Escritura Pública de Compraventa de Inmueble
Minuta y escritura pública de compraventa de inmueble para su inscripción en SUNARP, conforme a los Arts. 1529, 1549 y 949 del Código Civil y el Decreto Legislativo 1049 del Notariado.
Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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MINUTA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE SEÑOR NOTARIO: Sírvase extender en su registro de escrituras públicas una de COMPRAVENTA DE INMUEBLE que celebran: DE UNA PARTE, [NOMBRE_VENDEDOR], identificado con DNI [DNI_VENDEDOR], de estado civil [ESTADO_CIVIL_VENDEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_VENDEDOR], a quien se denomina EL VENDEDOR. DE LA OTRA PARTE, [NOMBRE_COMPRADOR], identificado con DNI [DNI_COMPRADOR], de estado civil [ESTADO_CIVIL_COMPRADOR], con domicilio en [DOMICILIO_COMPRADOR], a quien se denomina EL COMPRADOR. En los términos siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES El vendedor es propietario del inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], con un área de [AREA_INMUEBLE] metros cuadrados, cuyos linderos y medidas perimétricas constan en la Partida Registral N° [PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL]. SEGUNDA: OBJETO Por el presente acto el vendedor transfiere en venta real y enajenación perpetua a favor del comprador la propiedad del inmueble descrito, con todos sus usos, costumbres, entradas, salidas y todo cuanto de hecho y por derecho le corresponde. TERCERA: PRECIO Y FORMA DE PAGO El precio total y convenido de la compraventa es de [MONTO_PRECIO] [MONEDA], que el comprador paga al vendedor de la siguiente forma: [FORMA_DE_PAGO]. El vendedor declara recibir el precio a su entera satisfacción y otorga la cancelación correspondiente. CUARTA: SANEAMIENTO Y LIBRE GRAVAMEN El vendedor declara que el inmueble se encuentra libre de toda carga, gravamen, hipoteca, embargo o medida que límite su libre disposición. El vendedor se obliga al saneamiento por evicción conforme a ley. QUINTA: ENTREGA El vendedor entrega la posesión del inmueble al comprador en la fecha de [FECHA_ENTREGA], libre de ocupantes y al día en sus servicios y tributos. SEXTA: MARCO LEGAL La presente compraventa se rige por el Art. 1529 del Código Civil, según el cual por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y este a pagar su precio en dinero. Conforme al Art. 949 del Código Civil la sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace al acreedor propietario de él. El vendedor se obliga al saneamiento conforme al Art. 1549 del Código Civil. La escritura se extiende conforme al Decreto Legislativo 1049 del Notariado. Agregue usted, señor notario, la introducción y conclusión de ley, y curse el parte al Registro de Predios para su inscripción. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_VENDEDOR] DNI [DNI_VENDEDOR] _______________________ [NOMBRE_COMPRADOR] DNI [DNI_COMPRADOR] _______________________ Abogado que autoriza CAL [NUMERO_COLEGIATURA]
Qué es y por qué elevarla a escritura pública
Es el contrato de compraventa de una casa, departamento o terreno formalizado ante notario mediante escritura pública. La venta de un inmueble es válida desde el acuerdo, pero para inscribir el cambio de propietario en SUNARP se necesita la escritura pública. Sin inscripción no puedes oponer tu propiedad frente a terceros ni acreditar fácilmente que el bien es tuyo. Por eso, comprar un inmueble sin elevar la minuta a escritura pública e inscribirla deja al comprador en una posición frágil.
Pasos del trámite
- Verifica la partida registral del inmueble en SUNARP: propietario inscrito, áreas y cargas.
- Un abogado redacta la minuta de compraventa con los datos de las partes y del bien.
- Las partes firman la minuta y la presentan al notario.
- El notario eleva la minuta a escritura pública y las partes la firman ante él.
- El notario o el comprador inscribe la transferencia en el Registro de Predios.
Verifica antes de firmar
Pide la copia literal de la partida y confirma que quien vende es el propietario inscrito y que el inmueble no tiene hipotecas, embargos ni litigios. Revisa que las áreas coincidan, que los tributos y arbitrios estén al día y que, si el vendedor es casado, intervenga el cónyuge. Atiende también la forma de pago: dejar constancia del medio de pago bancarizado protege a ambas partes y cumple las reglas tributarias.
Costo aproximado
Suma los honorarios notariales, que dependen del valor del inmueble, y los derechos registrales de SUNARP. Considera el impuesto de alcabala a cargo del comprador y, si corresponde, el impuesto a la renta de segunda categoría a cargo del vendedor. El total varía bastante según el precio del bien, por lo que conviene pedir una liquidación previa en la notaría.
Base legal
- Art. 1529 del Código Civil: definición de la compraventa.
- Art. 949 del Código Civil: transferencia de propiedad inmueble por el solo acuerdo.
- Art. 2019 del Código Civil: actos inscribibles en el Registro de Predios.
- Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado: escrituras públicas.
Errores frecuentes
- Comprar sin revisar la partida registral ni las cargas del inmueble.
- Quedarse con la minuta sin elevarla a escritura pública ni inscribirla.
- No bancarizar el pago y perder respaldo frente a SUNAT.
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Si financias la compra con un préstamo garantizado revisa la escritura de mutuo dinerario con interés. Para pagar una deuda entregando el inmueble revisa la escritura de dación en pago.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura pública de compraventa de inmueble
¿El modelo de escritura pública de compraventa de inmueble es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-publica-de-compraventa-de-inmueble/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de escritura pública de compraventa de inmueble sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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