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Títulos Valores y Cobranza

Contrato de Cesión de Cartera de Deuda Vencida a Empresa de Cobranza

Contrato por el que el acreedor cede a una empresa de cobranza una cartera de créditos vencidos para su gestión y recupero, regulado por la cesión de derechos de los artículos 1206 al 1217 del Código Civil.

Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE CESIÓN DE CARTERA DE DEUDA VENCIDA

Conste por el presente documento el contrato de cesión de créditos que celebran, de una parte:

EL CEDENTE (ACREEDOR ORIGINAL): [NOMBRE_CEDENTE], con RUC N° [RUC_CEDENTE], con domicilio en [DOMICILIO_CEDENTE], debidamente representado por [REPRESENTANTE_CEDENTE]; y de la otra parte:

EL CESIONARIO (EMPRESA DE COBRANZA): [NOMBRE_CESIONARIO], con RUC N° [RUC_CESIONARIO], con domicilio en [DOMICILIO_CESIONARIO], representado por [REPRESENTANTE_CESIONARIO];

en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO: OBJETO.
El CEDENTE es titular de una cartera de créditos vencidos y exigibles frente a diversos deudores, detallada en el ANEXO 1 que forma parte integrante de este contrato, la cual asciende a un valor nominal total de S/ [MONTO_CARTERA]. Por el presente, el CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO la titularidad de dichos créditos, conforme al artículo 1206 del Código Civil.

SEGUNDO: ALCANCE DE LA CESIÓN.
La cesión comprende el capital, los intereses devengados y por devengar, y los demás accesorios y garantías de cada crédito, de acuerdo con el artículo 1211 del Código Civil. El ANEXO 1 identifica, por cada deudor: nombre, documento de identidad, monto de capital, intereses, fecha de vencimiento y documento que sustenta la deuda.

TERCERO: PRECIO DE LA CESIÓN.
El CESIONARIO pagará al CEDENTE, como contraprestación por la cartera cedida, la suma de S/ [PRECIO_CESION], equivalente al [PORCENTAJE]% del valor nominal, la cual será cancelada en la forma siguiente: [FORMA_PAGO].

CUARTO: FORMALIDAD Y COMUNICACIÓN AL DEUDOR.
La presente cesión consta por escrito bajo sanción de nulidad, conforme al artículo 1207 del Código Civil. Las partes dejan constancia de que la cesión producirá efecto frente a cada deudor cedido desde que este la acepte o le sea comunicada fehacientemente, según el artículo 1215 del Código Civil. El CESIONARIO se obliga a comunicar la cesión a cada deudor mediante carta notarial antes de iniciar su gestión de cobro.

QUINTO: RESPONSABILIDAD DEL CEDENTE.
El CEDENTE garantiza la existencia y exigibilidad de los créditos al tiempo de la cesión (artículo 1212 del Código Civil), pero no responde por la solvencia de los deudores, salvo pacto expreso en contrario consignado en el ANEXO 2.

SEXTO: GESTIÓN DE COBRANZA.
El CESIONARIO realizará la cobranza por cuenta propia y a su riesgo, respetando en todo momento los métodos permitidos por los artículos 61 y 62 de la Ley 29571 y la Ley 27489 sobre reporte a centrales de riesgo.

SÉTIMO: LEY APLICABLE.
En lo no previsto, las partes se someten al Código Civil y a las normas pertinentes, y a la jurisdicción de los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de 2026, en dos ejemplares.

_______________________        _______________________
      EL CEDENTE                     EL CESIONARIO
  RUC [RUC_CEDENTE]               RUC [RUC_CESIONARIO]

Ceder una cartera de deudas vencidas a una empresa de cobranza permite al acreedor recuperar liquidez de inmediato y desprenderse de la gestión de recupero. La empresa cesionaria pasa a ser la nueva titular de los créditos y asume el riesgo del cobro. Este contrato ordena la operación y protege a ambas partes.

Cuándo usar este modelo

Utilízalo cuando una empresa desea vender un conjunto de créditos morosos a un tercero especializado, en lugar de gestionarlos internamente o litigarlos.

  • Carteras de clientes morosos de bancos, financieras o empresas comerciales.
  • Deudas de difícil cobro que se venden con descuento sobre el valor nominal.
  • Estrategias de saneamiento de balance y recupero anticipado de capital.

Qué datos necesitas

  • Datos y representantes del cedente y de la empresa cesionaria.
  • Anexo con el detalle de cada crédito: deudor, monto, intereses, vencimiento y documento.
  • Valor nominal de la cartera y precio de la cesión.
  • Forma de pago y alcance de la garantía del cedente.

Paso a paso

  1. Elabora el anexo con la relación completa de créditos cedidos.
  2. Fija el precio y el porcentaje respecto del valor nominal.
  3. Redacta la cesión por escrito, requisito de validez (art. 1207 CC).
  4. Prevé la comunicación fehaciente a cada deudor cedido (art. 1215 CC).
  5. Define si el cedente garantiza solo la existencia del crédito o también la solvencia del deudor.

Errores comunes

  • No comunicar la cesión al deudor: mientras no se le comunique o la acepte, el pago al acreedor original sigue siendo válido (art. 1215 CC).
  • Ceder créditos inexistentes o ya pagados, generando responsabilidad del cedente (art. 1212 CC).
  • Omitir el detalle de accesorios e intereses en el anexo.
  • No pactar quién responde por la solvencia del deudor.

Preguntas frecuentes

¿Se necesita el consentimiento del deudor? No. La cesión de derechos no requiere el consentimiento del deudor, pero sí debe comunicársele para que le sea oponible y sepa a quién pagar (art. 1215 CC).

¿El cedente responde si el deudor no paga? Solo garantiza la existencia y exigibilidad del crédito (art. 1212 CC). No responde por la solvencia del deudor, salvo pacto expreso en contrario.

¿La empresa de cobranza puede cobrar intereses? Sí, como nueva titular adquiere el capital, los intereses y los accesorios (art. 1211 CC), y debe cobrarlos respetando la Ley 29571 y la Ley 27489.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de cartera de deuda vencida a empresa de cobranza

¿El modelo de contrato de cesión de cartera de deuda vencida a empresa de cobranza es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-cartera-de-deuda-vencida-a-empresa-de-cobranza/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de cartera de deuda vencida a empresa de cobranza sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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