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Cartas Notariales

Carta Notarial de Emplazamiento al Empleador por Actos de Hostilidad Laboral con Plazo de Seis Días

Emplazamiento previo obligatorio del trabajador al empleador imputando el acto de hostilidad y otorgando el plazo legal para que enmiende su conducta.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA NOTARIAL

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]

Señores
[RAZON_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR]
RUC N.° [RUC_DEL_EMPLEADOR]
Atención: [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL], [CARGO_DEL_REPRESENTANTE]
[DIRECCION_DEL_DOMICILIO_FISCAL_O_CENTRO_DE_TRABAJO]
Distrito de [DISTRITO_DEL_EMPLEADOR], provincia de [PROVINCIA_DEL_EMPLEADOR]

REFERENCIA: Emplazamiento previo por actos de hostilidad equiparables al despido, conforme al último párrafo del artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_COMPLETO_DEL_TRABAJADOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_TRABAJADOR], con domicilio en [DIRECCION_DEL_TRABAJADOR], trabajador(a) de su representada desde el [FECHA_DE_INGRESO] bajo contrato [MODALIDAD_CONTRACTUAL], desempeñando el cargo de [CARGO_DEL_TRABAJADOR] con una remuneración mensual de [MONEDA] [REMUNERACION_MENSUAL], me dirijo a ustedes para imputarles formalmente los actos de hostilidad que a continuación detallo.

I. ACTOS DE HOSTILIDAD IMPUTADOS

1.1. Desde el [FECHA_DE_INICIO_DE_LA_HOSTILIDAD] su representada viene incurriendo en el acto de hostilidad previsto en el literal [LITERAL_DEL_ARTICULO_30] del artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, consistente en [DESCRIPCION_DEL_ACTO_DE_HOSTILIDAD].

1.2. Los hechos concretos son los siguientes:
   a) El [FECHA_DEL_HECHO_1] ocurrió [DESCRIPCION_DEL_HECHO_1], con intervención de [NOMBRE_Y_CARGO_DEL_RESPONSABLE_1].
   b) El [FECHA_DEL_HECHO_2] ocurrió [DESCRIPCION_DEL_HECHO_2], en presencia de [NOMBRE_DE_TESTIGO].
   c) El [FECHA_DEL_HECHO_3] ocurrió [DESCRIPCION_DEL_HECHO_3].

1.3. Los hechos se acreditan con [MEDIO_PROBATORIO_1], [MEDIO_PROBATORIO_2] y [MEDIO_PROBATORIO_3], documentos que conservo en original.

1.4. Con fecha [FECHA_DEL_RECLAMO_INTERNO] puse la situación en conocimiento de [AREA_O_PERSONA_A_QUIEN_SE_RECLAMO] mediante [MEDIO_DEL_RECLAMO_INTERNO], sin que hasta la fecha se haya adoptado medida correctiva alguna.

II. FUNDAMENTO DEL EMPLAZAMIENTO

2.1. El artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral califica como actos de hostilidad equiparables al despido, entre otros, la falta de pago de la remuneración en la oportunidad correspondiente salvo fuerza mayor o caso fortuito comprobados, la reducción inmotivada de la remuneración o de la categoría, el traslado del trabajador a lugar distinto de aquel en el que presta habitualmente servicios con el propósito de ocasionarle perjuicio, la inobservancia de medidas de higiene y seguridad que pueda afectar o poner en riesgo la vida y la salud del trabajador, el acto de violencia o el faltamiento grave de palabra en agravio del trabajador o de su familia, los actos de discriminación y los actos contra la moral y todos aquellos que afecten la dignidad del trabajador.

2.2. El último párrafo del mismo artículo dispone que el trabajador, antes de accionar judicialmente, debe emplazar por escrito a su empleador imputándole el acto de hostilidad correspondiente y otorgándole un plazo razonable no menor de seis días naturales para que efectúe su descargo o enmiende su conducta. La presente carta cumple ese requisito.

2.3. La Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 23 que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador, y en su artículo 26 el carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.

III. REQUERIMIENTO Y PLAZO

OTORGO a su representada el plazo de [PLAZO_EN_DIAS_NATURALES_NO_MENOR_A_SEIS] días naturales, contados desde el día siguiente de la recepción de la presente carta notarial, para que efectúe su descargo o, en su defecto, ENMIENDE SU CONDUCTA adoptando las siguientes medidas:

a) Cesar de manera inmediata y definitiva en [ACTO_DE_HOSTILIDAD_QUE_DEBE_CESAR].
b) Restituir [CONDICION_LABORAL_A_RESTITUIR: la remuneración, la categoría, el puesto, el lugar de trabajo, las funciones] al estado anterior al [FECHA_DE_INICIO_DE_LA_HOSTILIDAD].
c) Abonar los conceptos dejados de percibir por la suma de [MONEDA] [MONTO_ADEUDADO], correspondiente a [DETALLE_DE_LOS_CONCEPTOS_ADEUDADOS].
d) Disponer las medidas correctivas frente a [NOMBRE_Y_CARGO_DEL_RESPONSABLE] y garantizar que no se produzcan represalias por la presentación de esta comunicación.
e) Comunicarme por escrito, al correo [CORREO_ELECTRONICO_DEL_TRABAJADOR], las acciones adoptadas.

APERCIBIMIENTO: vencido el plazo sin que se enmiende la conducta, ejerceré la opción que me concede el artículo 35 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, accionando judicialmente para el cese de la hostilidad o dando por terminado el contrato de trabajo con demanda de la indemnización prevista en el artículo 38 de la misma norma, sin perjuicio de los beneficios sociales que me correspondan. Interpondré además la denuncia respectiva ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.

