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Propiedad Intelectual

Contrato de Producción Audiovisual

Contrato entre productor y realizador para la producción de una obra audiovisual, con coautoría, derechos del productor y créditos según el D.Leg. 822.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL

Conste por el presente documento el contrato que celebran de una parte [NOMBRE_PRODUCTOR], con RUC [RUC_PRODUCTOR] y domicilio en [DIRECCION_PRODUCTOR], a quien se denomina EL PRODUCTOR, y de la otra parte [NOMBRE_REALIZADOR], identificado con [TIPO_DOC] [NUMERO_DOC] y domicilio en [DIRECCION_REALIZADOR], a quien se denomina EL REALIZADOR, conforme a los términos siguientes.

PRIMERA. OBJETO
EL REALIZADOR se obliga a dirigir y realizar la obra audiovisual titulada [TITULO_OBRA], con una duración aproximada de [DURACION] y el formato [FORMATO]. La obra audiovisual está protegida por el Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

SEGUNDA. INICIATIVA Y RESPONSABILIDAD
EL PRODUCTOR tiene la iniciativa, coordinación y responsabilidad económica de la producción, condición que lo califica como productor conforme al D.Leg. 822.

TERCERA. COAUTORÍA
Se reconoce como coautores de la obra audiovisual al director, al autor del argumento y al autor de la música, conforme al artículo 56 del D.Leg. 822, sin perjuicio de los derechos del productor.

CUARTA. CESIÓN DE DERECHOS
Salvo pacto en contrario, se presume que los autores ceden a EL PRODUCTOR los derechos patrimoniales de explotación de la obra, según el artículo 58 del D.Leg. 822, conservando los derechos morales que son inalienables.

QUINTA. CRÉDITOS
EL PRODUCTOR consignará en los soportes de la obra el nombre de cada coautor, en respeto del derecho de paternidad.

SEXTA. CONTRAPRESTACIÓN
EL REALIZADOR percibirá la suma de S/ [MONTO_HONORARIOS] más [PORCENTAJE_REGALIAS] por ciento de las regalías por explotación.

SÉTIMA. ENTREGABLES Y PLAZO
EL REALIZADOR entregará el máster final en un plazo de [PLAZO_DIAS] días.

OCTAVA. JURISDICCIÓN
Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Firmado en [CIUDAD], el [FECHA].


_______________________               _______________________
        EL PRODUCTOR                            EL REALIZADOR

El contrato de producción audiovisual es el acuerdo que organiza la creación de una obra audiovisual (película, serie, documental, videoclip o pieza publicitaria) entre el productor y los distintos autores y participantes (director, guionista, compositor, intérpretes). Define quién aporta qué, cómo se reparten los derechos sobre la obra terminada y cómo se remunera a cada colaborador. Es la columna vertebral legal de cualquier rodaje serio.

Quién lo celebra y cuándo conviene usarlo

Lo celebra el productor audiovisual con los coautores de la obra y demás participantes. Conviene usarlo antes de iniciar el rodaje, para que quede claro desde el principio que el productor reúne los derechos necesarios para explotar la obra y que cada autor recibirá la remuneración pactada. Sin este contrato, la titularidad y la explotación de la obra quedan en zona gris y pueden bloquear su estreno.

Base legal

Se rige por el Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor, en su capítulo sobre obra audiovisual, artículos 64 al 71. La ley presume coautores de la obra audiovisual al director, al autor del guion, al de la adaptación, al del texto o diálogos y al compositor de la música creada para la obra (art. 65). El artículo 67 presume que los autores ceden al productor el derecho exclusivo de explotación, salvo pacto en contrario, mientras conservan sus derechos sobre sus aportes. Rigen además la interpretación restrictiva (art. 88) y la remuneración proporcional (art. 89).

Qué datos y documentos necesitas

  • Datos del productor y de cada autor o participante.
  • Descripción de la obra audiovisual y de los aportes de cada colaborador.
  • Alcance de la cesión de derechos al productor (territorio, plazo, medios de explotación).
  • Remuneración de cada autor o intérprete y forma de pago.
  • Cronograma de producción y compromisos de entrega.
  • Autorizaciones de uso de música, imagen y voz de los participantes.

Cómo usarlo paso a paso

  1. Identifica a todos los coautores y participantes y los aportes de cada uno.
  2. Define el alcance de la cesión de derechos al productor según los artículos 67 al 71.
  3. Acuerda la remuneración de cada colaborador de forma proporcional a la explotación.
  4. Redacta y firma el contrato con cada autor o participante antes de iniciar el rodaje.
  5. Reúne las autorizaciones de música, imagen y voz necesarias para evitar reclamos posteriores.
  6. Considera registrar la obra en el Registro Nacional del Derecho de Autor del Indecopi como prueba.

Errores comunes a evitar

  • Iniciar el rodaje sin contratos firmados con los coautores.
  • No precisar el territorio ni los medios de explotación cedidos (cine, streaming, TV).
  • Usar música o imágenes de terceros sin autorización, lo que puede frenar el estreno.
  • Olvidar los derechos de los intérpretes regulados por la Ley del Artista.

Preguntas frecuentes

¿Quién es el dueño de la obra audiovisual?

La obra es de sus coautores, pero el artículo 67 del D.Leg. 822 presume que ceden al productor el derecho exclusivo de explotación, salvo pacto en contrario. Cada autor conserva derechos sobre su aporte.

¿El compositor de la música cede sus derechos?

Cede el derecho de incorporar su música a la obra audiovisual, pero conserva el derecho a explotarla por separado, conforme a los artículos 65 y 67 del D.Leg. 822.

¿Necesito autorización de los actores?

Sí. Además del derecho de autor, los intérpretes tienen derechos conexos sobre su actuación y sobre el uso de su imagen y voz, que deben autorizarse en el contrato.

¿Es obligatorio registrar la obra?

No, el derecho nace con la creación. El registro ante el Indecopi es declarativo (art. 170) y funciona como medio de prueba de la titularidad y de la fecha de la obra.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de producción audiovisual

¿El modelo de contrato de producción audiovisual es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-produccion-audiovisual/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de producción audiovisual sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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