Demanda de Pago de Frutos al Poseedor de Mala Fe
Demanda para exigir al poseedor de mala fe la restitución de los frutos percibidos y los dejados de percibir, con indemnización. Base legal: Art. 908, 910 y 1969 del Código Civil.
Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA DE PAGO DE FRUTOS AL POSEEDOR DE MALA FE SUMILLA: DEMANDA DE RESTITUCION DE FRUTOS E INDEMNIZACION CONTRA POSEEDOR DE MALA FE SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], con casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted digo. I. PETITORIO Interpongo demanda de pago de frutos contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], a fin de que en su condición de poseedor de mala fe cumpla con restituirme los frutos percibidos y los que dejo de percibir respecto del bien [DESCRIPCION_BIEN], ascendentes a S/ [MONTO_FRUTOS] ([MONTO_LETRAS]), mas la indemnización que corresponda, intereses legales, costas y costos. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Soy propietario o titular del derecho sobre el bien consistente en [DESCRIPCION_BIEN], conforme a [TITULO_PROPIEDAD]. 2. El demandado ha poseido el bien desde el [FECHA_INICIO_POSESION] sin titulo que lo legitime y con conocimiento de la ilegitimidad de su posesión, lo que configura su mala fe. 3. Durante el periodo de posesión el bien produjo los siguientes frutos: [DESCRIPCION_FRUTOS], que el demandado percibió o dejo de percibir por su negligencia. 4. La liquidación de los frutos percibidos y dejados de percibir asciende a S/ [MONTO_FRUTOS], conforme al detalle del anexo. 5. Requeri la restitución del bien y de los frutos mediante [MEDIO_REQUERIMIENTO] de fecha [FECHA_REQUERIMIENTO], sin resultado. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 908 del Código Civil establece que el poseedor de buena fe hace suyos los frutos, regla cuya excepción confirma que el poseedor de mala fe no tiene derecho a los frutos del bien. 2. El Art. 910 del Código Civil dispone que el poseedor de mala fe esta obligado a entregar los frutos percibidos y, si no existen, a pagar su valor estimado al momento que los percibió o debió percibir, lo que sustenta directamente el petitorio. 3. El Art. 1969 del Código Civil establece que aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro esta obligado a indemnizarlo, fundamento de la indemnización accesoria por el uso indebido del bien. IV. MONTO DEL PETITORIO El monto del petitorio asciende a S/ [MONTO_FRUTOS], mas la indemnización, intereses, costas y costos. V. VIA PROCEDIMENTAL La presente demanda se tramita en la vía del proceso de conocimiento o abreviado, según la cuantia. VI. MEDIOS PROBATORIOS 1. Titulo de propiedad o documento que acredita mi derecho sobre el bien. 2. Documentos que acreditan la posesión del demandado y su mala fe. 3. Liquidación de los frutos percibidos y dejados de percibir. 4. Requerimiento de fecha [FECHA_REQUERIMIENTO]. VII. ANEXOS 1.A Copia del DNI del demandante. 1.B Titulo de propiedad. 1.C Documentos de la posesión de mala fe. 1.D Liquidación de frutos. POR TANTO: Pido al juzgado admitir la demanda y declararla fundada en su oportunidad. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. _______________________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado, Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
Sobre este modelo de demanda de pago de frutos al poseedor de mala fe
Este modelo pertenece al área de Derecho Civil. Demandas civiles, obligaciones, contratos civiles, sucesiones y procesos civiles peruanos (CPC, D.Leg. 768).
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Cómo presentar demanda de pago de frutos al poseedor de mala fe: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de pago de frutos al poseedor de mala fe
¿Qué vía procesal corresponde según la cuantía en Perú?
En proceso sumarísimo (más rápido) van pretensiones hasta 100 URP y los casos del Art. 546 CPC. En proceso abreviado, hasta 1,000 URP. En proceso de conocimiento, las pretensiones por encima de 1,000 URP o sin cuantía determinable. La URP 2026 equivale al 10% de la UIT (S/ 535).
¿Cuánto pago de tasa judicial para presentar una demanda civil?
La tasa se calcula en URP según la cuantía y el tipo de acto procesal (escala publicada por el Poder Judicial cada año). Para procesos de alimentos no se paga tasa (Art. 562 CPC). Si demuestras escasos recursos puedes pedir auxilio judicial bajo el Art. 179 CPC y queda exonerado del pago.
¿El modelo de demanda de pago de frutos al poseedor de mala fe es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-pago-de-frutos-al-poseedor-de-mala-fe/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de pago de frutos al poseedor de mala fe sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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