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Educación

Convenio de Pago de Pensiones Escolares Atrasadas

Convenio de fraccionamiento entre colegio privado y apoderado para pagar pensiones escolares atrasadas, transacción regulada por los Arts. 1302 y 1303 del Código Civil.

Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONVENIO DE PAGO DE PENSIONES ESCOLARES ATRASADAS

Conste por el presente documento el convenio que celebran, de una parte, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA [NOMBRE_COLEGIO], con RUC [RUC_COLEGIO], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], a quien se denomina EL ACREEDOR, y de la otra parte don(ña) [NOMBRE_APODERADO], con DNI [DNI_APODERADO], apoderado del alumno [NOMBRE_ALUMNO], a quien se denomina EL DEUDOR, en los términos siguientes:

PRIMERA. ANTECEDENTES
EL DEUDOR mantiene una deuda por pensiones escolares impagas del periodo [PERIODO_DEUDA], ascendente a S/ [MONTO_DEUDA_TOTAL], correspondiente a [NUMERO_PENSIONES] pensiones.

SEGUNDA. RECONOCIMIENTO DE DEUDA
EL DEUDOR reconoce de manera libre y voluntaria adeudar a EL ACREEDOR la suma indicada en la cláusula anterior.

TERCERA. NATURALEZA
El presente convenio constituye una transacción conforme a los Arts. 1302 y 1303 del Código Civil, mediante la cual las partes deciden sobre el modo de pago y evitan un litigio.

CUARTA. FORMA DE PAGO
EL DEUDOR pagará la deuda en [NUMERO_CUOTAS] cuotas mensuales de S/ [MONTO_CUOTA] cada una, los días [DIA_PAGO] de cada mes, desde el [FECHA_PRIMERA_CUOTA].

QUINTA. LUGAR Y MEDIO DE PAGO
Los pagos se realizan en [LUGAR_O_CUENTA_PAGO]. Cada pago se acredita con el comprobante respectivo.

SEXTA. INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de dos cuotas consecutivas faculta a EL ACREEDOR a dar por vencidas todas las cuotas y exigir el saldo total, conforme al Art. 181 del Código Civil.

SÉPTIMA. RESPETO A LA LEY 27665
EL ACREEDOR se obliga a no condicionar la evaluación, matrícula ni la atención de reclamos del alumno al pago de la deuda, conforme a la Ley 27665 y al Art. 16 de la Ley 26549. Solo podrá retener certificados de los años no pagados.

OCTAVA. MÉRITO
Suscrito el convenio, EL ACREEDOR suspende cualquier acción de cobranza mientras EL DEUDOR cumpla puntualmente.

NOVENA. JURISDICCIÓN
Las controversias se someten a los jueces de [CIUDAD].

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA], en dos ejemplares.


_______________________          _______________________
EL ACREEDOR (Colegio)               EL DEUDOR (Apoderado)
RUC [RUC_COLEGIO]                   DNI [DNI_APODERADO]

Cuándo usar este modelo

Este convenio permite que un colegio privado y el apoderado acuerden el pago fraccionado de pensiones escolares atrasadas. Funciona como una transacción que pone fin a la controversia sobre la deuda, en línea con los artículos 1302 y 1303 del Código Civil: las partes se hacen concesiones recíprocas para evitar o terminar un conflicto y el acuerdo tiene fuerza obligatoria entre ellas.

Es útil cuando:

  • El apoderado acumuló pensiones impagas y quiere regularizarlas sin ir a juicio.
  • El colegio busca recuperar la deuda de forma ordenada y documentada.
  • Ambas partes desean fijar un cronograma y evitar la cobranza judicial.

Qué datos necesitas

  • Razón social, RUC y representante del colegio acreedor.
  • Nombre y DNI del apoderado deudor y del alumno.
  • Detalle de las pensiones adeudadas: meses, montos y total de la deuda.
  • Monto de la cuota inicial, número de armadas y fechas de vencimiento.
  • Consecuencia del incumplimiento y, de ser el caso, la mora pactada.

Paso a paso

  1. Concilien el monto exacto de la deuda, mes por mes, sin cargos indebidos.
  2. Acuerden la cuota inicial, el número de armadas y el cronograma de pago.
  3. Redacten el convenio como transacción, con las concesiones recíprocas de cada parte.
  4. Incluyan la cláusula de incumplimiento y la posibilidad de dar por vencido el plazo.
  5. Firmen el convenio por duplicado; pueden legalizar las firmas ante notario.
  6. El apoderado cumple el cronograma y el colegio emite comprobante por cada pago.

Errores comunes

  • Incluir en la deuda conceptos prohibidos o moras excesivas que la ley no admite.
  • Condicionar la matrícula del siguiente año a firmar el convenio en términos abusivos.
  • No fijar con claridad el número de cuotas ni las fechas de pago.
  • Retener documentos del alumno como garantía, práctica prohibida por la Ley 27665.

Preguntas frecuentes

¿El convenio impide que me retengan la libreta? El colegio no puede retener libretas ni certificados por deuda; el convenio ordena el pago sin recurrir a prácticas prohibidas.

¿Qué pasa si incumplo una cuota? Según la cláusula pactada, el colegio puede dar por vencido el plazo y exigir el saldo total conforme al convenio.

¿Debo legalizar las firmas? No es obligatorio, pero la legalización notarial otorga mayor certeza y facilita la ejecución en caso de incumplimiento.

¿Puede cobrarme intereses? Puede pactarse una mora razonable; los intereses no pueden exceder los límites permitidos ni encubrir cobros prohibidos.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de convenio de pago de pensiones escolares atrasadas

¿El modelo de convenio de pago de pensiones escolares atrasadas es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/convenio-de-pago-de-pensiones-escolares-atrasadas/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de convenio de pago de pensiones escolares atrasadas sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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