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Familia

Escritura Pública de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarias

Modelo de minuta para elevar a escritura pública la cesión, onerosa o gratuita, de la cuota hereditaria de un heredero a favor de un coheredero o tercero, conforme al Art. 660 y a los Arts. 1206 a 1211 del Código Civil.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESCRITURA PÚBLICA DE CESIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES HEREDITARIAS

MINUTA QUE DEBE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

SEÑOR NOTARIO DE [CIUDAD]:

Sírvase extender en su registro una escritura pública de CESIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES HEREDITARIAS que celebran, de una parte, [NOMBRE_CEDENTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_CEDENTE], con domicilio en [DOMICILIO_CEDENTE], a quien se denominará EL CEDENTE; y de la otra parte, [NOMBRE_CESIONARIO], identificado(a) con DNI N° [DNI_CESIONARIO], con domicilio en [DOMICILIO_CESIONARIO], a quien se denominará EL CESIONARIO, en los términos siguientes:

PRIMERA. ANTECEDENTES
Con fecha [FECHA_FALLECIMIENTO] falleció [NOMBRE_CAUSANTE], causante de la sucesión. EL CEDENTE tiene la calidad de heredero(a) según [SUCESION_INTESTADA_O_TESTAMENTO], inscrita en la Partida N° [PARTIDA_SUCESION] del Registro de Sucesiones de la SUNARP. Conforme al artículo 660 del Código Civil, desde el momento de la muerte del causante los derechos hereditarios se transmiten a los sucesores.

SEGUNDA. OBJETO DE LA CESIÓN
EL CEDENTE cede y transfiere a EL CESIONARIO la totalidad (o la cuota de [FRACCION]) de los derechos y acciones que le corresponden en la masa hereditaria de [NOMBRE_CAUSANTE], sin individualizar bienes determinados, sino en su condición de cuota ideal de la herencia indivisa.

TERCERA. PRECIO O GRATUIDAD
La presente cesión es a título [ONEROSO_O_GRATUITO]. En caso de ser onerosa, el precio pactado asciende a S/ [PRECIO], que EL CEDENTE declara recibir mediante [FORMA_DE_PAGO], otorgando la cancelación correspondiente.

CUARTA. ALCANCES Y GARANTÍA
EL CEDENTE garantiza su condición de heredero y la existencia de la cuota cedida, conforme a los artículos 1206 y siguientes del Código Civil. La cesión comprende los frutos y accesorios de la cuota, salvo pacto distinto. EL CESIONARIO se subroga en la posición de EL CEDENTE en el proceso de partición.

QUINTA. DECLARACIONES
Las partes declaran que la cesión no afecta la legítima de otros herederos forzosos ni derechos de terceros, y que asumen las obligaciones tributarias que correspondan.

BASE LEGAL
- Artículo 660 del Código Civil: transmisión sucesoria desde la muerte del causante.
- Artículos 1206 a 1211 del Código Civil: cesión de derechos, su formalidad y garantías.
- Artículo 2010 y siguientes del Código Civil: inscripción registral del acto.

Agregue usted, señor notario, la introducción y conclusión de ley, y curse los partes a la SUNARP.

[LUGAR], [FECHA].

_______________________________          _______________________________
EL CEDENTE [NOMBRE_CEDENTE]                 EL CESIONARIO [NOMBRE_CESIONARIO]
DNI N° [DNI_CEDENTE]                         DNI N° [DNI_CESIONARIO]

Cuándo usar este modelo

Usa este modelo cuando un heredero quiere transferir su cuota en la herencia a un coheredero o a un tercero, sin repartir todavía bienes concretos. Desde la muerte del causante los derechos hereditarios se transmiten a los sucesores (artículo 660 del Código Civil), y esa cuota ideal puede cederse conforme a las reglas de la cesión de derechos de los artículos 1206 a 1211. La cesión puede ser onerosa o gratuita, y se formaliza por escritura pública para su inscripción registral.

Qué datos necesitas

  • Datos y DNI del cedente (heredero) y del cesionario (coheredero o tercero).
  • Nombre del causante y fecha de fallecimiento.
  • Partida de la sucesión intestada o del testamento inscrito en la SUNARP.
  • La cuota o fracción de la herencia que se cede.
  • El precio pactado, si la cesión es onerosa, y la forma de pago.

Paso a paso

  1. Acredita tu condición de heredero con la sucesión intestada o el testamento inscrito.
  2. Define si la cesión es total o parcial y si es onerosa o gratuita.
  3. Redacta la minuta identificando la cuota ideal, sin individualizar bienes concretos.
  4. Firma la escritura pública ante notario, quien cursará el parte a la SUNARP.
  5. El cesionario se subroga en tu posición para la posterior partición.

Errores comunes

  • Ceder bienes determinados cuando aún no hay partición: se cede la cuota ideal, no un bien.
  • Formalizar la cesión sin escritura pública, lo que impide su inscripción registral.
  • Afectar la legítima de otros herederos forzosos o derechos de terceros.
  • Olvidar las obligaciones tributarias que puede generar la transferencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ceder mi herencia a un extraño? Sí, puedes cederla a un coheredero o a un tercero; conviene revisar si otros coherederos tienen interés en adquirir la cuota antes que un extraño.

¿Qué garantiza el cedente? Conforme a los artículos 1206 y siguientes, garantiza su calidad de heredero y la existencia de la cuota cedida, salvo pacto distinto.

¿La cesión reemplaza a la partición? No. La cesión transfiere la cuota; la partición posterior determinará qué bienes concretos recibe el cesionario.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura pública de cesión de derechos y acciones hereditarias

¿El modelo de escritura pública de cesión de derechos y acciones hereditarias es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-publica-de-cesion-de-derechos-y-acciones-hereditarias/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de escritura pública de cesión de derechos y acciones hereditarias sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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