Plan de Refinanciación de Acuerdo Global de Refinanciamiento Concursal Preventivo
Modelo de Acuerdo Global de Refinanciación para el Procedimiento Concursal Preventivo con cronograma e intereses, conforme a los Arts. 105, 106 y 107 de la Ley 27809.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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PLAN DE REFINANCIACIÓN DE ACUERDO GLOBAL DE REFINANCIAMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO DEUDOR: [RAZON_SOCIAL_DEUDOR] RUC DEL DEUDOR: [RUC_DEUDOR] EXPEDIENTE INDECOPI: [NUMERO_EXPEDIENTE] PROCEDIMIENTO: CONCURSAL PREVENTIVO La Junta de Acreedores del deudor [RAZON_SOCIAL_DEUDOR], reunida el [FECHA_JUNTA], acuerda aprobar el presente Acuerdo Global de Refinanciación al amparo de los Arts. 105, 106 y 107 de la Ley 27809, Ley General del Sistema Concursal (LGSC). PRIMERA. OBJETO: El presente Acuerdo Global de Refinanciación tiene por objeto refinanciar las obligaciones del deudor comprendidas en el procedimiento concursal preventivo, a fin de permitir el pago ordenado de los créditos reconocidos y superar la situación de iliquidez del deudor. SEGUNDA. CRÉDITOS COMPRENDIDOS: Quedan comprendidos todos los créditos reconocidos por la Comisión a la fecha de aprobación, según el siguiente resumen: Créditos laborales (primer orden): S/ [MONTO_CREDITOS_LABORALES]. Créditos con garantía real (segundo orden): S/ [MONTO_CREDITOS_GARANTIA]. Créditos tributarios: S/ [MONTO_CREDITOS_TRIBUTARIOS]. Créditos comunes: S/ [MONTO_CREDITOS_COMUNES]. Total de créditos refinanciados: S/ [MONTO_TOTAL_CREDITOS]. TERCERA. CRONOGRAMA DE PAGOS: Conforme al Art. 106 de la Ley 27809, el Acuerdo contiene un cronograma de pagos. Bajo sanción de nulidad, al menos el treinta por ciento (30%) de los fondos o recursos anuales destinados al pago de créditos se asigna en partes iguales al pago de las obligaciones laborales de primer orden de preferencia. El cronograma de pagos es el siguiente: Año 1: S/ [MONTO_ANIO_1], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO_1]. Año 2: S/ [MONTO_ANIO_2], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO_2]. Año 3: S/ [MONTO_ANIO_3], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO_3]. [CUOTAS_ADICIONALES]. CUARTA. TASA DE INTERÉS: La tasa de interés aplicable a los créditos refinanciados es de [TASA_INTERES]% [PERIODICIDAD_INTERES], conforme a lo previsto en el Art. 106 de la Ley 27809. QUINTA. GARANTÍAS: El deudor ofrece como garantía de cumplimiento [DESCRIPCION_GARANTIAS_OFRECIDAS], las que se constituirán conforme a ley dentro del plazo de [PLAZO_CONSTITUCION_GARANTIAS]. SEXTA. EFECTOS DE LA APROBACIÓN: De acuerdo con el Art. 106 de la Ley 27809, la aprobación o desaprobación del Acuerdo Global de Refinanciación determina la conclusión del procedimiento concursal preventivo, salvo el caso de excepción previsto en la propia ley. SÉTIMA. INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento del cronograma de pagos por el deudor faculta a la Junta a adoptar las medidas previstas en la Ley 27809, incluyendo la solicitud de inicio del procedimiento concursal ordinario, conforme al Art. 107 de la Ley 27809. OCTAVA. SUPERVISIÓN: La Junta designa como supervisor del cumplimiento del Acuerdo a [NOMBRE_SUPERVISOR], quien informará periódicamente sobre el estado de los pagos. Aprobado por la Junta de Acreedores con el voto favorable de acreedores que representan el [PORCENTAJE_APROBACION]% de los créditos reconocidos. [CIUDAD], [FECHA_APROBACION] ___________________________________ Presidente de la Junta de Acreedores Nombre: [NOMBRE_PRESIDENTE] DNI: [DNI_PRESIDENTE] ___________________________________ Representante del deudor Nombre: [NOMBRE_REPRESENTANTE_DEUDOR] DNI: [DNI_REPRESENTANTE_DEUDOR] Nota legal: modelo referencial de uso libre. Ajusta porcentajes, plazos y montos a tu caso y valida el texto vigente de la Ley 27809 con un abogado.
