Escritura Pública de Aceptación del Cargo de Albacea Sustituto Designado en el Testamento
Escritura pública de aceptación del cargo de albacea sustituto, designado en el testamento para el caso de falta del albacea titular, conforme al artículo 794 del Código Civil.
Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ESCRITURA PÚBLICA DE ACEPTACIÓN DEL CARGO DE ALBACEA SUSTITUTO SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de ACEPTACIÓN DE CARGO DE ALBACEA SUSTITUTO, que otorga don(ña) [ALBACEA_SUSTITUTO], identificado(a) con DNI N° [DNI_ALBACEA], con domicilio en [DOMICILIO_ALBACEA], de nacionalidad peruana, mayor de edad, en los términos siguientes: ANTECEDENTES PRIMERO.- Don(ña) [CAUSANTE], con último domicilio en [DOMICILIO_CAUSANTE], falleció el [FECHA_DEFUNCION], habiendo otorgado Testamento [PUBLICO_O_CERRADO] con fecha [FECHA_TESTAMENTO] ante el Notario [NOTARIO_TESTAMENTO] de la provincia de [CIUDAD_TESTAMENTO], inscrito en el Registro de Testamentos con Partida N° [PARTIDA_TESTAMENTO]. SEGUNDO.- En la cláusula [NUMERO_CLAUSULA] del citado testamento, el causante designó como albacea titular a don(ña) [ALBACEA_TITULAR] y, para el caso de renuncia, incapacidad, muerte o falta de aceptación de este, designó como albacea sustituto a EL OTORGANTE, conforme a la facultad que confiere el artículo 794 del Código Civil. TERCERO.- Se deja constancia de que el albacea titular, don(ña) [ALBACEA_TITULAR], [MOTIVO_DE_LA_FALTA], según [DOCUMENTO_SUSTENTATORIO], lo que habilita el ingreso del albacea sustituto en el ejercicio del cargo. ACEPTACIÓN DEL CARGO CUARTO.- Por el presente instrumento, EL OTORGANTE ACEPTA expresamente el cargo de albacea sustituto de la sucesión de [CAUSANTE], comprometiéndose a ejercerlo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 787 al 813 del Código Civil, particularmente en cuanto a la custodia y administración de los bienes hereditarios, el pago de deudas y cargas de la herencia, y el cumplimiento de las disposiciones testamentarias. QUINTO.- EL OTORGANTE declara conocer que el ejercicio del albaceazgo es indelegable en lo sustancial, que debe rendir cuentas de su gestión conforme al artículo 795 del Código Civil, y que el cargo tiene una duración de dos (2) años prorrogables por el juez a pedido de parte, conforme al artículo 796 del mismo cuerpo normativo. SEXTO.- EL OTORGANTE se compromete a formar el inventario de los bienes hereditarios dentro del plazo de ley y a rendir cuentas documentadas de su gestión al término del albaceazgo o cuando los herederos lo requieran fundadamente. SÉTIMO.- Los honorarios del albacea, de haberse pactado o de fijarse judicialmente, se sujetarán a lo dispuesto en el testamento o, en su defecto, a lo que determine el juez atendiendo a la importancia de los bienes y el trabajo realizado. Agregue usted, señor Notario, las cláusulas de estilo y sírvase cursar los partes al Registro de Testamentos y al Registro de Sucesiones para su inscripción y anotación correspondiente. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO] _______________________ EL ALBACEA SUSTITUTO [ALBACEA_SUSTITUTO] DNI [DNI_ALBACEA]
Cuándo usar este modelo
Usa esta escritura cuando el testador designó en su testamento no solo a un albacea titular, sino también a un albacea sustituto para el caso de que el primero renuncie, fallezca o esté impedido de asumir el cargo. El artículo 794 del Código Civil permite expresamente esta previsión, y este modelo formaliza la aceptación del cargo por parte de quien ingresa como reemplazante, dejando constancia de por qué el titular no puede ejercer sus funciones.
Qué datos necesitas
Necesitas los datos del testamento (fecha, notario, partida registral), la cláusula exacta donde se designó al albacea sustituto, los datos completos de este último, y el documento que acredita la falta del albacea titular: puede ser su renuncia, partida de defunción o una resolución que declare su incapacidad. También conviene tener el inventario preliminar de bienes de la sucesión si ya se ha elaborado.
Paso a paso
- Verifica en el testamento que exista designación expresa de albacea sustituto.
- Reúne el documento que acredita la ausencia o falta del albacea titular.
- Redacta la minuta de aceptación del cargo con los compromisos del albacea sustituto.
- Firma la escritura pública ante notario.
- Solicita la inscripción en el Registro de Testamentos y de Sucesiones.
Errores comunes
Un error habitual es que el albacea sustituto empiece a actuar sin haber aceptado formalmente el cargo, lo que puede generar cuestionamientos sobre la validez de sus actos. Otro error es no acreditar documentalmente por qué el titular no puede ejercer el cargo, dejando la sustitución sin sustento legal claro frente a los demás herederos.
Preguntas frecuentes
¿El albacea sustituto tiene las mismas facultades que el titular? Sí, una vez que acepta el cargo asume las mismas obligaciones y facultades previstas en los artículos 787 al 813 del Código Civil.
¿Puede renunciar también el albacea sustituto? Sí, puede renunciar por causa justificada, quedando la sucesión sujeta a las reglas generales sobre falta de albacea.
¿Cuánto dura el cargo? Por regla general dos años, prorrogables por decisión judicial a solicitud de parte interesada.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura pública de aceptación del cargo de albacea sustituto designado en el testamento
¿El modelo de escritura pública de aceptación del cargo de albacea sustituto designado en el testamento es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-publica-de-aceptacion-del-cargo-de-albacea-sustituto-designado-en-el-testamento/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de escritura pública de aceptación del cargo de albacea sustituto designado en el testamento sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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