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Poderes

Poder por Escritura Pública para Venta de Vehículo

Minuta de poder por escritura pública para que un apoderado venda y transfiera un vehículo, con facultad expresa de disposición conforme al art. 156 del Código Civil, el Decreto Legislativo 1049 y el Reglamento del Registro de Propiedad Vehicular.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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MINUTA DE PODER POR ESCRITURA PÚBLICA PARA VENTA DE VEHÍCULO

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su registro de escrituras públicas una de otorgamiento de poder especial, que confiere [NOMBRE_PODERDANTE], identificado con DNI [DNI_PODERDANTE], de estado civil [ESTADO_CIVIL_PODERDANTE], con domicilio en [DIRECCION_PODERDANTE], a quien se denominará el PODERDANTE, a favor de [NOMBRE_APODERADO], identificado con DNI [DNI_APODERADO], con domicilio en [DIRECCION_APODERADO], a quien se denominará el APODERADO, en los términos siguientes.

PRIMERA: TITULARIDAD DEL VEHÍCULO
El poderdante es propietario del vehículo de placa de rodaje [PLACA_VEHICULO], marca [MARCA_VEHICULO], modelo [MODELO_VEHICULO], año [ANIO_VEHICULO], con número de serie [NUMERO_SERIE] y número de motor [NUMERO_MOTOR], inscrito en la Partida N° [NUMERO_PARTIDA] del Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP.

SEGUNDA: OBJETO Y FACULTAD DE DISPOSICIÓN
El poderdante confiere al apoderado poder especial para vender, transferir y enajenar el vehículo descrito, a título oneroso, por el precio y condiciones que el apoderado estime convenientes, otorgándole de manera expresa la facultad de disposición que exige el art. 156 del Código Civil para los actos de disposición o gravamen.

TERCERA: FACULTADES ESPECÍFICAS
El apoderado queda facultado para:
1. Negociar y fijar el precio de venta, recibir el precio y otorgar la cancelación correspondiente.
2. Suscribir la minuta y la escritura pública de compraventa vehicular, así como cualquier acta de entrega.
3. Realizar los trámites ante la SUNARP, notarías, municipalidades y SUNAT vinculados a la transferencia.
4. Suscribir declaraciones juradas y formularios necesarios para la inscripción de la transferencia.

CUARTA: ALCANCE Y LÍMITES
El presente poder es especial y se circunscribe a la venta del vehículo identificado. La facultad para disponer a título oneroso no podrá interpretarse de manera extensiva para disponer del bien a título gratuito, conforme al criterio del art. 156 del Código Civil.

QUINTA: VIGENCIA
El poder tiene vigencia de [PLAZO_VIGENCIA] contado desde la fecha de la escritura pública, salvo revocación anticipada inscrita en el registro correspondiente.

SEXTA: FORMALIDAD Y GASTOS
El poder se otorga por escritura pública conforme al Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado, y se inscribirá en el registro respectivo. Los gastos notariales y registrales son de cuenta de [PARTE_GASTOS], en concordancia con el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP.

Sírvase usted, señor notario, agregar la introducción y conclusión de ley, y cursar los partes para su inscripción.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_PODERDANTE]
DNI [DNI_PODERDANTE]

Cuándo usar este modelo

Usa esta minuta cuando quieres autorizar a otra persona para que venda y transfiera un vehículo en tu nombre. El artículo 156 del Código Civil exige que el poder para actos de disposición, como vender un bien, conste de forma indubitable y por escritura pública. Por eso, para que el apoderado pueda firmar el acta de transferencia e inscribirla en la SUNARP, el poder debe otorgarse mediante escritura pública ante notario, conforme al Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado. Es útil cuando el propietario está en el extranjero, no puede acudir a la notaría o prefiere delegar la venta a un tercero de confianza.

Qué datos necesitas

  • Datos del poderdante (propietario) con DNI, estado civil y domicilio.
  • Datos del apoderado con DNI y domicilio.
  • Identificación del vehículo: placa, marca, modelo, año, serie y motor.
  • Facultades expresas: vender, fijar precio, cobrar, firmar el acta de transferencia e inscribir.
  • Si el poderdante es casado y el vehículo es bien social, intervención del cónyuge.

Paso a paso

  1. Redacta la minuta con las facultades expresas de disposición del vehículo.
  2. Precisa el vehículo y el alcance del poder para evitar interpretaciones restrictivas.
  3. Firma la minuta con abogado y llévala al notario para elevarla a escritura pública.
  4. Inscribe el poder en el Registro de Mandatos y Poderes de la SUNARP.
  5. Entrega al apoderado el parte notarial para que actúe en la venta e inscripción.

Errores comunes

  • Usar una simple carta poder para vender; el artículo 156 exige escritura pública para actos de disposición.
  • Redactar facultades genéricas sin precisar la venta e inscripción del vehículo.
  • Omitir la intervención del cónyuge cuando el vehículo es bien social de la sociedad conyugal.
  • No inscribir el poder, lo que impide al apoderado actuar ante la SUNARP.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar una carta poder simple? No para vender. La venta es un acto de disposición y el Código Civil exige que el poder conste por escritura pública de forma indubitable.

¿Debe firmar mi cónyuge? Si el vehículo es bien social, sí; ambos cónyuges deben otorgar el poder o intervenir en la disposición del bien de la sociedad conyugal.

¿El poder caduca? Se extingue por revocación, renuncia del apoderado, muerte o por el plazo o condición que fijes; conviene revocarlo e inscribir la revocación cuando ya no lo necesites.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder por escritura pública para venta de vehículo

¿El modelo de poder por escritura pública para venta de vehículo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-por-escritura-publica-para-venta-de-vehiculo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de poder por escritura pública para venta de vehículo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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