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Títulos Valores y Cobranza

Contrato de Descuento de Letras de Cambio con Entidad Financiera

Contrato para descontar letras de cambio ante una entidad financiera y obtener liquidez anticipada mediante endoso en propiedad, con responsabilidad del endosante conforme a la Ley N° 27287.

Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE DESCUENTO DE LETRAS DE CAMBIO

Conste por el presente documento el contrato de descuento de letras de cambio que celebran, de una parte, [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_FINANCIERA], con RUC N° [RUC_ENTIDAD], con domicilio en [DIRECCIÓN_ENTIDAD], debidamente representada por [REPRESENTANTE], a quien en adelante se denominará EL DESCONTANTE; y de la otra parte, [NOMBRE_DEL_CLIENTE], identificado con DNI o RUC N° [DOCUMENTO_CLIENTE], con domicilio en [DIRECCIÓN_CLIENTE], a quien en adelante se denominará EL DESCONTATARIO; en los términos siguientes:

PRIMERA. ANTECEDENTES. EL DESCONTATARIO es tenedor legítimo de las letras de cambio detalladas en el anexo, aceptadas por terceros y con vencimientos futuros, cuyo importe total asciende a S/ [IMPORTE_TOTAL] ([IMPORTE_EN_LETRAS] soles).

SEGUNDA. OBJETO. Por el presente contrato, EL DESCONTANTE adquiere de EL DESCONTATARIO las letras de cambio descritas mediante endoso en propiedad, anticipándole su importe con la deducción de los intereses, comisiones y gastos que correspondan al descuento.

TERCERA. TASA Y LIQUIDACIÓN. La tasa de descuento pactada es de [TASA]% efectiva anual. El monto neto que recibirá EL DESCONTATARIO, luego de deducidos los intereses por el plazo que falta hasta el vencimiento, las comisiones de [COMISIÓN] y los gastos, asciende a S/ [MONTO_NETO].

CUARTA. ENDOSO Y ENTREGA. EL DESCONTATARIO endosa en propiedad las letras a favor de EL DESCONTANTE, conforme al artículo 37 de la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores, y las entrega físicamente en este acto.

QUINTA. RESPONSABILIDAD DEL ENDOSANTE. EL DESCONTATARIO responde solidariamente, en su condición de endosante, por la aceptación y el pago de las letras descontadas. Si alguna letra no es pagada a su vencimiento, EL DESCONTANTE podrá exigir a EL DESCONTATARIO la restitución del importe adelantado más intereses, sin perjuicio de las acciones cambiarias contra el obligado principal.

SEXTA. PROTESTO Y ACCIONES. EL DESCONTANTE queda facultado para presentar al cobro, protestar y ejecutar las letras conforme a la Ley N° 27287 y al artículo 688 del Código Procesal Civil.

SÉTIMA. LEY APLICABLE. Las partes se someten a la legislación peruana y a la competencia de los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

[CIUDAD], [DÍA] de [MES] de 2026

_______________________________            _______________________________
EL DESCONTANTE                                EL DESCONTATARIO
[NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_FINANCIERA]            [NOMBRE_DEL_CLIENTE]

¿Cuándo usar este modelo?

Usa este contrato cuando una empresa o comerciante tiene letras de cambio por cobrar a futuro y necesita liquidez inmediata. Con el descuento, entrega esas letras a un banco o financiera mediante endoso en propiedad y recibe su importe por adelantado, menos los intereses y comisiones. Es una operación clásica de financiamiento con títulos valores regulada por la Ley N° 27287.

Conviene cuando el negocio vendió al crédito, documentó la deuda en letras y prefiere cobrar hoy en lugar de esperar al vencimiento.

Qué datos necesitas

  • Detalle de las letras: números, importes, aceptantes y vencimientos.
  • Datos de la entidad descontante y del cliente descontatario.
  • La tasa de descuento, las comisiones y los gastos aplicables.
  • El monto neto a recibir tras la liquidación.

Paso a paso

  1. Reúne las letras aceptadas y verifica que estén completas y vigentes.
  2. Negocia la tasa de descuento y las comisiones con la entidad.
  3. Endosa en propiedad las letras a favor del descontante.
  4. Firma el contrato y entrega físicamente los títulos.
  5. Recibe el monto neto liquidado en tu cuenta.

Errores comunes

  • No advertir que respondes como endosante si el aceptante no paga.
  • Descontar letras mal llenadas o sin aceptación válida.
  • No revisar la tasa efectiva y las comisiones, que reducen el monto neto.
  • Olvidar registrar la salida de los títulos de tu poder.

Preguntas frecuentes

¿Sigo obligado tras el descuento? Sí. Como endosante respondes solidariamente si la letra descontada no es pagada a su vencimiento.

¿Se puede descontar sin responsabilidad? Solo si se pacta el endoso sin responsabilidad; la mayoría de entidades exige la cláusula con responsabilidad.

¿Qué diferencia hay con el factoring? El factoring transfiere créditos como las facturas en firme; el descuento de letras se apoya en títulos valores endosados y suele conservar la responsabilidad del endosante.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de descuento de letras de cambio con entidad financiera

¿El modelo de contrato de descuento de letras de cambio con entidad financiera es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-descuento-de-letras-de-cambio-con-entidad-financiera/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de descuento de letras de cambio con entidad financiera sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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