Escritura de Anticipo de Legítima
Minuta para escritura pública de anticipo de legítima. Acto por el cual un padre o madre dona en vida a un descendiente parte de la herencia futura. Arts. 831 al 837 del Código Civil. Sujeto a colación al fallecimiento del causante.
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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MINUTA DE ESCRITURA PÚBLICA DE ANTICIPO DE LEGÍTIMA SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de ANTICIPO DE LEGÍTIMA que otorgan, de una parte: [NOMBRE_ANTICIPANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_ANTICIPANTE], de estado civil [ESTADO_CIVIL_ANTICIPANTE], con domicilio en [DOMICILIO_ANTICIPANTE], [SI_CASADO: con autorización conyugal de su cónyuge [NOMBRE_CONYUGE], identificado con DNI N° [DNI_CONYUGE], en mérito a la sociedad de gananciales / con régimen de separación de patrimonios acreditado en escritura pública del [FECHA_ESCRITURA] inscrita en la Partida [PARTIDA_REGIMEN]], a quien en adelante se denominará EL ANTICIPANTE; y de la otra parte: [NOMBRE_BENEFICIARIO], identificado(a) con DNI N° [DNI_BENEFICIARIO], de estado civil [ESTADO_CIVIL_BENEFICIARIO], con domicilio en [DOMICILIO_BENEFICIARIO], en su condición de HIJO(A) del ANTICIPANTE conforme se acredita con la copia certificada de la partida de nacimiento, a quien en adelante se denominará EL BENEFICIARIO; bajo los siguientes términos y condiciones: PRIMERA.- ANTECEDENTES Y DECLARACIONES 1.1. EL ANTICIPANTE declara ser propietario del bien que se describe en la cláusula segunda, cuya propiedad acredita con [TITULO_DE_PROPIEDAD: Partida Electrónica N° [PARTIDA] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL] / escritura pública de fecha [FECHA] / otro]. 1.2. EL BENEFICIARIO declara ser hijo legítimo de EL ANTICIPANTE conforme a partida de nacimiento N° [N_PARTIDA] del Registro Civil de [LOCALIDAD], que se inserta a la presente. 1.3. EL ANTICIPANTE manifiesta que el bien materia del presente anticipo NO está afectado con cargas, gravámenes, medidas cautelares ni proceso judicial alguno que pudiera afectar la libre disposición. 1.4. EL ANTICIPANTE declara que la entrega anticipada del bien no afecta la cuota de legítima de los otros herederos forzosos (Art. 723 CC), [PRECISAR: o que se realiza con cargo a su cuota de libre disposición conforme al Art. 725 CC]. SEGUNDA.- OBJETO DEL ANTICIPO 2.1. EL ANTICIPANTE entrega en ANTICIPO DE LEGÍTIMA a EL BENEFICIARIO el siguiente bien: [DESCRIPCION_BIEN_INMUEBLE_O_MUEBLE] - Tipo: [INMUEBLE / VEHICULO / DEPOSITO BANCARIO / ACCIONES / OTRO] - Ubicación: [DIRECCION_O_UBICACION] - Area: [AREA_M2] m² - Linderos y medidas perimétricas: [DETALLE_LINDEROS] - Inscrito en: Partida Electrónica N° [PARTIDA] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL] - Valor de tasación: S/ [VALOR_TASACION] (NUEVOS SOLES) 2.2. La entrega del bien se efectúa con todos sus usos, costumbres, servidumbres activas y pasivas, sin reserva ni limitación alguna, transfiriendo el derecho de propiedad al BENEFICIARIO con efectos desde la inscripción en SUNARP. TERCERA.- EFECTOS LEGALES (Arts. 831 al 837 CC) 3.1. El presente acto constituye ANTICIPO DE LEGÍTIMA conforme al Art. 831 del Código Civil. EL BENEFICIARIO declara conocer que el valor del bien entregado se IMPUTARÁ a su porción legítima al fallecimiento de EL ANTICIPANTE (Art. 833 CC), salvo dispensa expresa que se otorgue en testamento posterior. 3.2. EL ANTICIPANTE [DISPENSA / NO DISPENSA] de colación al BENEFICIARIO conforme al Art. 832 CC. La dispensa solo puede otorgarse hasta el límite del tercio de libre disposición. 3.3. Las partes declaran conocer que el anticipo de legítima es revocable solo por las causales del Art. 1637 CC (ingratitud, desheredación o reducción por inoficiosidad si afecta la legítima de otros herederos forzosos). CUARTA.- DECLARACIONES TRIBUTARIAS 4.1. Las partes declaran haber pagado el Impuesto de Alcabala correspondiente, conforme al Art. 21 D.S. 156-2004-EF, salvo los supuestos de exoneración (Art. 27 mismo decreto). 4.2. EL BENEFICIARIO asume el pago del Impuesto Predial desde la fecha de la presente escritura. QUINTA.- INSCRIPCIÓN REGISTRAL EL BENEFICIARIO procederá a la inscripción de la presente escritura pública en el Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL], asumiendo los gastos notariales y registrales correspondientes. SEXTA.- DOMICILIOS Y JURISDICCIÓN Las partes señalan como domicilios los indicados al inicio. Cualquier controversia derivada de la presente escritura se someterá a la competencia de los jueces y tribunales de [DISTRITO_JUDICIAL]. Sírvase usted, señor notario, agregar la introducción y conclusión de ley, así como insertar los siguientes documentos: a) Copia de DNI de las partes. b) Copia de la partida de matrimonio de EL ANTICIPANTE [si aplica]. c) Copia certificada de la partida de nacimiento de EL BENEFICIARIO. d) Copia literal vigente del bien materia del anticipo. e) Constancia de pago de Impuesto de Alcabala. f) Pago del Impuesto Predial al día. g) Tasación o autoavalúo del bien. [CIUDAD], [FECHA]. _____________________________ _____________________________ EL ANTICIPANTE EL BENEFICIARIO [NOMBRE_ANTICIPANTE] [NOMBRE_BENEFICIARIO] DNI N° [DNI_ANTICIPANTE] DNI N° [DNI_BENEFICIARIO] [SI_CASADO_ANTICIPANTE: _____________________________ CÓNYUGE: [NOMBRE_CONYUGE] DNI N° [DNI_CONYUGE]] Firma del abogado autorizante: [NOMBRE_ABOGADO], CAL N° [CAL]
Sobre este modelo de escritura de anticipo de legítima
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