Escritura de Reconocimiento de Unión de Hecho
Minuta de reconocimiento de unión de hecho entre convivientes libres de impedimento matrimonial, con efectos patrimoniales y sucesorios, conforme al Art. 326 del Código Civil y la Ley 30007.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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MINUTA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO SEÑOR NOTARIO DE [DISTRITO_NOTARIAL]: Sírvase extender en su registro una escritura pública de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO que otorgan: [NOMBRE_CONVIVIENTE_1], identificado con DNI N° [DNI_CONVIVIENTE_1], de estado civil soltero, y [NOMBRE_CONVIVIENTE_2], identificada con DNI N° [DNI_CONVIVIENTE_2], de estado civil soltera, ambos con domicilio común en [DIRECCION_CONVIVIENTES], en los términos siguientes: PRIMERA. DECLARACIÓN. Los otorgantes declaran que mantienen una unión de hecho de manera voluntaria, libre, continua y pública desde el [FECHA_INICIO_CONVIVENCIA], conformando un hogar de hecho con los deberes propios del matrimonio. SEGUNDA. AUSENCIA DE IMPEDIMENTO. Ambos declaran bajo juramento estar libres de todo impedimento matrimonial, no tener vínculo de matrimonio vigente con tercero ni otra unión de hecho registrada, cumpliendo los requisitos del Art. 326 del Código Civil. TERCERA. PLAZO. La convivencia ha superado el plazo continuo de dos años exigido por el Art. 326 del Código Civil, lo que acreditan con [MEDIOS_PROBATORIOS: declaración de testigos, documentos comunes u otros]. CUARTA. EFECTOS PATRIMONIALES. Los bienes adquiridos durante la unión de hecho se sujetan al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuere aplicable, conforme al Art. 326 del Código Civil. QUINTA. EFECTOS SUCESORIOS. Los convivientes se reconocen derechos sucesorios entre sí conforme a la Ley 30007, que extiende los derechos hereditarios del cónyuge a los integrantes de la unión de hecho reconocida. SEXTA. INSCRIPCIÓN. Los otorgantes solicitan la inscripción de la presente unión de hecho en el Registro Personal de SUNARP. Agregue usted, señor Notario, lo de ley y curse los partes al Registro Personal. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ _______________________ [NOMBRE_CONVIVIENTE_1] [NOMBRE_CONVIVIENTE_2] DNI N° [DNI_CONVIVIENTE_1] DNI N° [DNI_CONVIVIENTE_2]
La escritura de reconocimiento de unión de hecho es el documento por el cual una pareja que ha convivido de forma estable declara ante notario su condición de convivientes, para que esa unión produzca efectos legales similares a los de un matrimonio en cuanto al patrimonio. Sirve para proteger derechos: una vez reconocida e inscrita, la unión genera una sociedad de bienes parecida a la sociedad de gananciales y reconoce derechos sucesorios entre los convivientes. Es la forma de formalizar tu convivencia sin casarte.
Cuándo usarla
La usas cuando llevas viviendo con tu pareja de manera estable y quieres que la ley reconozca esa relación: para proteger los bienes adquiridos en común, para acceder a derechos de pensión o seguro, o para asegurar derechos hereditarios. Se tramita ante notario cuando ambos están de acuerdo en reconocerla; si hay desacuerdo o ya terminó la relación, el reconocimiento se hace por la vía judicial.
Base legal en el Perú
El sustento de fondo es el artículo 5 de la Constitución y el artículo 326 del Código Civil, que define la unión de hecho entre un varón y una mujer libres de impedimento matrimonial que alcanzan finalidades semejantes a las del matrimonio, siempre que la convivencia haya durado por lo menos dos años continuos. El trámite notarial lo habilita la Ley 29560, que amplió la competencia notarial en asuntos no contenciosos. Una vez extendida la escritura, se inscribe en el Registro Personal de SUNARP.
Cómo tramitarla bien
- Acredita al menos dos años de convivencia continua, con documentos y declaración de testigos.
- Verifica que ambos estén libres de impedimento matrimonial.
- Presenta la solicitud ante notario; este ordena publicar un extracto en El Peruano y en otro diario.
- Espera el plazo legal sin oposición para que el notario extienda la escritura.
- Inscribe la unión en el Registro Personal de SUNARP para que surta efectos frente a terceros.
Errores frecuentes
- Pretender el reconocimiento notarial cuando uno de los dos está casado o no está de acuerdo.
- No acreditar los dos años de convivencia continua exigidos por el artículo 326.
- Omitir las publicaciones, que son parte del trámite no contencioso.
- No inscribir la escritura en SUNARP, con lo que la unión no surte plenos efectos frente a terceros.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años de convivencia se necesitan?
Al menos dos años continuos, conforme al artículo 326 del Código Civil. Sin ese tiempo, el notario no reconoce la unión.
¿Genera derechos de herencia?
Sí. La unión de hecho reconocida otorga derechos sucesorios entre los convivientes, además de la sociedad de bienes.
¿Qué pasa si mi pareja no quiere ir al notario?
La vía notarial exige acuerdo de ambos. Si no hay consenso, el reconocimiento debe pedirse ante el juez.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura de reconocimiento de unión de hecho
¿El modelo de escritura de reconocimiento de unión de hecho es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-de-reconocimiento-de-union-de-hecho/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de escritura de reconocimiento de unión de hecho sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Solicitud de Reconocimiento de Unión de Hecho en Sede Notarial
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Poder por Escritura Pública para Trámites Bancarios
Poder especial elevado a escritura pública para representar al poderdante ante entidades bancarias y financieras. Base legal: Art. 155 y 156 CC, que exige poder por escritura pública.
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