Contrato de Cesión de Cuota de Mercado
Contrato por el cual una empresa cede a otra su participación comercial y cartera en un mercado o segmento, articulado sobre la cesión de posición contractual y de derechos (Art. 1435 y 1206 CC).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE CESIÓN DE CUOTA DE MERCADO Conste por el presente documento el contrato de cesión de cuota de mercado que celebran de una parte [RAZON_SOCIAL_CEDENTE], con RUC [RUC_CEDENTE], con domicilio en [DIRECCION_CEDENTE], representada por [REPRESENTANTE_CEDENTE], a quien se denomina LA CEDENTE, y de la otra parte [RAZON_SOCIAL_CESIONARIA], con RUC [RUC_CESIONARIA], con domicilio en [DIRECCION_CESIONARIA], representada por [REPRESENTANTE_CESIONARIA], a quien se denomina LA CESIONARIA, en los términos siguientes. PRIMERA. ANTECEDENTES. LA CEDENTE opera en el mercado de [SECTOR_MERCADO] en la zona de [ZONA_GEOGRAFICA] y decide retirarse, transfiriendo su cuota de mercado a LA CESIONARIA. SEGUNDA. OBJETO. LA CEDENTE cede a LA CESIONARIA su cuota de mercado, que comprende la cartera de clientes, los contratos de suministro vigentes y los canales comerciales detallados en el anexo, conforme a la cesión de derechos del artículo 1206 del Código Civil. TERCERA. CESIÓN DE CONTRATOS. Respecto de los contratos vigentes, opera la cesión de posición contractual conforme al artículo 1435 del Código Civil, que requiere el asentimiento de cada contratante cedido. LA CEDENTE gestiona dichos asentimientos. CUARTA. CARTERA DE CLIENTES. LA CEDENTE entrega la base de clientes del anexo, respetando la Ley 29733 de Protección de Datos Personales en cuanto al tratamiento y transferencia de datos. QUINTA. PRECIO. LA CESIONARIA paga a LA CEDENTE la suma de [MONTO_CESION] soles, según el cronograma [CRONOGRAMA_PAGO], con un ajuste por desempeño de [AJUSTE_DESEMPENO], de corresponder. SEXTA. NO COMPETENCIA. LA CEDENTE se obliga a no competir en el mismo mercado y zona por el plazo de [PLAZO_NO_COMPETENCIA], obligación razonable y delimitada en tiempo y espacio. SÉPTIMA. TRANSICIÓN. LA CEDENTE presenta a LA CESIONARIA ante los clientes y colabora en la transferencia ordenada por el período de [PERIODO_TRANSICION]. OCTAVA. LIBRE COMPETENCIA. Las partes declaran que el contrato no constituye práctica restrictiva de la libre competencia prohibida por el D.L. 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. NOVENA. CONTROVERSIAS. Las partes se someten a arbitraje de derecho en [CENTRO_ARBITRAJE]. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ LA CEDENTE _______________________ LA CESIONARIA
El contrato de cesión de cuota de mercado es aquel por el cual una empresa (la cedente) transfiere a otra empresa (la cesionaria) su cartera de clientes, contratos en curso, lista de prospectos, derechos sobre rutas de distribución, fondo de comercio o porción del mercado que atiende en un territorio o segmento, a cambio de una retribución. No transfiere acciones ni la propia empresa, sino activos intangibles vinculados a la actividad comercial. En estricto el ordenamiento peruano no le da nombre típico, por lo que se construye como contrato innominado mezclando cesión de derechos, transferencia de fondo empresarial y no competencia.
Para qué te sirve
Te sirve si vas a salir de un rubro y otra empresa quiere quedarse con tu cartera (una empresa de seguridad cede sus contratos vigentes a otra que continuará atendiendo a los mismos clientes). Si una distribuidora cede su territorio a otra (concesionaria de marca cede a otra concesionaria una ruta o un distrito). Si una clínica cierra una especialidad y transfiere su lista de pacientes (cuidando regla de protección de datos) a otra. También se usa en reestructuraciones empresariales y en transacciones M&A parciales.
