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Contratos

Contrato de Mediación o Corretaje Comercial

Modelo de contrato de corretaje comercial atípico bajo el Art. 1353 CC (libertad contractual) y supletoriamente la locación de servicios (Art. 1764 CC). El corredor acerca a las partes a cambio de comisión.

Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE MEDIACIÓN O CORRETAJE COMERCIAL

Conste por el presente documento el contrato de mediación o corretaje comercial que celebran:

De una parte, [NOMBRE_COMITENTE], identificado con DNI N° [DNI_COMITENTE], con domicilio en [DOMICILIO_COMITENTE], a quien se denominará EL COMITENTE.

De otra parte, [NOMBRE_CORREDOR], identificado con DNI N° [DNI_CORREDOR] y RUC N° [RUC_CORREDOR], con domicilio en [DOMICILIO_CORREDOR], a quien se denominará EL CORREDOR.

PRIMERA: ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL.
El corretaje comercial es un contrato atípico amparado en la libertad de contratar del Art. 1353 del Código Civil, y se rige supletoriamente por las normas de la locación de servicios (Art. 1764 del Código Civil).

SEGUNDA: OBJETO.
EL CORREDOR se obliga a desplegar su gestión para acercar a EL COMITENTE con terceros interesados en celebrar el siguiente negocio: [DESCRIPCION_NEGOCIO]. EL CORREDOR no garantiza el resultado, solo su gestión diligente.

TERCERA: COMISIÓN.
EL COMITENTE pagará a EL CORREDOR una comisión equivalente al [PORCENTAJE_COMISION]% del valor del negocio efectivamente celebrado, que asciende referencialmente a S/ [MONTO_COMISION]. La comisión se devenga solo si el negocio se concreta por gestión de EL CORREDOR.

CUARTA: EXCLUSIVIDAD.
El presente encargo (SÍ / NO) es exclusivo. De ser exclusivo, EL COMITENTE no encargará el mismo negocio a otros corredores durante [PLAZO_EXCLUSIVIDAD].

QUINTA: PLAZO.
El contrato tiene vigencia de [PLAZO_VIGENCIA], desde el [FECHA_INICIO] hasta el [FECHA_FIN].

SEXTA: GASTOS.
Salvo pacto distinto, los gastos de gestión son asumidos por EL CORREDOR y no se reembolsan si el negocio no se concreta.

SÉTIMA: OBLIGACIONES DE EL CORREDOR.
Actuar con diligencia, informar de las gestiones, comunicar a EL COMITENTE las propuestas recibidas y guardar reserva de la información comercial.

OCTAVA: RESOLUCIÓN.
El contrato se resuelve por incumplimiento conforme al Art. 1428 del Código Civil, previa comunicación por conducto notarial.

NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Las partes se someten a la jurisdicción de los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la ciudad de [CIUDAD], el [FECHA].


_______________________                _______________________
       EL COMITENTE                            EL CORREDOR
DNI N° [DNI_COMITENTE]                  DNI N° [DNI_CORREDOR]

El contrato de mediación o corretaje comercial es el acuerdo por el cual una persona (el mediador o corredor) se obliga a poner en contacto a dos partes para que celebren un negocio, sin participar él mismo en ese negocio, a cambio de una comisión que cobra solo si el acuerdo se concreta gracias a su intervención. El mediador no representa a ninguna parte ni decide por ellas: su función es facilitar el encuentro y aproximar voluntades. Si las partes contratan, el corretaje cumple su objeto y nace el derecho a la comisión.

Quién lo usa y cuándo conviene

Lo usan corredores y mediadores de negocios (de bienes, servicios, traspasos de negocios, operaciones comerciales) y quienes buscan cerrar una operación pero necesitan que alguien les acerque a la contraparte adecuada. Conviene cuando quieres encontrar comprador, vendedor, socio o proveedor y prefieres delegar la búsqueda y el acercamiento a un intermediario que cobra por resultado. Define con claridad cuándo se entiende cumplida la mediación y cómo se calcula la comisión.

Base legal

El corretaje comercial es un contrato atípico en el Perú. Se rige por la libertad contractual del art. 1354 del Código Civil y por las normas generales de obligaciones y contratos. Por analogía se aplican las reglas del mandato y de la prestación de servicios del Código Civil (arts. 1755 y siguientes), y, en cuanto fueren pertinentes, las disposiciones del Código de Comercio sobre agentes mediadores. Cuando el corretaje recae sobre inmuebles, además resulta aplicable la Ley 29080 sobre el Registro del Agente Inmobiliario. Si interviene un consumidor final, se aplica la Ley 29571.

Qué datos y documentos necesitas

  • Identificación del comitente y del mediador o corredor con DNI o RUC.
  • Descripción del negocio que se busca cerrar (compra, venta, traspaso, sociedad).
  • Comisión del mediador y momento exacto en que se devenga.
  • Si el encargo es exclusivo o abierto, y su plazo de vigencia.
  • Definición de cuándo se considera cumplida la mediación.
  • Gastos de gestión y a cargo de quién quedan.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Acuerden el negocio buscado, la comisión y el momento en que se devenga.
  2. Definan si el encargo es exclusivo y por cuánto tiempo.
  3. Redacten el contrato por escrito, precisando cuándo se entiende cumplida la mediación.
  4. El mediador busca a la contraparte y acerca a las partes.
  5. Las partes negocian y celebran el negocio principal entre ellas.
  6. Concretado el negocio por intervención del mediador, este cobra su comisión.

Errores comunes a evitar

  • No precisar cuándo se devenga la comisión, generando disputas si el negocio se cae.
  • Confundir mediación con representación: el mediador no firma ni decide por las partes.
  • No fijar exclusividad ni plazo, dejando el encargo abierto indefinidamente.
  • Omitir el reembolso de gastos cuando el negocio no se concreta.

Preguntas frecuentes

¿El mediador cobra aunque el negocio no se cierre?

Por regla general no: la comisión se devenga solo si el negocio se concreta gracias a su intervención, salvo pacto en contrario. Por eso, al ser un contrato atípico regido por el art. 1354 del Código Civil, conviene definir por escrito cuándo nace el derecho a la comisión.

¿El mediador me representa frente a la otra parte?

No. El mediador solo acerca a las partes; no las representa ni decide por ellas, a diferencia del mandato o la comisión. Por eso no responde por el cumplimiento del negocio principal, salvo pacto expreso.

¿Qué pasa si yo cierro el negocio por mi cuenta con la persona que el mediador me presentó?

Si el negocio se concretó gracias a la presentación del mediador, este conserva su derecho a la comisión aunque tú hayas cerrado directamente. Conviene pactar esta situación para evitar que se eluda el pago.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de mediación o corretaje comercial

¿El modelo de contrato de mediación o corretaje comercial es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-mediacion-o-corretaje-comercial/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de mediación o corretaje comercial sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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