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Laboral

Carta de Renuncia Voluntaria al Trabajo

Carta de renuncia voluntaria al empleo con plazo de preaviso de 30 días. Art. 18 del D.Leg. 728 - LPCL.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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[CIUDAD], [FECHA]

Señores
[RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA]
[NOMBRE DEL GERENTE / JEFE DE RECURSOS HUMANOS]
Presente.-

Ref.: CARTA DE RENUNCIA VOLUNTARIA

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N.° [DNI], quien presta servicios en su empresa en el cargo de [CARGO], me dirijo a Ud. con la finalidad de presentar mi RENUNCIA VOLUNTARIA al cargo que vengo desempeñando.

Mi decisión es efectiva a partir del día [FECHA_EFECTIVA_DE_CESE], otorgando el plazo de preaviso de treinta (30) días calendario establecido en el artículo 18° del Decreto Legislativo N.° 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

[OPCIÓN A: El empleador puede exonerarme del plazo de preaviso, en cuyo caso solicito que mi cese sea efectivo de manera inmediata.]

Aprovecho la oportunidad para expresar mi agradecimiento a la empresa por la oportunidad de desarrollo profesional brindada durante [TIEMPO_DE_SERVICIOS], y manifiesto mi disposición para apoyar en el proceso de transferencia de funciones a quien designe la empresa.

Asimismo, solicito que al momento del cese efectivo se proceda con la liquidación de mis beneficios sociales conforme a ley:
  - Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
  - Vacaciones truncas.
  - Gratificación trunca (de ser el caso).
  - Remuneración pendiente de pago.

Sin otro particular, me despido con las muestras de mi especial consideración.

Atentamente,

_________________________
[NOMBRE_COMPLETO]
DNI: [DNI]
Cargo: [CARGO]
Área: [ÁREA]
Fecha de ingreso: [FECHA_INGRESO]

----------------------------------------------------------------------
CARGO DE RECEPCIÓN (para ser firmado por el empleador)
----------------------------------------------------------------------
Recibido por  : ______________________________
Cargo         : ______________________________
Fecha y hora  : ______________________________
Firma y sello : ______________________________
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Cuándo usar este modelo

Usa esta carta cuando decidas terminar tu vínculo laboral por voluntad propia, sin despido y sin acuerdo de mutuo cese. Aplica al régimen laboral privado regulado por el D.S. 003-97-TR (LPCL). Para servidores públicos del régimen 728 también funciona. Para el régimen 276 (carrera administrativa) la formalidad es distinta y se hace por solicitud al titular de la entidad. La renuncia es un acto unilateral del trabajador y no requiere aceptación del empleador para surtir efectos.

Quién la presenta y a quién

La firmas tú como trabajador y la diriges al gerente, jefe inmediato o área de Recursos Humanos de tu empleador. Si tu contrato es con una persona natural, la diriges al empleador directamente. Conviene entregarla por mesa de partes o correo formal con cargo de recepción, y conservar copia firmada con sello de recibido. Si lo prefieres, puedes enviarla por carta notarial: tiene el mismo efecto pero te da fecha cierta verificable en juicio.

Plazo de preaviso y exoneración

El preaviso obligatorio es 30 días naturales antes del cese efectivo (Art. 18 D.S. 003-97-TR). Esto permite al empleador organizar el reemplazo. Puedes pedir en la propia carta que el empleador te exonere del plazo. Si el empleador no rechaza por escrito tu pedido de exoneración dentro del tercer día de presentada la carta, la solicitud se entiende aceptada (Art. 18 del D.S. 003-97-TR). Durante el preaviso sigues cobrando sueldo normal y tienes los mismos derechos y obligaciones del contrato.

