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Civil

Demanda de Ejecución de Obligación de No Hacer

Modelo de demanda de proceso único de ejecución para obligación de no hacer, con deshacer lo indebidamente hecho, conforme al Art. 707 del Código Procesal Civil (D.Leg. 768).

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE EJECUCIÓN DE OBLIGACIÓN DE NO HACER

SUMILLA: Interpongo demanda de ejecución de obligación de no hacer en proceso único de ejecución.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_EJECUTANTE], identificado con DNI N° [DNI_EJECUTANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_EJECUTANTE], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Interpongo demanda de ejecución de obligación de no hacer contra [NOMBRE_EJECUTADO], con DNI N° [DNI_EJECUTADO] y domicilio en [DOMICILIO_EJECUTADO], a fin de que se le intime a cumplir con la abstención pactada y a deshacer lo que indebidamente realizó.

La prestación de no hacer infringida consiste en: [DESCRIPCION_OBLIGACION_DE_NO_HACER].

Solicito que el mandato ejecutivo intime al ejecutado para que dentro del plazo que fije el juzgado deshaga lo hecho, bajo apercibimiento de que lo deshaga el tercero que el juez determine, a costa del ejecutado, conforme al Art. 707 del Código Procesal Civil.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

PRIMERO: El ejecutado asumió la obligación de no hacer descrita, según consta en el título de ejecución que adjunto: [DESCRIPCION_TITULO_EJECUTIVO], de fecha [FECHA_TITULO].

SEGUNDO: Pese a su obligación de abstención, el ejecutado realizó el acto prohibido el [FECHA_INFRACCION], consistente en [DESCRIPCION_ACTO_PROHIBIDO].

TERCERO: La obligación es cierta, expresa y exigible, y el acto contrario subsiste a la fecha, generándome perjuicio en: [DESCRIPCION_PERJUICIO].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Amparo mi demanda en el Art. 707 del Código Procesal Civil, que dispone que en la obligación de no hacer el mandato ejecutivo intima al ejecutado para que deshaga lo hecho dentro del plazo fijado, bajo apercibimiento de que lo deshaga el tercero que el juez determine, a su costo.

Invoco el Art. 1219 del Código Civil, que autoriza al acreedor a emplear las medidas legales para que el deudor le procure aquello a que está obligado.

IV. VÍA PROCEDIMENTAL

Proceso único de ejecución, conforme a los Arts. 688 y siguientes del Código Procesal Civil.

V. MEDIOS PROBATORIOS

1. Título de ejecución de fecha [FECHA_TITULO].
2. Constancia o acta que acredita el acto prohibido de fecha [FECHA_INFRACCION].
3. [OTRO_MEDIO_PROBATORIO].

VI. ANEXOS

1-A. Copia de mi DNI.
1-B. Título de ejecución.
1-C. Prueba del acto contrario a la abstención.
1-D. Tasa judicial y cédulas de notificación.

POR TANTO:

Pido admitir la demanda y expedir el mandato ejecutivo de deshacer lo hecho.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_EJECUTANTE]
DNI N° [DNI_EJECUTANTE]

_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado, Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]

Nota: Modelo referencial de modelo.pe. Ajusta los datos a tu caso y consulta con un abogado colegiado antes de presentarlo.

La demanda de ejecución de obligación de no hacer es el escrito con el que reclamas ante el juez que se haga cumplir un compromiso por el cual la otra parte se obligó a abstenerse de algo y, sin embargo, lo hizo. En palabras simples, sirve cuando alguien pactó no construir más allá de cierta altura, no abrir un negocio que compita contigo, no usar una marca, no transitar por un predio o no realizar una conducta determinada, y rompe esa promesa. Con esta acción puedes pedir que se destruya lo indebidamente ejecutado o que se restablezca la situación, además de la indemnización por los daños.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el acreedor de la obligación de no hacer, es decir, quien tiene derecho a que la otra parte se abstenga de algo. Conviene usarla cuando el deudor ya violó la abstención pactada (construyó, abrió el negocio, usó lo prohibido) y quieres que cese la situación y se deshaga lo hecho. Si tienes un título que contiene esa obligación con claridad (contrato, escritura, acta de conciliación, sentencia), puedes acudir a la vía de ejecución, que es más rápida que un proceso de conocimiento.

