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Empresarial

Contrato de Sublicencia de Marca

Contrato de sublicencia de marca por el cual un licenciatario autorizado concede a un tercero el uso de la marca, conforme a la Decisión 486 de la CAN y al D.Leg. 1075.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE SUBLICENCIA DE MARCA

Conste por el presente documento el Contrato de Sublicencia de Marca que celebran de una parte [NOMBRE_LICENCIATARIO], con RUC [RUC_LICENCIATARIO] y domicilio en [DOMICILIO_LICENCIATARIO], a quien se denomina EL LICENCIATARIO PRINCIPAL, y de la otra parte [NOMBRE_SUBLICENCIATARIO], con RUC [RUC_SUBLICENCIATARIO] y domicilio en [DOMICILIO_SUBLICENCIATARIO], a quien se denomina EL SUBLICENCIATARIO, en los términos siguientes.

PRIMERA. ANTECEDENTE
El Licenciatario Principal cuenta con licencia de uso de la marca [NOMBRE_MARCA], registrada en INDECOPI bajo el Certificado N [NUM_CERTIFICADO], otorgada por su titular [NOMBRE_TITULAR], con facultad expresa para sublicenciar.

SEGUNDA. OBJETO
El Licenciatario Principal concede al Sublicenciatario el uso de la marca para [PRODUCTOS_SERVICIOS], conforme a la Decisión 486 de la Comunidad Andina y al Decreto Legislativo 1075.

TERCERA. ÁMBITO Y PLAZO
La sublicencia es [EXCLUSIVA_O_NO_EXCLUSIVA], rige en el territorio de [TERRITORIO] por [PLAZO_ANOS] años desde [FECHA_INICIO], sin exceder el plazo de la licencia principal.

CUARTA. REGALÍAS
El Sublicenciatario paga una regalía de [PORCENTAJE_O_MONTO] sobre [BASE_CALCULO], liquidada [PERIODICIDAD].

QUINTA. CONTROL DE CALIDAD
El Sublicenciatario respetará los estándares de calidad y la imagen de marca que indique el titular o el Licenciatario Principal, condición esencial para preservar la marca conforme a la Decisión 486.

SEXTA. PROHIBICIONES
El Sublicenciatario no podrá a su vez sublicenciar, ceder ni registrar la marca a su nombre, ni usarla fuera del ámbito autorizado.

SÉPTIMA. REGISTRO
La sublicencia podrá inscribirse ante INDECOPI para su oponibilidad frente a terceros.

OCTAVA. RESOLUCIÓN
El uso indebido de la marca o el impago de regalías faculta la resolución inmediata del contrato.

NOVENA. LEY Y CONTROVERSIAS
Este contrato se rige por la ley peruana. Las controversias se someten a [ARBITRAJE_O_JUEZ_SEDE].

Firmado en [CIUDAD], el [FECHA].


_______________________                _______________________
EL LICENCIATARIO PRINCIPAL              EL SUBLICENCIATARIO

El contrato de sublicencia de marca es el acuerdo por el cual quien ya tiene una licencia para usar una marca (el licenciatario) autoriza a un tercero (el sublicenciatario) a usar esa misma marca, dentro de los límites que le permite su contrato original con el titular. Sirve para extender la cadena de uso de una marca: por ejemplo, una empresa que licenció una marca para todo el país sublicencia su uso a un operador regional o a un franquiciado, manteniendo el control de calidad y las condiciones.

¿Quién lo usa y cuándo conviene?

Lo usan licenciatarios que quieren expandir el uso de una marca a través de terceros: cadenas de franquicias, distribuidores regionales o aliados comerciales. Conviene cuando tienes una licencia amplia y necesitas que otros operen bajo la misma marca sin perder el control de cómo se usa. El punto crítico es verificar que tu contrato de licencia original te autorice a sublicenciar: si no lo permite, la sublicencia sería un incumplimiento frente al titular de la marca.

Base legal

Se rige por la Decisión 486 de la Comunidad Andina, régimen común de propiedad industrial aplicable en el Perú, cuyos artículos 162 a 164 regulan la licencia de marca, su registro y la posibilidad de sublicenciar según lo pactado. En el plano nacional, aplica el Decreto Legislativo N.º 1075, que aprueba disposiciones complementarias a la Decisión 486 y atribuye a la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI el registro de los contratos de licencia. Como contrato, se apoya además en la libertad contractual del artículo 1354 del Código Civil. El registro ante INDECOPI hace oponible la licencia o sublicencia frente a terceros.

Qué datos y documentos necesitas

  • Datos del licenciatario (sublicenciante) y del sublicenciatario.
  • Identificación de la marca: denominación, clase y número de registro ante INDECOPI.
  • Copia del contrato de licencia original que autoriza la sublicencia.
  • Alcance: productos o servicios, territorio y plazo de la sublicencia.
  • Reglas de control de calidad y uso correcto del signo distintivo.
  • Regalías o contraprestación, y causales de terminación.

Cómo implementarlo paso a paso

  1. Verifica que tu contrato de licencia original te faculta a sublicenciar.
  2. Define el alcance de la sublicencia (productos, territorio, plazo) dentro de tus propios límites.
  3. Redacta el contrato con cláusulas de control de calidad y uso de la marca.
  4. Firma el contrato y legaliza firmas ante notario para mayor seguridad probatoria.
  5. Presenta la solicitud de registro de la sublicencia ante la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI.
  6. Implementa controles de calidad y supervisa el uso correcto de la marca por el sublicenciatario.

Errores comunes a evitar

  • Sublicenciar sin que el contrato de licencia original lo permita, incumpliendo frente al titular.
  • Otorgar al sublicenciatario más derechos de los que tú mismo tienes.
  • No incluir control de calidad, arriesgando el debilitamiento de la marca.
  • No registrar el contrato ante INDECOPI, dejándolo sin oponibilidad frente a terceros.

Preguntas frecuentes

¿Puedo sublicenciar cualquier marca que use?

No. Solo puedes sublicenciar si tu contrato de licencia original te autoriza, conforme a lo pactado bajo los artículos 162 y siguientes de la Decisión 486. Sin esa facultad, la sublicencia incumple tu acuerdo con el titular de la marca.

¿Es obligatorio registrar la sublicencia en INDECOPI?

El registro no condiciona la validez entre las partes, pero el Decreto Legislativo N.º 1075 y la Decisión 486 establecen que el registro ante la Dirección de Signos Distintivos hace oponible la licencia frente a terceros. Conviene registrarla para proteger tu posición.

¿Debo controlar cómo usa la marca el sublicenciatario?

Sí. El control de calidad es esencial en las licencias de marca: si la marca se usa de forma que induzca a error o degrade su prestigio, puede afectarse el registro. Incluye cláusulas de control y supervisa su cumplimiento.

¿Qué pasa si termina la licencia original?

La sublicencia depende de la licencia original: si esta se extingue, la sublicencia normalmente también cae, porque nadie puede transferir más derechos de los que tiene. Conviene regular este escenario en el contrato para ordenar la salida del sublicenciatario.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de sublicencia de marca

¿El modelo de contrato de sublicencia de marca es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-sublicencia-de-marca/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de sublicencia de marca sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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