Qué exigir al cesar

  • Liquidación de beneficios sociales: CTS proporcional, gratificación trunca del semestre, vacaciones truncas, vacaciones no gozadas si las tienes pendientes.
  • Certificado de trabajo: el empleador está obligado a entregártelo dentro de las 48 horas del cese (Art. 45 D.S. 001-96-TR). No puede condicionarlo a firmar nada.
  • Constancia de retención de quinta categoría: si te retuvieron impuesto a la renta de quinta, pídela para tu próxima declaración.
  • Devolución de aportes EsSalud y AFP/ONP: el empleador debe haber declarado y pagado tus aportes al cese. Verifica en SUNAT y en tu AFP que estén al día.

Plazo para cobrar la liquidación

El empleador debe pagar la liquidación dentro de las 48 horas del cese efectivo (Art. 3 D.S. 001-97-TR sobre CTS), aunque en la práctica suele tomarse hasta 5 días hábiles. Si demora más, el empleador adeuda intereses legales (TIM SUNAT). Si no paga del todo, tienes 4 años desde el cese para reclamar judicialmente bajo la Ley 27321 (prescripción de derechos laborales).

Qué NO debes firmar al renunciar

  • Convenio de mutuo disenso sin saber qué firmas: te elimina derecho a indemnización por despido si después detectas que en realidad fuiste forzado a renunciar (renuncia con coacción es despido encubierto, Art. 30 LPCL).
  • Renuncia con fecha en blanco: pueden adelantar o atrasar la fecha real, perjudicándote en CTS o gratificación trunca.
  • Documento de "no adeudo nada" antes de revisar la liquidación con calculadora propia. Una vez firmado el finiquito, es muy difícil reclamar después.

Base legal citada literal

  • Art. 16 inciso b LPCL: la renuncia es causa de extinción del vínculo laboral.
  • Art. 18 LPCL: preaviso de 30 días y exoneración tácita por silencio.
  • Art. 45 D.S. 001-96-TR: certificado de trabajo en 48 horas.
  • Art. 3 D.S. 001-97-TR: pago de CTS al cese.
  • Ley 27321: prescripción de derechos laborales a los 4 años.

Después de entregar la renuncia

Conserva tu copia firmada con sello de recepción. Si el empleador no exonera el preaviso, sigues asistiendo 30 días con tus tareas habituales. En el último día de trabajo, exige acta de cese y entrega de cargo. Calcula tu liquidación esperada con la calculadora de liquidación laboral antes de firmar el finiquito. Si detectas diferencias significativas, observa por escrito antes de firmar y consulta con un abogado.

Casos reales: cuándo usar este documento

Ejemplo 1. Renuncia con preaviso normal: Doña Milagros Rentería trabaja como asistente contable en una empresa de Miraflores y consigue una mejor oferta laboral. Presenta su carta de renuncia el 2 de mayo, indicando que su último día será el 1 de junio, respetando así el preaviso de 30 días. Durante ese mes sigue trabajando normalmente mientras se organiza su reemplazo.

Ejemplo 2. Renuncia pidiendo exoneración del preaviso: Don Braulio Ninahuanca renuncia a su puesto en un call center de San Borja porque su nuevo empleo empieza en cinco días. En la misma carta solicita expresamente que la empresa lo exonere del plazo de 30 días para que su cese sea inmediato. La empresa acepta por escrito y le permite retirarse esa misma semana.

Cuándo NO te sirve: Si en realidad el jefe te está presionando para que "renuncies" bajo amenaza de no darte una buena referencia o de hacerte la vida imposible, no firmes esta carta como si fuera tu decisión libre: eso puede ser un despido encubierto, y conviene documentar la presión y buscar asesoría antes de firmar nada. Tampoco es el documento correcto si lo que se busca es un cese de común acuerdo con una compensación pactada, ahí corresponde un convenio de mutuo disenso.

El error más común es firmar un documento de "no adeudo nada" que te entrega la empresa antes de revisar tú mismo el cálculo de tu CTS, gratificación y vacaciones truncas. Haz tus propias cuentas antes de firmar cualquier finiquito, porque después de firmado es muy difícil reclamar diferencias.