Base legal vigente 2026

El fondo se rige por el artículo 1158 del Código Civil, que regula las opciones del acreedor ante el incumplimiento por culpa del deudor de una obligación de no hacer: exigir la ejecución forzada (salvo que requiera violencia contra la persona del deudor), exigir la destrucción de lo ejecutado o destruirlo por cuenta del deudor, o dejar sin efecto la obligación. El artículo 1159 del Código Civil agrega que, en esos casos, el acreedor también tiene derecho a exigir el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios. El artículo 1160 remite a las reglas de las obligaciones de hacer en lo pertinente. En lo procesal, si la obligación consta en un título ejecutivo, se tramita por el proceso único de ejecución de los artículos 688 y siguientes del Código Procesal Civil, y la ejecución de las obligaciones de no hacer se regula en el artículo 710 del Código Procesal Civil.

Qué datos y documentos necesitas

  • El título que contiene la obligación de no hacer (contrato, escritura, acta de conciliación, sentencia).
  • Descripción precisa de la abstención pactada y de la conducta prohibida.
  • Prueba de que el deudor incumplió y realizó lo que se había obligado a no hacer.
  • Fotos, videos, constataciones notariales o peritajes de lo ejecutado indebidamente.
  • Sustento del monto de los daños y perjuicios, si los reclamas.
  • Identificación completa del deudor y su domicilio.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Verifica que el título contenga una obligación de no hacer cierta, expresa y exigible.
  2. Documenta el incumplimiento con constatación notarial, fotos o pericia.
  3. Presenta la demanda de ejecución ante el Juzgado competente, indicando que pides la destrucción de lo hecho.
  4. Acumula la indemnización de daños y perjuicios que autoriza el artículo 1159.
  5. Adjunta el título, las pruebas del incumplimiento y las tasas judiciales.
  6. Obtenido el mandato de ejecución, el juez ordena destruir lo ejecutado o restablecer la situación, por cuenta del deudor.

Errores comunes a evitar

  • Carecer de un título que recoja la obligación de no hacer de forma clara y expresa.
  • No documentar oportunamente la conducta prohibida que realizó el deudor.
  • Pretender una ejecución que requiera violencia contra la persona del deudor, lo cual no procede.
  • Olvidar acumular la indemnización de daños que permite el artículo 1159.
  • Elegir la vía de conocimiento cuando ya tienes un título ejecutivo y procede la ejecución.

Preguntas frecuentes

¿Qué puedo pedir si el deudor hizo lo que prometió no hacer?

El artículo 1158 del Código Civil te permite exigir la ejecución forzada, pedir la destrucción de lo ejecutado o destruirlo por cuenta del deudor, o dejar sin efecto la obligación. La opción depende de la naturaleza de la conducta incumplida.

¿Además puedo cobrar una indemnización?

Sí. El artículo 1159 del Código Civil reconoce que, en los casos del artículo 1158, el acreedor también tiene derecho a exigir el pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios.

¿Por qué vía se tramita?

Si la obligación consta en un título ejecutivo, se tramita por el proceso único de ejecución de los artículos 688 y siguientes del Código Procesal Civil, y específicamente conforme al artículo 710, que regula la ejecución de obligaciones de no hacer.

¿El juez puede obligar físicamente al deudor a no hacer algo?

No mediante violencia. El artículo 1158 del Código Civil excluye la ejecución forzada cuando esta requiera emplear violencia contra la persona del deudor. En esos casos, la solución es destruir lo ejecutado por cuenta del deudor y reclamar la indemnización.

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Cómo presentar demanda de ejecución de obligación de no hacer: paso a paso

  1. Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
  3. Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
  5. Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de ejecución de obligación de no hacer

¿El modelo de demanda de ejecución de obligación de no hacer es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-ejecucion-de-obligacion-de-no-hacer/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de ejecución de obligación de no hacer sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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