IV. RESERVA DE DERECHOS

Dejo constancia de que la presente comunicación se formula dentro del plazo de caducidad de treinta días naturales previsto en el artículo 36 del citado Texto Único Ordenado y que no importa renuncia, transacción ni convalidación de los actos denunciados. Me reservo el derecho de ampliar la imputación si los hechos continúan o se agravan.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_TRABAJADOR]
DNI N.° [DNI_DEL_TRABAJADOR]
Correo electrónico: [CORREO_ELECTRONICO_DEL_TRABAJADOR]
Teléfono: [TELEFONO_DEL_TRABAJADOR]

BASE LEGAL

1. Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N.° 003-97-TR:
   - Artículo 30: supuestos de actos de hostilidad equiparables al despido y obligación del trabajador de emplazar por escrito al empleador con plazo razonable no menor de seis días naturales antes de accionar judicialmente.
   - Artículo 35: opción excluyente entre accionar por el cese de la hostilidad o dar por terminado el contrato con demanda de indemnización.
   - Artículo 36: plazo de caducidad de treinta días naturales.
   - Artículo 38: indemnización por despido arbitrario.
2. Constitución Política del Perú: artículo 22 (el trabajo como deber y derecho), artículo 23 (ninguna relación laboral puede rebajar la dignidad del trabajador) y artículo 26 (irrenunciabilidad de derechos).
3. Ley N.° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo.
4. Ley N.° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.
5. Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado: artículos 100 y 102.
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Para qué sirve

Te bajaron el sueldo sin explicación, te movieron a un local a dos horas de tu casa o te dejaron sin funciones frente a un escritorio vacío para que renuncies por cansancio. Renunciar es justo lo que esperan, porque una renuncia simple cierra la puerta a la indemnización. Antes de ese paso conviene emplazar por escrito: esta carta imputa el acto de hostilidad y le concede al empleador un plazo para enmendar.

El emplazamiento cumple además un requisito legal. El último párrafo del artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral exige que el trabajador emplace por escrito a su empleador antes de accionar judicialmente, otorgándole un plazo razonable no menor de seis días naturales para que efectúe su descargo o enmiende su conducta.

Cuándo conviene usarlo

  • Te redujeron la remuneración o la categoría sin tu consentimiento y sin causa objetiva.
  • Te trasladaron a un lugar distinto con el propósito de perjudicarte.
  • Sufres actos de violencia, faltamiento grave de palabra o trato discriminatorio en el centro de trabajo.
  • Piensas demandar por hostilidad y necesitas cumplir el emplazamiento previo que exige la ley.

Cómo llenarlo

  1. Ubica el literal del artículo 30 que corresponde a tu caso y nómbralo. Describir el malestar sin encuadrarlo deja al empleador respondiendo sobre el clima laboral y no sobre el acto imputado.
  2. Detalla cada hecho con fecha, hora, lugar, nombre y cargo del responsable y testigos. La frase que arruina estas cartas es la que dice que desde hace tiempo lo tratan mal.
  3. Otorga de manera expresa el plazo no menor de seis días naturales para el descargo o la enmienda. Omitirlo o contarlo en días hábiles deja el emplazamiento incompleto frente al requisito del artículo 30.
  4. Anuncia qué opción del artículo 35 tomarás si la hostilidad continúa. La ley plantea el cese de la hostilidad y la terminación del contrato con indemnización como caminos excluyentes, así que pedir ambos debilita el planteamiento.
  5. Entrega la carta por vía notarial en dos ejemplares, o con cargo sellado, y anota la fecha en tu calendario. El plazo para accionar es corto y este emplazamiento no lo suspende.

Base legal

El emplazamiento previo y los actos de hostilidad están en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, aprobado por Decreto Supremo N.° 003-97-TR. Las opciones del trabajador hostilizado se regulan en el artículo 35, la caducidad en el artículo 36 y la indemnización en el artículo 38, con el sustento constitucional de los artículos 22, 23 y 26. La demanda sigue la Ley N.° 29497, la vía inspectiva corresponde a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral creada por la Ley N.° 29981, y la entrega notarial se certifica según los artículos 100 y 102 del Decreto Legislativo N.° 1049.

¿Puedo demandar directamente sin enviar esta carta?

El último párrafo del artículo 30 coloca el emplazamiento como paso previo a la acción judicial. Saltarlo expone la demanda a un rechazo por falta de ese requisito, con el plazo del artículo 36 ya corriendo.

¿Puedo denunciar además ante la autoridad inspectiva de trabajo?

Sí. La denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, creada por la Ley N.° 29981, corre en paralelo y no reemplaza al emplazamiento del artículo 30. Muchos trabajadores usan las dos vías a la vez.

¿Si renuncio puedo cobrar la indemnización por hostilidad?

Una renuncia simple no equivale a la opción del artículo 35, que permite dar por terminado el contrato por causa de hostilidad y demandar la indemnización del artículo 38. Ese camino exige el emplazamiento previo y el plazo vencido sin enmienda, así que la redacción de tu salida cambia el resultado.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de emplazamiento al empleador por actos de hostilidad laboral con plazo de seis días

¿El modelo de carta notarial de emplazamiento al empleador por actos de hostilidad laboral con plazo de seis días es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-emplazamiento-al-empleador-por-actos-de-hostilidad-laboral-con-plazo-de-seis-dias/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de emplazamiento al empleador por actos de hostilidad laboral con plazo de seis días sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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