Requisitos y anexos: qué necesitas para presentarlo

La carta de renuncia se presenta directamente al empleador, normalmente en la mesa de partes de Recursos Humanos o ante tu jefe inmediato, exigiendo un cargo de recepción firmado y fechado. Si prefieres dejar constancia con fecha cierta e inobjetable, puedes cursarla por conducto notarial, entregándola en la notaría para que ella la diligencie hacia la empresa.

Documentos que debes adjuntar

  • Copia de tu DNI vigente, para acreditar tu identidad frente al área de Recursos Humanos.
  • Dos ejemplares de la carta, uno para la empresa y otro para que te devuelvan firmado como cargo de recepción.
  • Copia de tu último recibo de haberes o boleta de pago, útil como referencia para calcular tu liquidación.
  • Copia del contrato de trabajo o de tu legajo, para verificar tu fecha de ingreso y cargo exactos.
  • Si la envías por conducto notarial, los datos exactos de la razón social y domicilio de la empresa para que la notaría curse la carta.

Antes de presentarlo, revisa

  • Que la fecha de cese efectivo respete el preaviso de 30 días calendario, salvo que el empleador te exonere expresamente.
  • Que quede firmado el cargo de recepción con fecha y sello de la empresa, o que conserves el cargo de la notaría si la envías por esa vía.
  • Que solicites por escrito la liquidación de beneficios sociales (CTS, vacaciones truncas, gratificación trunca) al momento del cese.
  • Que conserves copia de la carta firmada como tu propia constancia de haber renunciado en esa fecha.

Entregar la carta directamente en la empresa no tiene costo; cursarla por conducto notarial sí tiene un costo que varía según la notaría y debe confirmarse antes de ir. Después de presentada, corre el plazo de preaviso (salvo exoneración) y al cese la empresa debe entregarte tu liquidación de beneficios sociales y tu certificado de trabajo.

Jurisprudencia y criterios aplicables

El Tribunal Constitucional y la Corte Suprema han señalado en reiterada jurisprudencia que la renuncia es un acto unilateral, recepticio e irrevocable una vez comunicada al empleador: el trabajador no puede retractarse por su sola voluntad, salvo aceptación expresa del empleador. Distinto es el caso de la renuncia obtenida bajo presión o coacción del empleador, conocida también como renuncia inducida, que los tribunales laborales equiparan a un despido y que según el caso puede dar lugar a reposición o indemnización en un próximo proceso de amparo o de nulidad de despido.

Sobre el plazo de preaviso de treinta días del artículo 18 del Decreto Legislativo 728, es criterio reiterado de la autoridad de trabajo que la exoneración debe constar por escrito o mediante el silencio del empleador dentro de los tres días siguientes a la solicitud de exoneración; de no producirse ésta, el trabajador está obligado a completar el plazo, o el empleador podrá descontar los días no laborados de sus beneficios sociales según corresponda.

Ejemplo con datos de muestra

Así se ve el documento ya llenado (datos ficticios):

Lima, 07 de agosto de 2026 Señores Comercial Andina del Perú S.A.C. Sra. Patricia Alva Bernal, Jefa de Recursos Humanos Presente.- Ref.: CARTA DE RENUNCIA VOLUNTARIA De mi consideración: Yo, Diego Armando Salvatierra Peña, identificado con DNI N.° 45678912, quien presta servicios en su empresa en el cargo de Analista de Ventas, me dirijo a Ud. con la finalidad de presentar mi RENUNCIA VOLUNTARIA al cargo que vengo desempeñando. Mi decisión es efectiva a partir del día 07 de setiembre de 2026, otorgando el plazo de preaviso de treinta (30) días calendario establecido en el artículo 18° del Decreto Legislativo N.° 728. Aprovecho la oportunidad para expresar mi agradecimiento a la empresa por la oportunidad de desarrollo profesional brindada durante 3 años y 4 meses. Atentamente, _________________________ Diego Armando Salvatierra Peña DNI: 45678912 (Ejemplo referencial con datos ficticios).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de renuncia voluntaria al trabajo

¿El modelo de carta de renuncia voluntaria al trabajo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-renuncia-voluntaria-al-trabajo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta de renuncia voluntaria al trabajo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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