Descargo del Servidor Público en el Procedimiento Administrativo Funcional ante la Contraloría (Ley 29622)
Escrito de descargo del servidor público notificado con pliego de cargos en el procedimiento administrativo sancionador por responsabilidad administrativa funcional, instaurado por el Sistema Nacional de Control conforme a la Ley N.° 29622.
Actualizado al 26 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
DESCARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO FUNCIONAL ANTE LA CONTRALORÍA [CIUDAD], [FECHA] Señores ÓRGANO INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR [DEPENDENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA U ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL COMPETENTE] Presente.- Referencia: Expediente N.° [NUMERO DE EXPEDIENTE] Informe de Control N.° [NUMERO DE INFORME DE CONTROL] Yo, [NOMBRE COMPLETO DEL SERVIDOR], identificado con DNI N.° [NUMERO DE DNI], en mi calidad de [CARGO DESEMPEÑADO AL MOMENTO DE LOS HECHOS], con domicilio procesal en [DOMICILIO PROCESAL], habiendo sido notificado con el pliego de cargos de fecha [FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CARGOS] dentro del procedimiento administrativo sancionador por presunta responsabilidad administrativa funcional instaurado en mi contra, me presento y expongo el siguiente descargo: I. ANTECEDENTES Que, mediante el informe de control antes referido, se me atribuye la presunta comisión de la(s) siguiente(s) conducta(s) infractora(s): [DESCRIPCIÓN DE LA CONDUCTA IMPUTADA], calificada(s) como infracción [GRAVE / MUY GRAVE] conforme al régimen de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control, en el marco de la Ley N.° 29622. II. FUNDAMENTOS DEL DESCARGO Que, en ejercicio de mi derecho de defensa, reconocido en el artículo 139 de la Constitución Política del Perú y en el debido procedimiento administrativo, formulo los siguientes descargos: [DESARROLLO DE LOS ARGUMENTOS DE DEFENSA, HECHOS Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE DESVIRTÚAN LA IMPUTACIÓN]. Que, los hechos imputados no configuran la infracción atribuida, por cuanto [EXPLICACIÓN DE POR QUÉ NO SE CONFIGURA EL SUPUESTO DE HECHO DE LA NORMA INFRINGIDA], conforme se acredita con los medios probatorios que se adjuntan. III. MEDIOS PROBATORIOS Ofrezco como medios probatorios los siguientes documentos: [RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN EL DESCARGO], los cuales adjunto en calidad de anexos. IV. PETITORIO Por lo expuesto, SOLICITO: 1. Se tenga por presentado el presente descargo dentro del plazo legal otorgado. 2. Se valoren los medios probatorios ofrecidos conforme a las reglas de la sana crítica. 3. Se declare no ha lugar a la imposición de sanción administrativa en mi contra, o se atenúe la calificación de la infracción conforme a los criterios de graduación previstos en la normativa de la materia. Adjunto: pliego de cargos notificado, [DOCUMENTOS PROBATORIOS], y copia de DNI. Atentamente, _____________________________ [NOMBRE COMPLETO DEL SERVIDOR] DNI N.° [NUMERO DE DNI] Domicilio procesal: [DOMICILIO PROCESAL] Correo: [CORREO ELECTRONICO]
Cuándo usar este modelo
Este modelo se utiliza cuando un servidor o exservidor público ha sido notificado con un pliego de cargos dentro de un procedimiento administrativo sancionador por presunta responsabilidad administrativa funcional, instaurado por el Sistema Nacional de Control a través de la Contraloría General de la República o del Órgano de Control Institucional de su entidad, en el marco de la Ley N.° 29622. Es una vía distinta y paralela al procedimiento administrativo disciplinario (PAD) que se tramita bajo el régimen del Servicio Civil, Ley N.° 30057, pues aquí quien instruye y sanciona es el propio Sistema Nacional de Control por hallazgos derivados de un informe de control, y no la propia entidad empleadora.
Qué datos necesitas
Necesitas: tus datos personales y el cargo que desempeñabas al momento de los hechos; el número de expediente y del informe de control que originó el procedimiento; la fecha en que fuiste notificado con el pliego de cargos; la descripción exacta de la conducta que se te imputa y su calificación (grave o muy grave); y los medios probatorios (documentos, informes técnicos, correos, memorandos) que sustenten tu versión de los hechos y desvirtúen la imputación.
