

Imagina que ganas un amparo: el juez ordena a una entidad que deje de vulnerar tu derecho. Pasan unos meses y la entidad vuelve a hacer exactamente lo mismo. ¿Tienes que empezar todo de nuevo? No. Para eso existe la represión de actos lesivos homogéneos.

Qué es un acto homogéneo

Un acto es homogéneo cuando es esencialmente igual al que ya fue declarado inconstitucional en tu sentencia firme: mismo agresor (o uno vinculado), mismo derecho afectado y misma forma de vulneración. No tiene que ser idéntico en todo, pero sí compartir la esencia del agravio que ya se sancionó.

Cómo funciona el mecanismo

Lo regula el Art. 60 del Código Procesal Constitucional (Ley 31307). En vez de un nuevo proceso, presentas una solicitud de represión ante el mismo juez de ejecución que dictó la sentencia. El juez verifica si el nuevo acto es homogéneo y, de serlo, ordena su cese de inmediato, incluso con apremios.

Requisitos para que proceda

  • Existir una sentencia constitucional firme que ya amparó tu derecho.
  • Que el nuevo acto sea homogéneo al ya declarado inconstitucional.
  • Que provenga del mismo agresor o de uno en su misma posición.

Si el acto es nuevo y distinto, no hay homogeneidad: ahí sí tocaría un proceso constitucional nuevo.

Por qué conviene usarlo

Es rápido y económico: se tramita en la ejecución de tu sentencia, no como un litigio desde cero. Garantiza que la victoria constitucional sea real y no un papel que la autoridad ignora repitiendo el agravio con pequeños cambios. Es la herramienta que da dientes al cumplimiento de las sentencias de amparo, hábeas corpus y habeas data.

Preguntas frecuentes

¿Necesito iniciar un nuevo amparo si repiten el agravio?

No, si el acto es homogéneo al ya declarado inconstitucional. Basta pedir la represión de actos homogéneos ante el juez que ejecutó tu sentencia.

¿Qué significa que el acto sea homogéneo?

Que es esencialmente igual al sancionado: mismo derecho vulnerado, misma forma de afectación y el mismo agresor o uno en su posición.

¿Ante quién se presenta?

Ante el mismo juez de ejecución que dictó la sentencia constitucional firme, dentro de ese proceso.

¿Sirve para cualquier proceso constitucional?

Sí, aplica a sentencias estimatorias firmes de amparo, hábeas corpus, habeas data y cumplimiento.

¿Qué pasa si el acto es distinto al original?

Si no es homogéneo, no procede la represión y deberías evaluar un nuevo proceso constitucional para ese agravio diferente.

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