Demanda Contencioso-Administrativa contra Resolución de SUNAT
Demanda en la vía contencioso-administrativa para impugnar resoluciones de SUNAT. Ley 27584, Art. 148 Constitución.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu propio navegador, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
ESCRITO N.° 01-[AÑO] DEMANDA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LIMA: [RAZÓN_SOCIAL_DEMANDANTE], con RUC N.° [RUC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO], debidamente representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado con DNI N.° [DNI], con poderes inscritos en [PARTIDA], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], a Ud. atentamente digo: I. DEMANDADA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT), con domicilio en Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima. II. PETITORIO Interpongo DEMANDA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA contra la Resolución de Intendencia N.° [N°_RESOLUCIÓN] de fecha [FECHA], emitida por SUNAT, que [DESCRIBIR DECISIÓN IMPUGNADA: confirmó la resolución de determinación / impuso multa / denegó devolución / etc.], solicitando que se declare su NULIDAD / INEFICACIA, y como consecuencia, [INDICAR PRETENSIÓN: se deje sin efecto la acotación de S/ [MONTO] / se ordene la devolución de S/ [MONTO] / etc.]. III. AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA La resolución impugnada ha causado estado, habiéndose agotado la vía administrativa previa mediante: 1. Reclamación ante SUNAT: Resolución N.° [N°] de fecha [FECHA]. 2. Apelación ante el Tribunal Fiscal: Resolución del Tribunal Fiscal N.° [N°]-[AÑO] de fecha [FECHA]. La demanda se interpone dentro del plazo de [3/6] meses desde la notificación de la resolución del Tribunal Fiscal (Art. 19 Ley 27584). IV. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. [DESCRIBIR LOS HECHOS QUE ORIGINARON EL PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO]. 2. SUNAT emitió [Resolución de Determinación / Resolución de Multa] N.° [N°] por el tributo [NOMBRE_TRIBUTO], período [PERÍODO], por S/ [MONTO], argumentando [RESUMIR ARGUMENTO DE SUNAT]. 3. [DESCRIBIR LOS VICIOS DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA]. V. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. VICIO DE PROCEDIMIENTO: [EXPLICAR SI HUBO VULNERACIÓN DEL DEBIDO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (Ley 27444), FALTA DE MOTIVACIÓN, FALTA DE REQUERIMIENTO PREVIO, ETC.]. 2. ERROR EN LA DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO: La acotación es incorrecta porque [EXPLICAR ERROR: incorrecta interpretación del Art. [N°] LIR/IGV/CT, aplicación retroactiva de norma, desconocimiento de gastos deducibles, etc.]. 3. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO: [Si aplica] El tributo acotado correspondiente al período [PERÍODO] ha prescrito conforme al Art. 43 CT, toda vez que han transcurrido más de [4/6/10] años desde la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración. VI. PRETENSIONES PRETENSIÓN PRINCIPAL: Se declare la nulidad de la RTF N.° [N°]-[AÑO] del Tribunal Fiscal y de la Resolución de Intendencia N.° [N°] de SUNAT. PRETENSIÓN ACCESORIA: Se ordene a SUNAT [devolver la suma de S/ [MONTO] más intereses / reliquidar el tributo / emitir nueva resolución conforme a ley]. VII. MEDIOS PROBATORIOS 1. Resolución del Tribunal Fiscal (Anexo 1-A). 2. Resolución de Intendencia SUNAT (Anexo 1-B). 3. Resolución de Determinación / Resolución de Multa (Anexo 1-C). 4. Declaraciones juradas del período acotado (Anexo 1-D). 5. [Libros contables, facturas, contratos pertinentes] (Anexos 1-E al 1-[N°]). VIII. VÍA PROCEDIMENTAL Proceso especial contencioso-administrativo urgente [o proceso ordinario], conforme a los Arts. 24 al 28 de la Ley 27584 (TUO: D.S. 013-2008-JUS). POR LO EXPUESTO: Solicito admitir la presente demanda y, oportunamente, declararla fundada. [CIUDAD], [FECHA] _________________________ _________________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE] [NOMBRE_ABOGADO] DNI: [DNI] CAL N.°: [NÚMERO_CAL]
Cuándo usar este modelo
Usa esta demanda cuando ya agotaste la vía administrativa tributaria y el Tribunal Fiscal confirmó una deuda o sanción que consideras ilegal. Es el último recurso del contribuyente: se presenta ante el Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo para que el Poder Judicial revise la actuación de la SUNAT, conforme al artículo 148 de la Constitución y al Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27584 (Decreto Supremo 011-2019-JUS).
Procede especialmente en estos escenarios:
- La SUNAT acotó tributos con una interpretación que contradice la norma o la propia jurisprudencia del Tribunal Fiscal.
- Se impuso una multa desproporcionada o carente de motivación suficiente.
- El Tribunal Fiscal declaró infundada tu apelación y persiste la controversia económica.
- Hubo defectos de notificación o vulneración del debido procedimiento administrativo.
Qué datos necesitas
Antes de redactar reúne la documentación que sostiene la impugnación:
- RUC, razón social y domicilio fiscal del demandante, más los poderes inscritos del representante legal.