Cuándo usar este modelo
Este modelo se usa en el Procedimiento Concursal Preventivo, cuando el deudor y sus acreedores acuerdan un Acuerdo Global de Refinanciación para reprogramar el pago de las obligaciones antes de que la crisis se agrave. Los artículos 105, 106 y 107 de la Ley 27809 (LGSC) regulan el contenido, la aprobación y los efectos de este acuerdo. El plan fija el cronograma de pagos, los plazos de gracia, las tasas de interés y las garantías, evitando llegar a la liquidación.
Se emplea cuando la empresa es viable pero atraviesa problemas de liquidez y busca ordenar su deuda de forma preventiva, con el respaldo de la Junta de Acreedores. Es una herramienta de reestructuración temprana, menos gravosa que el concurso ordinario.
Qué datos necesitas
- Razón social y RUC del deudor y número de expediente de INDECOPI.
- Relación de créditos reconocidos por acreedor y orden de preferencia.
- Cronograma de pagos con fechas, montos y plazos de gracia.
- Tasa de interés aplicable y garantías ofrecidas.
- Fecha de la junta que aprueba el acuerdo global.
Paso a paso
- El deudor formula una propuesta de refinanciación con proyecciones de pago realistas.
- Detalla el cronograma por acreedor respetando el orden de preferencia.
- Fija tasas de interés, plazos de gracia y garantías del cumplimiento.
- Somete el acuerdo global a la Junta de Acreedores para su aprobación.
- Aprobado con las mayorías del artículo 106, el acuerdo obliga a todos los acreedores comprendidos.
Errores comunes
- Proponer un cronograma irrealista que la empresa no podrá cumplir.
- No respetar el orden de preferencia de los créditos en el pago.
- Omitir las garantías o el interés, restando fuerza al acuerdo.
- Aprobar el acuerdo sin las mayorías que exige la LGSC, exponiéndolo a impugnación.
Preguntas frecuentes
¿En qué se diferencia del Plan de Reestructuración? El Acuerdo Global de Refinanciación es propio del procedimiento preventivo y se centra en reprogramar la deuda; el Plan de Reestructuración pertenece al concurso ordinario y puede implicar una reorganización más profunda.
¿El acuerdo obliga a los acreedores que votaron en contra? Sí. Aprobado con las mayorías legales, el acuerdo global vincula a todos los acreedores comprendidos, incluso a los disidentes.
¿Qué pasa si el deudor incumple el cronograma? El incumplimiento puede derivar en la ejecución de garantías y en el paso a un procedimiento concursal ordinario con eventual liquidación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de plan de refinanciación de acuerdo global de refinanciamiento concursal preventivo
¿El modelo de plan de refinanciación de acuerdo global de refinanciamiento concursal preventivo es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/plan-de-refinanciacion-de-acuerdo-global-de-refinanciamiento-concursal-preventivo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de plan de refinanciación de acuerdo global de refinanciamiento concursal preventivo sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Solicitud de Procedimiento Concursal Preventivo
Escrito del deudor que anticipa una crisis para acogerse al Procedimiento Concursal Preventivo ante INDECOPI, conforme al Art. 103 de la Ley 27809, sin estar incurso en los supuestos del Art. 24.
Plan de Reestructuración Patrimonial Concursal
Documento que contiene el Plan de Reestructuración aprobado por la Junta de Acreedores para la recuperación del deudor en concurso, conforme a los Arts. 60 a 66 de la Ley 27809.
Solicitud de Procedimiento Concursal Ordinario
Solicitud de inicio de procedimiento de insolvencia ante INDECOPI. Ley 27809 Ley General del Sistema Concursal. Art. 24-26.
Solicitud de Ingreso al Procedimiento Concursal
Solicitud ante INDECOPI para acogerse al procedimiento concursal ordinario. Arts. 24-26 de la Ley General del Sistema Concursal (Ley 27809).
Solicitud de Acogimiento a Procedimiento Concursal Ordinario
Escrito del deudor para iniciar el Procedimiento Concursal Ordinario ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI, conforme a los Arts. 24 y 25 de la Ley 27809.
Convenio de Liquidación Concursal
Convenio que regula la disolución y liquidación del patrimonio del deudor en concurso, suscrito entre la Junta de Acreedores y la entidad liquidadora, conforme a los Arts. 74 a 83 de la Ley 27809.
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