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Notarial

Escritura Pública de Transacción Extrajudicial sobre Derechos Sucesorios Litigiosos entre Coherederos

Escritura pública de transacción extrajudicial que pone fin a una controversia entre coherederos sobre derechos sucesorios, conforme a los artículos 1302 y 1305 del Código Civil.

Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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MINUTA DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL SOBRE DERECHOS SUCESORIOS LITIGIOSOS

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL, que celebran don(ña) [COHEREDERO_1], identificado(a) con DNI N° [DNI_1], y don(ña) [COHEREDERO_2], identificado(a) con DNI N° [DNI_2], ambos con domicilio en [DOMICILIOS], en su calidad de coherederos de la sucesión de [CAUSANTE], en los términos siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Don(ña) [CAUSANTE] falleció el [FECHA_DEFUNCION], dejando como herederos, entre otros, a las partes intervinientes, conforme a la Declaratoria de Herederos/Testamento inscrito en la Partida N° [PARTIDA_SUCESORIA] del Registro de Sucesiones de [CIUDAD], integrando la masa hereditaria, entre otros bienes, el inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], inscrito en la Partida N° [PARTIDA_INMUEBLE] del Registro de Predios.

SEGUNDO.- Entre las partes existe una controversia relativa a [DESCRIPCION_DE_LA_CONTROVERSIA], habiéndose iniciado/estando por iniciarse el proceso judicial signado con el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE] ante el [JUZGADO] de [CIUDAD].

OBJETO DE LA TRANSACCIÓN

TERCERO.- Con la finalidad de dar por concluida definitivamente la controversia antes descrita, evitando o poniendo fin al litigio, las partes acuerdan, mediante concesiones recíprocas conforme al artículo 1302 del Código Civil, lo siguiente: [TERMINOS_DEL_ACUERDO].

CUARTO.- En virtud del presente acuerdo, don(ña) [COHEREDERO_1] recibe en propiedad exclusiva [BIEN_O_PORCENTAJE_ASIGNADO_1], mientras que don(ña) [COHEREDERO_2] recibe [BIEN_O_PORCENTAJE_ASIGNADO_2], quedando ambas partes recíprocamente desinteresadas respecto de cualquier otra pretensión relacionada con la controversia transigida.

QUINTO.- Conforme a los artículos 1302 y 1305 del Código Civil, al recaer la presente transacción sobre derechos relativos a un bien inmueble, las partes formalizan el acuerdo mediante escritura pública, con calidad de cosa juzgada entre ellas respecto de los extremos transigidos.

SEXTO.- Las partes se comprometen a desistirse del proceso judicial en trámite, de ser el caso, dentro de los [PLAZO] días siguientes a la suscripción de la presente escritura, remitiendo copia certificada de la misma al juzgado correspondiente.

GASTOS

SÉTIMO.- Los gastos notariales y registrales serán asumidos [DISTRIBUCION_DE_GASTOS].

Agregue usted, señor Notario, las cláusulas de estilo y sírvase cursar los partes al Registro de Predios y al Registro de Sucesiones para su inscripción.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]

_______________________ _______________________
[COHEREDERO_1] [COHEREDERO_2]
DNI [DNI_1] DNI [DNI_2]

Cuándo usar este modelo

Este modelo sirve cuando existe una disputa concreta entre coherederos sobre derechos hereditarios, ya sea judicializada o a punto de judicializarse, y las partes prefieren resolverla mediante concesiones recíprocas en lugar de esperar una sentencia. Se diferencia de la partición extrajudicial pacífica porque aquí ya existe una controversia planteada que se busca zanjar definitivamente.

Qué datos necesitas

Necesitas los datos de la sucesión y del inmueble en disputa, una descripción clara de la controversia, el número de expediente judicial si ya existe uno, y el detalle de las concesiones que cada parte está dispuesta a hacer para llegar al acuerdo.

Paso a paso

  • Identifica con claridad el punto de la controversia entre los coherederos.
  • Negocia las concesiones recíprocas que pondrán fin al conflicto.
  • Redacta la minuta de transacción con los términos acordados.
  • Formaliza el acuerdo mediante escritura pública.
  • Si existe proceso judicial en trámite, presenta el desistimiento correspondiente.

Errores comunes

Un error frecuente es redactar la transacción en documento privado cuando el acuerdo recae sobre un inmueble, lo que la ley exige formalizar en escritura pública. También se olvida comunicar el acuerdo al juzgado donde se tramita el proceso, dejando el litigio formalmente abierto pese al acuerdo alcanzado.

Preguntas frecuentes

¿La transacción tiene valor de cosa juzgada? Sí, conforme al Código Civil, tiene el mismo valor que una sentencia firme respecto de lo transigido.

¿Puedo transigir solo una parte de la herencia? Sí, la transacción puede limitarse al punto específico en disputa, sin afectar el resto de la sucesión.

¿Qué pasa si una parte incumple lo acordado? Se puede exigir su cumplimiento judicialmente, como cualquier obligación contractual.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura pública de transacción extrajudicial sobre derechos sucesorios litigiosos entre coherederos

¿El modelo de escritura pública de transacción extrajudicial sobre derechos sucesorios litigiosos entre coherederos es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-publica-de-transaccion-extrajudicial-sobre-derechos-sucesorios-litigiosos-entre-coherederos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de escritura pública de transacción extrajudicial sobre derechos sucesorios litigiosos entre coherederos sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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