- Copia de la Resolución del Tribunal Fiscal impugnada y de la Resolución de Intendencia previa.
- Cargo de notificación con la fecha exacta, pieza clave para el cómputo del plazo de tres meses.
- Pruebas del error: informes contables, comprobantes, contratos y jurisprudencia aplicable.
- Tasa judicial y aranceles según la cuantía expresada en Unidades Impositivas Tributarias (UIT S/ 5,500 para 2026).
Paso a paso
- Verifica que la vía administrativa esté agotada con la resolución del Tribunal Fiscal notificada.
- Calcula el plazo: tienes tres meses desde la notificación para demandar (artículo 19 del TUO de la Ley 27584).
- Identifica la pretensión: nulidad del acto, reconocimiento de un derecho o restablecimiento de una situación jurídica.
- Redacta los fundamentos de hecho y de derecho, citando las normas tributarias y constitucionales vulneradas.
- Ofrece los medios probatorios y, si corresponde, solicita medida cautelar para suspender la cobranza coactiva.
- Presenta la demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo competente con los anexos y tasas.
Errores comunes
- Demandar fuera del plazo de tres meses: el juzgado declarará la caducidad de la acción.
- No agotar la vía administrativa antes de acudir al Poder Judicial.
- Omitir la solicitud de medida cautelar y dejar que la SUNAT ejecute el cobro coactivo mientras dura el juicio.
- Fundamentar solo con argumentos genéricos sin precisar la norma infringida.
Preguntas frecuentes
¿Suspende la demanda el cobro de la deuda? No automáticamente; debes pedir y obtener una medida cautelar para frenar la ejecución coactiva mientras el juez resuelve.
¿Qué plazo tengo para presentarla? Tres meses contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución del Tribunal Fiscal.
¿Necesito abogado? Sí, la demanda debe estar autorizada por abogado colegiado hábil; el proceso es técnico y contradictorio.
¿Ante qué juez se presenta? Ante el Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo del distrito judicial correspondiente al domicilio fiscal o a la sede de la entidad.
Cómo presentar demanda contencioso-administrativa contra resolución de sunat: paso a paso
- Identifica el acto y el plazo. Ubica la resolución, notificación o hecho que motiva tu escrito y anota su número y fecha. Los plazos administrativos corren en días hábiles desde el día siguiente de notificado.
- Reúne los medios probatorios. Junta copia del documento impugnado, tu DNI o poder de representación, y toda la documentación que sustente lo que pides.
- Completa el escrito. Descarga el formato en Word y llena los campos entre corchetes: datos del administrado, número de expediente, fundamentos de hecho y lo que solicitas de forma concreta.
- Presenta por mesa de partes. Ingrésalo por la mesa de partes de la entidad, física o virtual. Conserva el cargo con número de registro y fecha: es tu prueba de haber cumplido el plazo.
- Haz seguimiento. Revisa el estado del expediente en el portal de la entidad. Si vence el plazo legal sin respuesta, evalúa el silencio administrativo o el recurso que corresponda.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda contencioso-administrativa contra resolución de sunat
¿El modelo de demanda contencioso-administrativa contra resolución de sunat es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-contencioso-administrativa-contra-resolucion-de-sunat/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda contencioso-administrativa contra resolución de sunat sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Descargo a Resolución de Multa de SUNAT
Escrito de descargo frente a una Resolución de Multa de SUNAT por infracciones tributarias, invocando causales eximentes o el régimen de gradualidad (Art. 165, 166 y 170 del Código Tributario, D.S. 133-2013-EF).
Recurso de Reclamación contra Resolución de Determinación
Impugna ante SUNAT una Resolución de Determinación que establece deuda tributaria adicional tras una fiscalización, conforme al Art. 135 y 137 del Código Tributario.
Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal contra Resolución que Resuelve la Reclamación
Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal contra la resolución que resuelve la reclamación, dentro del plazo de 15 días hábiles, conforme a los Arts. 145 y 146 del TUO del Código Tributario.
Recurso de Apelación ante la Corte Superior contra Resolución que Pone Fin a la Cobranza Coactiva Tributaria
Recurso de apelación ante la Corte Superior contra la resolución que pone fin a la cobranza coactiva, dentro de 20 días hábiles, solo sobre el procedimiento, conforme al Art. 122 del Código Tributario.
Recurso de Reclamación contra Resolución de Pérdida de Fraccionamiento Tributario
Recurso de reclamación ante SUNAT contra la resolución que declara la pérdida del fraccionamiento, conforme a los Arts. 36, 135 y 137 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF), plazo de 20 días hábiles.
Recurso de Reclamación contra Resolución de Multa por Declarar Cifras o Datos Falsos (Artículo 178.1 del Código Tributario)
Recurso de reclamación contra la resolución de multa girada por la infracción del artículo 178 numeral 1 del Código Tributario (declarar cifras o datos falsos), invocando la subsanación y el Régimen de Gradualidad de la Resolución de Superintendencia N° 180-2012/SUNAT para lograr la rebaja de la sanción.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras