Derecho Laboral

Trabajo remoto vs teletrabajo: diferencias y tus derechos 2026

Publicado el 2026-06-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

Norma teletrabajoLey 31572 y D.S. 002-2023-TR
Compensación de gastosEquipos e internet (pacta empleador)
Desconexión digitalMínimo 12 horas continuas
VoluntariedadAcuerdo de ambas partes
ReversibilidadPosible según acuerdo
Mismos derechosCTS, gratificaciones, vacaciones

Teletrabajo y trabajo remoto no son lo mismo

El trabajo remoto fue una figura excepcional creada durante la pandemia (D.U. 026-2020), de carácter temporal. El teletrabajo es la modalidad permanente y regulada por la Ley 31572. Hoy lo aplicable es el teletrabajo: voluntario, acordado por escrito y con reglas claras de equipos, gastos y horarios.

Quién paga los equipos e internet

En el teletrabajo, el empleador debe proporcionar los equipos y compensar el internet y la energía, salvo que el trabajador acepte voluntariamente usar sus propios medios, en cuyo caso corresponde una compensación. Lo importante: la asignación de costos debe constar por escrito en el acuerdo o adenda de teletrabajo.

Desconexión digital

Tienes derecho a la desconexión digital: el empleador no puede exigirte responder fuera de tu jornada. La norma garantiza un mínimo de 12 horas continuas de desconexión en cada período de 24 horas, además de los días de descanso, feriados y vacaciones.

Conservas todos tus derechos

El teletrabajador tiene exactamente los mismos derechos que el presencial: CTS, gratificaciones, vacaciones, asignación familiar, EsSalud, jornada máxima y protección contra el despido. No te pueden pagar menos por teletrabajar.

Cómo formalizar el teletrabajo

El cambio a teletrabajo debe acordarse por escrito mediante un contrato de teletrabajo o adenda, indicando lugar, jornada, equipos, compensación de gastos y desconexión. Si el empleador incumple (no compensa gastos o viola la desconexión), puedes denunciar ante SUNAFIL.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre teletrabajo y trabajo remoto?

El trabajo remoto fue una figura temporal de emergencia (pandemia). El teletrabajo es la modalidad permanente regulada por la Ley 31572, voluntaria y con compensación de gastos.

¿Quién paga el internet en el teletrabajo?

El empleador compensa internet y energía, salvo que el trabajador acepte usar sus medios; aun así corresponde compensación, pactada por escrito.

¿Qué es la desconexión digital?

El derecho a no responder comunicaciones fuera de tu jornada. La ley garantiza al menos 12 horas continuas de desconexión cada 24 horas.

¿El teletrabajo reduce mis beneficios?

No. Mantienes CTS, gratificaciones, vacaciones y todos los derechos del trabajador presencial.

¿Pueden obligarme a teletrabajar?

El teletrabajo es voluntario y debe acordarse por escrito. El cambio de presencial a teletrabajo requiere consentimiento, salvo causas justificadas previstas en la norma.

¿Qué hago si mi empleador no compensa mis gastos?

Puedes denunciarlo ante SUNAFIL. La falta de compensación de equipos e internet es un incumplimiento de la Ley 31572.

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