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Seguridad y Salud en el Trabajo

Constancia de Entrega del RISST y Recomendaciones de SST al Trabajador

Cargo de entrega al trabajador del Reglamento Interno de SST y de las recomendaciones de seguridad por puesto, obligación del empleador conforme al Art. 35 inciso a y c de la Ley 29783. Editable en Word.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONSTANCIA DE ENTREGA DEL REGLAMENTO INTERNO DE SST Y RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Por el presente documento, [RAZON_SOCIAL_EMPRESA], con RUC N° [RUC_EMPRESA] y domicilio en [DOMICILIO_EMPRESA], deja constancia de la entrega al trabajador de la documentación de seguridad y salud en el trabajo que la ley exige.

DATOS DEL TRABAJADOR
Nombres y apellidos: [NOMBRE_TRABAJADOR]
DNI N°: [DNI_TRABAJADOR]
Puesto de trabajo: [PUESTO_TRABAJO]
Área: [AREA]
Fecha de ingreso: [FECHA_INGRESO]

I. FUNDAMENTO
La presente entrega se realiza en cumplimiento del Art. 35 inciso a de la Ley 29783, que obliga al empleador a entregar a cada trabajador copia del Reglamento Interno de SST, y del inciso c del mismo artículo, que obliga a entregar las recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo por escrito antes del inicio de las labores.

II. DOCUMENTOS ENTREGADOS
1. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST).
2. Recomendaciones de seguridad para el puesto de [PUESTO_TRABAJO]: [RECOMENDACIONES_PUESTO].
3. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

III. DECLARACIÓN DEL TRABAJADOR
Declaro haber recibido los documentos descritos, haber sido informado de los riesgos de mi puesto de trabajo y de las medidas de prevención aplicables. Me comprometo a cumplir las normas de seguridad y a usar los equipos de protección personal conforme al Art. 79 de la Ley 29783.

IV. CONSERVACIÓN
La empresa conserva el presente cargo como parte de la documentación del Sistema de Gestión de SST.

[CIUDAD], [FECHA]


___________________________            ___________________________
[NOMBRE_TRABAJADOR]                     [NOMBRE_RESPONSABLE_RRHH]
Trabajador                              Representante del Empleador
DNI N° [DNI_TRABAJADOR]

La Constancia de Entrega del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST) y de las Recomendaciones de SST al Trabajador es el documento que prueba que la empresa cumplió con su obligación legal de informar al trabajador, antes o al inicio de la relación laboral, sobre el reglamento interno, los riesgos del puesto y las medidas de prevención. Sin esta constancia firmada, frente a un accidente o una inspección, el empleador queda sin defensa.

Quién la firma y cuándo se entrega

La firma el trabajador (manifestando la recepción y el conocimiento del contenido) y el responsable de SST o de Recursos Humanos. Se entrega obligatoriamente al ingreso del trabajador, antes del inicio efectivo de labores. También se entrega cuando el RISST se modifica (con la versión nueva), cuando el trabajador cambia de puesto a uno con riesgos distintos, y al reincorporarse después de una ausencia prolongada.

Base legal vigente 2026

La obligación está en la Ley 29783, artículo 35, inciso a (proporcionar al trabajador copia del RISST), y artículo 49, inciso a (deberes del empleador de garantizar SST). El artículo 74 del D.S. 005-2012-TR, Reglamento de la Ley 29783, exige entregar el RISST a todo trabajador. El RISST es obligatorio para empresas con veinte o más trabajadores, conforme al artículo 34 de la Ley 29783. La obligación de informar al trabajador sobre riesgos específicos del puesto está en el artículo 50, inciso b, de la misma Ley.

Qué datos necesitas para emitirla

  • Razón social, RUC y domicilio del empleador.
  • Datos del trabajador: nombres completos, DNI, puesto, área, fecha de ingreso.
  • Versión del RISST entregado (código y fecha de aprobación).
  • Detalle de los documentos entregados: RISST, política de SST, mapa de riesgos del área, recomendaciones específicas del puesto, IPERC del puesto.
  • Riesgos específicos del puesto identificados (caídas, ruido, manipulación de cargas, exposición química, etc.).
  • Medidas preventivas asociadas a cada riesgo.
  • Equipos de protección personal asignados.
  • Fecha y lugar de la entrega.
  • Firma del trabajador y del responsable.

Cómo gestionarla paso a paso

  1. Prepara el "paquete de bienvenida SST" con el RISST vigente, el resumen de recomendaciones del puesto y el IPERC del puesto.
  2. Programa la entrega dentro de la inducción del primer día de trabajo, antes de cualquier tarea operativa.
  3. Explica al trabajador los puntos clave del RISST. No basta entregar el documento, hay que explicarlo.
  4. Aplica una breve evaluación de comprensión (verbal o escrita) y déjala adjunta a la constancia.
  5. Recoge la firma del trabajador en el momento. Entrega copia al trabajador y archiva la original en el legajo personal.
  6. Conserva la constancia por cinco años posteriores al cese, junto al resto de registros del SG SST.

Errores comunes a evitar

  • Hacer firmar al trabajador sin entregarle realmente el documento. Si lo declara después, se invalida la constancia.
  • Entregar un RISST genérico que no refleja los procesos reales de la empresa.
  • No actualizar la constancia cuando el RISST se modifica.
  • Limitar la entrega al RISST y omitir las recomendaciones específicas del puesto.
  • Recoger la firma después del primer día de trabajo. Si el trabajador se accidenta antes de firmar, la prueba se debilita.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el RISST para todas las empresas?

No. Es obligatorio para empresas con veinte o más trabajadores, conforme al artículo 34 de la Ley 29783. Las empresas con menos de veinte trabajadores deben tener al menos la política de SST, el IPERC, el Plan Anual y los registros mínimos del SG SST, pero no están obligadas a aprobar un RISST formal. Aun así, se recomienda contar con un reglamento básico.

¿La constancia puede ser digital?

Sí. La Ley 27269 de Firmas y Certificados Digitales y el reciente D.S. 008-2020-SA, junto con la práctica posterior a la pandemia, validan la entrega digital del RISST y la firma electrónica de la constancia, siempre que se garantice la trazabilidad y se conserve evidencia de la entrega (correo con acuse de recibo, registro de la plataforma).

¿Qué pasa si el trabajador se niega a firmar?

La entrega no deja de ser válida si se acredita por otros medios (testigos, correo enviado, acta de negativa firmada por dos testigos). Sin embargo, la negativa injustificada del trabajador a recibir información de SST puede ser causal de sanción disciplinaria conforme al artículo 79 de la Ley 29783, que establece las obligaciones del trabajador.

¿Debo entregarlo también a contratistas y practicantes?

Sí. El artículo 68 de la Ley 29783 establece que el empleador principal extiende la protección de SST a todo trabajador que ejecute labores en sus instalaciones, incluyendo personal de contratistas, intermediación, practicantes y modalidades formativas. La constancia se entrega a cada uno, adaptada a su régimen.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de constancia de entrega del risst y recomendaciones de sst al trabajador

¿El modelo de constancia de entrega del risst y recomendaciones de sst al trabajador es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/constancia-de-entrega-del-risst-y-recomendaciones-de-sst-al-trabajador/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de constancia de entrega del risst y recomendaciones de sst al trabajador sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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