Paso a paso
Primero, revisa con cuidado el pliego de cargos notificado para identificar con precisión qué conducta se te atribuye y bajo qué norma se califica. Segundo, reúne toda la documentación, correos, memorandos o informes técnicos que respalden tu actuación y que puedan desvirtuar los hechos imputados. Tercero, redacta el descargo desarrollando de forma ordenada los antecedentes, los fundamentos de defensa y el petitorio, dentro del plazo otorgado en la notificación, que normalmente corre desde el día siguiente de la notificación del pliego de cargos. Cuarto, presenta el escrito ante el órgano instructor competente, ya sea la Contraloría General o el Órgano de Control Institucional de tu entidad, según corresponda. Quinto, conserva el cargo de recepción y realiza seguimiento del expediente hasta la emisión de la resolución de primera instancia.
Errores comunes
Un error frecuente es confundir este procedimiento con el PAD del régimen del Servicio Civil y presentar el descargo ante la unidad de recursos humanos de la entidad en lugar del órgano instructor competente del Sistema Nacional de Control. Otro error común es limitarse a negar los hechos sin ofrecer medios probatorios concretos que sustenten la defensa, lo que debilita significativamente el descargo. También es habitual dejar pasar el plazo otorgado en el pliego de cargos, lo que puede interpretarse como falta de ejercicio oportuno del derecho de defensa, aunque ello no impide continuar participando en las etapas posteriores del procedimiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre este procedimiento y el PAD de la Ley 30057? El PAD lo tramita la propia entidad empleadora por faltas disciplinarias del régimen del Servicio Civil, mientras que este procedimiento lo instruye y resuelve el Sistema Nacional de Control por responsabilidad administrativa funcional derivada de un informe de control, con su propio régimen sancionador y su propio tribunal. ¿Puedo ser sancionado en ambas vías por los mismos hechos? Cada procedimiento tiene su propia naturaleza y bien jurídico protegido, por lo que corresponde evaluar caso por caso con asesoría legal si existe coincidencia de hechos y eventual vulneración del principio de no doble sanción. ¿Qué pasa si no presento el descargo dentro del plazo? El procedimiento continúa su trámite, pudiendo resolverse con la información obrante en el expediente, por lo que es recomendable presentar el descargo dentro del plazo otorgado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de descargo del servidor público en el procedimiento administrativo funcional ante la contraloría (ley 29622)
¿El modelo de descargo del servidor público en el procedimiento administrativo funcional ante la contraloría (ley 29622) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/descargo-del-servidor-publico-en-el-procedimiento-administrativo-funcional-ante-la-contraloria-ley-29622/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de descargo del servidor público en el procedimiento administrativo funcional ante la contraloría (ley 29622) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Declaración Jurada de Intereses del Servidor Público ante la Contraloría (Ley 31227)
Modelo de Declaración Jurada de Intereses del servidor público administrada por la Contraloría, presentada dentro de los 15 días hábiles de asumir el cargo, con actualización anual y al cese, conforme a la Ley N.° 31227.
Solicitud de Nombramiento del Servidor Público Contratado al Amparo de la Ley 24041
Solicitud administrativa dirigida a la entidad para que se reconozca la estabilidad y se disponga la incorporación del servidor contratado que realiza labores permanentes por más de un año ininterrumpido, al amparo de la Ley N.° 24041 y el D.Leg. 276. Word editable.
Solicitud de Caducidad del Procedimiento Administrativo Disciplinario (Ley 30057)
Solicitud para que se declare la caducidad administrativa del procedimiento administrativo disciplinario por vencimiento del plazo legal para resolver, invocando el Art. 259 del TUO de la Ley N.° 27444 en concordancia con la Ley N.° 30057 y su Reglamento. Word editable.
Demanda de Nulidad de la Resolución de Destitución del Servidor Público en Proceso Contencioso Administrativo
Demanda contencioso administrativa para declarar la nulidad de la resolución que impuso la sanción de destitución al servidor público por vicios del debido procedimiento, con base en el TUO de la Ley N° 27444 y la Ley N° 27584.
Carta de Renuncia del Servidor Público con Solicitud de Exoneración del Plazo de Ley (Ley 30057)
Modelo de carta de renuncia del servidor público dirigida a la entidad estatal, con solicitud de exoneración total o parcial del plazo de 30 días calendario de anticipación, para evitar el abandono de cargo, al amparo del artículo 49 de la Ley del Servicio Civil, Ley N.° 30057, y su reglamento.
Solicitud de Licencia por Paternidad del Servidor Público (Ley 29409)
Modelo de solicitud de licencia por paternidad con goce de remuneraciones para el servidor público: 10 días calendario, ampliables a 20 o 30 días según el supuesto, conforme a la Ley N.° 29409 modificada por la Ley N.° 30807.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras