Poder Notarial para Retiro Extraordinario de Fondos de AFP
Poder especial notarial para que un tercero tramite y cobre en nombre del afiliado el retiro extraordinario de fondos de su cuenta individual de capitalización ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones, al amparo de las leyes especiales de retiro extraordinario y del marco general del Sistema Privado de Pensiones.
Actualizado al 26 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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PODER NOTARIAL PARA RETIRO EXTRAORDINARIO DE FONDOS DE AFP Por el presente documento, yo, [NOMBRE_DEL_AFILIADO_PODERDANTE], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_PODERDANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_PODERDANTE], afiliado(a) al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones con Código Único de Identificación del Sistema Privado de Pensiones (CUSPP) N.° [NUMERO_DE_CUSPP] en la Administradora Privada de Fondos de Pensiones [RAZON_SOCIAL_DE_LA_AFP], otorgo PODER ESPECIAL a favor de [NOMBRE_DEL_APODERADO], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_APODERADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_APODERADO], para que, en mi nombre y representación, realice los siguientes actos: PRIMERO.- Presentar ante [RAZON_SOCIAL_DE_LA_AFP] la solicitud de retiro extraordinario de fondos de mi cuenta individual de capitalización, al amparo de [LEY_DE_RETIRO_EXTRAORDINARIO_APLICABLE] y, en lo no previsto por dicha norma especial, del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N.° 054-97-EF, así como su reglamento. SEGUNDO.- Suscribir los formularios, declaraciones juradas y demás documentos que la AFP y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) exijan para la tramitación de la solicitud de retiro, incluyendo la elección de la modalidad de desembolso (abono en cuenta o giro). TERCERO.- Cobrar, recibir y/o disponer del monto que se le abone o gire por concepto del retiro extraordinario autorizado, otorgando los recibos y constancias de cancelación que correspondan, así como consultar el estado del trámite ante la AFP. CUARTO.- El presente poder no faculta al apoderado a realizar traspasos de AFP, retiros distintos al expresamente autorizado en esta cláusula, ni a modificar el tipo de fondo de mi cuenta individual, y se otorga por el plazo de [PLAZO_DE_VIGENCIA_DEL_PODER]. En señal de conformidad, firmo el presente poder en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. _________________________ [NOMBRE_DEL_AFILIADO_PODERDANTE] DNI N.° [DNI_DEL_PODERDANTE]
Cuándo usar este modelo
Usa este poder cuando el Congreso haya autorizado un retiro extraordinario de fondos de las AFP y no puedas realizar personalmente el trámite ante tu administradora, por viaje, enfermedad o cualquier otro motivo. Es distinto del poder para retirar CTS y depósitos laborales, ya que aquel corresponde a un fondo distinto (el depósito de compensación por tiempo de servicios en una entidad bancaria), mientras que este poder se refiere específicamente a la cuenta individual de capitalización que administra la AFP.
Qué datos necesitas
Necesitas tu Código Único de Identificación del Sistema Privado de Pensiones (CUSPP), el nombre de tu AFP, los datos completos del apoderado, y la identificación de la ley específica de retiro extraordinario vigente al momento del trámite, ya que estas leyes se dictan de forma puntual y cambian sus plazos y porcentajes de retiro en cada oportunidad.
Paso a paso
1) Verifica la ley de retiro extraordinario vigente y sus plazos de solicitud. 2) Completa el poder señalando expresamente esa norma y los datos de tu AFP. 3) Legaliza el poder ante notario. 4) El apoderado presenta la solicitud de retiro ante la AFP dentro del plazo legal, eligiendo la modalidad de desembolso. 5) El apoderado cobra o verifica el abono del monto autorizado y te entrega la constancia correspondiente.
Errores comunes
Un error frecuente es redactar el poder sin identificar la ley de retiro aplicable, lo que puede generar observaciones de la AFP al no precisarse el sustento legal del trámite. Otro error es confundir este poder con uno para el retiro de CTS, que corresponde a un fondo distinto y a una entidad distinta (banco, no AFP). También conviene no dejar vencer el plazo legal de presentación de la solicitud, pues estas leyes suelen tener ventanas de tiempo limitadas.
Preguntas frecuentes
¿Este poder sirve para cualquier retiro extraordinario futuro? Conviene precisar la ley vigente al momento del otorgamiento, ya que cada retiro extraordinario se aprueba mediante una norma específica con sus propios plazos y condiciones.
¿Puedo autorizar también el cambio de tipo de fondo con este poder? No; este poder se limita al trámite del retiro extraordinario autorizado, por lo que un cambio de tipo de fondo requeriría facultades adicionales expresas.
¿Qué pasa si la AFP observa el poder? Debes verificar los requisitos formales exigidos por la AFP y la SBS al momento del trámite, pudiendo requerirse la elevación del poder a escritura pública según el monto o la modalidad del retiro.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder notarial para retiro extraordinario de fondos de afp
¿El modelo de poder notarial para retiro extraordinario de fondos de afp es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-notarial-para-retiro-extraordinario-de-fondos-de-afp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de poder notarial para retiro extraordinario de fondos de afp sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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