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Digital

Contrato de Escrow o Depósito en Garantía de Código Fuente de Software

Contrato atípico bajo el principio de libertad contractual del Código Civil por el cual el código fuente de un software se deposita ante un tercero neutral, para liberarse al cliente si el proveedor incumple el soporte o entra en insolvencia, protegiendo la continuidad del negocio.

Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE ESCROW O DEPÓSITO EN GARANTÍA DE CÓDIGO FUENTE DE SOFTWARE

Conste por el presente documento el CONTRATO DE ESCROW DE CÓDIGO FUENTE que celebran, de una parte, [NOMBRE_PROVEEDOR], identificado(a) con [DNI_O_RUC] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_PROVEEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_PROVEEDOR], en adelante EL PROVEEDOR; de otra parte, [NOMBRE_CLIENTE], identificado(a) con [DNI_O_RUC] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_CLIENTE], con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE], en adelante EL CLIENTE; y de otra parte, [NOMBRE_AGENTE_ESCROW], con domicilio en [DOMICILIO_AGENTE], en adelante EL AGENTE DEPOSITARIO; en los términos siguientes:

PRIMERA. ANTECEDENTES
EL PROVEEDOR ha desarrollado el software denominado [NOMBRE_SOFTWARE] bajo el contrato de licencia o desarrollo de fecha [FECHA_CONTRATO_PRINCIPAL], suscrito con EL CLIENTE, cuya continuidad operativa depende del código fuente y su documentación técnica.

SEGUNDA. OBJETO
EL PROVEEDOR se obliga a depositar ante EL AGENTE DEPOSITARIO una copia completa y actualizada del código fuente del software [NOMBRE_SOFTWARE], incluyendo documentación técnica, esquemas de base de datos y credenciales necesarias para su compilación, en adelante EL MATERIAL DEPOSITADO.

TERCERA. ACTUALIZACIÓN DEL DEPÓSITO
EL PROVEEDOR actualizará EL MATERIAL DEPOSITADO cada vez que se libere una nueva versión del software, y en todo caso con periodicidad [PERIODICIDAD_ACTUALIZACION], remitiendo constancia de actualización a EL CLIENTE.

CUARTA. CONDICIONES DE LIBERACIÓN
EL AGENTE DEPOSITARIO liberará EL MATERIAL DEPOSITADO a favor de EL CLIENTE únicamente ante la verificación de alguno de los siguientes eventos, en adelante EVENTOS DE LIBERACIÓN: a) Declaración de insolvencia, quiebra o disolución de EL PROVEEDOR; b) Cese definitivo de las actividades de soporte o mantenimiento por más de [NUMERO_DIAS] días calendario sin causa justificada; c) Incumplimiento grave y no subsanado del contrato principal, previa notificación y plazo de subsanación de [NUMERO_DIAS_SUBSANACION] días.

QUINTA. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN Y LIBERACIÓN
Producido alguno de los EVENTOS DE LIBERACIÓN, EL CLIENTE notificará por escrito a EL AGENTE DEPOSITARIO y a EL PROVEEDOR, quien tendrá un plazo de [NUMERO_DIAS_RESPUESTA] días hábiles para objetar. De no mediar objeción fundada, EL AGENTE DEPOSITARIO liberará EL MATERIAL DEPOSITADO dentro de los [NUMERO_DIAS_LIBERACION] días siguientes.

SEXTA. LICENCIA DE USO SOBREVINIENTE
Liberado EL MATERIAL DEPOSITADO, EL CLIENTE queda facultado para usar, modificar y mantener el software exclusivamente para sus propias operaciones, sin que ello transfiera la titularidad de los derechos de autor, que permanecen en cabeza de EL PROVEEDOR salvo pacto distinto.

SÉPTIMA. HONORARIOS DEL AGENTE DEPOSITARIO
Los honorarios de custodia y verificación de EL AGENTE DEPOSITARIO ascienden a S/ [MONTO_HONORARIOS] soles [PERIODICIDAD_PAGO], a cargo de [PARTE_RESPONSABLE_PAGO].

OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD
EL AGENTE DEPOSITARIO se obliga a mantener reserva absoluta sobre EL MATERIAL DEPOSITADO, no pudiendo acceder a su contenido salvo para la verificación técnica estrictamente necesaria para su custodia.

NOVENA. NATURALEZA Y LEY APLICABLE
El presente es un contrato atípico celebrado al amparo del principio de libertad contractual reconocido en los artículos 1351 y siguientes del Código Civil, rigiéndose supletoriamente por las normas del depósito y del mandato en cuanto resulten aplicables.

DÉCIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia derivada del presente contrato se someterá a los jueces de [CIUDAD] o a arbitraje, según lo acuerden las partes en documento separado.

[CIUDAD], [FECHA]

_____________________________
[NOMBRE_PROVEEDOR]
EL PROVEEDOR

_____________________________
[NOMBRE_CLIENTE]
EL CLIENTE

_____________________________
[NOMBRE_AGENTE_ESCROW]
EL AGENTE DEPOSITARIO

Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando tu empresa depende de un software desarrollado por un proveedor externo y quieres protegerte ante el riesgo de que ese proveedor desaparezca, quiebre o deje de dar soporte. El código fuente se deposita ante un tercero neutral que lo libera solo si ocurre alguno de los eventos pactados, al amparo de la libertad contractual de los artículos 1351 y siguientes del Código Civil. Es distinto de la cesión de derechos de autor sobre código fuente (que transfiere la titularidad de inmediato) y de la licencia de software a medida (que no te protege si el proveedor abandona el soporte).

Qué datos necesitas

  • Los datos del proveedor, del cliente y del agente depositario neutral.
  • El nombre del software y el contrato principal que sustenta la relación.
  • La periodicidad con la que se actualizará el depósito del código fuente.
  • Los eventos que activan la liberación: insolvencia, cese de soporte o incumplimiento grave.
  • Los honorarios del agente depositario y quién los asume.

Paso a paso

  1. Elige un agente depositario neutral, técnicamente capaz de verificar y custodiar el código fuente.
  2. Define con precisión los eventos de liberación y los plazos de notificación y objeción.
  3. Establece la periodicidad de actualización del material depositado con cada nueva versión.
  4. Firma el contrato entre las tres partes: proveedor, cliente y agente depositario.
  5. Verifica periódicamente que el depósito esté actualizado solicitando constancia al agente.

Errores comunes

  • No exigir actualizaciones periódicas, quedando depositada una versión obsoleta del software.
  • Elegir como agente depositario a alguien vinculado al proveedor, lo que resta neutralidad al depósito.
  • No definir con claridad los eventos de liberación, generando disputas al momento de activarlos.
  • Confundir este contrato con la cesión de derechos de autor, que sí transfiere la titularidad del código.

Preguntas frecuentes

¿El cliente se vuelve dueño del código al liberarse el depósito? No necesariamente; salvo pacto distinto, solo obtiene licencia de uso para continuar operando, la titularidad de los derechos de autor permanece en el proveedor.

¿Qué pasa si el proveedor se opone a la liberación? Puede objetar dentro del plazo pactado; de no ser fundada la objeción, el agente depositario procede a liberar el material.

¿Quién paga al agente depositario? Se pacta libremente entre las partes, siendo habitual que el cliente asuma el costo por ser el principal beneficiario de la garantía.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de escrow o depósito en garantía de código fuente de software

¿El modelo de contrato de escrow o depósito en garantía de código fuente de software es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-escrow-o-deposito-en-garantia-de-codigo-fuente-de-software/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de escrow o depósito en garantía de código fuente de software sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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