Quién lo presenta y cuándo conviene firmarlo
Lo firman la empresa cedente y la cesionaria. Conviene firmarlo cuando ya se cerró el due diligence comercial (validar la real cartera, churn, tasa de retención) y antes de comunicar el cambio a los clientes. Por tratarse de transferencia de datos personales se debe coordinar con el Oficial de Protección de Datos y notificar a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
Base legal aplicable
Se rige por la libertad contractual del artículo 1354 del Código Civil, por las reglas de cesión de posición contractual de los artículos 1435 al 1439 del Código Civil cuando se transfieren contratos vigentes (lo cual requiere consentimiento del cliente), y por las reglas de cesión de derechos de los artículos 1206 al 1217. Por la transferencia de datos personales se aplica obligatoriamente la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento aprobado por DS 003-2013-JUS, en particular los artículos sobre flujo transfronterizo y autorización del titular. En materia de competencia se aplica el Decreto Legislativo 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas y, desde 2021, la Ley 31112 sobre control previo de concentraciones empresariales, si la operación supera los umbrales. Tributariamente, si hay transferencia de intangibles, se aplica la Ley del Impuesto a la Renta y el IGV sobre la operación.
Datos y documentos que necesitas a la mano
- Datos de cedente y cesionaria, RUC y representantes.
- Lista detallada de clientes a transferir (con datos mínimos para la operación) y contratos vigentes.
- Estados de cuenta, churn rate, valor de vida del cliente y proyección de ingresos.
- Valorización de la cuota de mercado (múltiplo de EBITDA, valor por cliente o por contrato).
- Forma de pago (al contado, cuotas, earn out atado a retención).
- Plan de comunicación a clientes y cumplimiento de Ley 29733.
- Análisis de umbrales de la Ley 31112 (control previo de concentraciones).
Cómo se ejecuta paso a paso
- Realiza due diligence comercial validando la cartera, su retención histórica y los contratos en curso.
- Estructura el precio con earn out atado a retención efectiva de clientes a 6, 12 o 18 meses.
- Redacta el contrato con cláusulas de cesión, no competencia post cierre, no captación de clientes y protección de datos.
- Verifica si la operación pasa los umbrales de la Ley 31112 y, en su caso, notifica al Indecopi para control previo.
- Comunica a los clientes la transferencia y obtén su consentimiento donde sea legalmente exigido (cesión de posición contractual y datos sensibles).
- Cierra la operación, transfiere la información, emite los comprobantes y registra el activo intangible en libros.
Errores comunes que debes evitar
- Transferir datos personales sin consentimiento del titular, infringiendo la Ley 29733 con multas altas.
- Ceder contratos sin consentimiento del cliente, lo que invalida la cesión de posición contractual (artículo 1435 del CC).
- No considerar los umbrales de la Ley 31112 y consumar una concentración sin autorización del Indecopi.
- Pagar todo al cierre sin earn out, sin medir cuánta cartera realmente migra.
- Omitir no competencia y no captación durante un plazo razonable, dejando a la cedente con clientes que vuelven.
Preguntas frecuentes
¿Necesito autorización del cliente para transferir su contrato?
Sí, conforme al artículo 1435 del Código Civil la cesión de posición contractual requiere consentimiento de la otra parte. Sin él, la cesión es ineficaz frente al cliente.
¿Y para transferir solo sus datos?
Necesitas autorización del titular conforme a los artículos 5 y 14 de la Ley 29733, salvo que ya hayas previsto la transferencia en la política de privacidad aceptada por el cliente.
¿Tengo que avisar a Indecopi?
Solo si la operación supera los umbrales económicos de la Ley 31112 (suma de ventas y activos en Perú). El control es previo, antes del cierre, y los plazos son específicos.
¿Es válida la no competencia post cierre?
Sí, siempre que sea razonable en plazo (usualmente 2 a 5 años), territorio y rubro, y exista contraprestación. La Comisión de Libre Competencia ha admitido estos pactos como accesorios legítimos a operaciones de transferencia.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de cuota de mercado
¿El modelo de contrato de cesión de cuota de mercado es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-cuota-de-mercado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de cuota de mercado sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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