Política de Divulgación Responsable de Vulnerabilidades (Bug Bounty) para Plataforma Tecnológica
Modelo de política que autoriza expresamente a investigadores de seguridad a probar una plataforma tecnológica dentro de reglas definidas, en el marco de la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, que exige que el acceso a sistemas sea autorizado.
Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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POLÍTICA DE DIVULGACIÓN RESPONSABLE DE VULNERABILIDADES (BUG BOUNTY) PARA PLATAFORMA TECNOLÓGICA Conste por el presente documento la POLÍTICA DE DIVULGACIÓN RESPONSABLE DE VULNERABILIDADES que [RAZON_SOCIAL_DE_LA_STARTUP], con RUC N° [RUC_DE_LA_STARTUP], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_STARTUP], en adelante LA EMPRESA, establece para regular la participación de investigadores de seguridad independientes, en adelante EL INVESTIGADOR, en la identificación y reporte de vulnerabilidades de su plataforma [NOMBRE_DE_LA_PLATAFORMA], conforme a los siguientes términos: PRIMERO.- OBJETO Y MARCO LEGAL Que, la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos, exige que el acceso a sistemas informáticos ajenos cuente con autorización, sancionando el acceso indebido a los mismos. En consecuencia, la presente política tiene por objeto autorizar expresamente, dentro de las reglas aquí establecidas, a EL INVESTIGADOR a realizar pruebas de seguridad sobre la plataforma de LA EMPRESA, con la finalidad de identificar y reportar vulnerabilidades de manera responsable, sin que ello configure un acceso no autorizado en los términos de dicha ley, a diferencia del contrato de servicios de ciberseguridad que LA EMPRESA suscribe con proveedores contratados de manera permanente. SEGUNDO.- ALCANCE AUTORIZADO Se autoriza a EL INVESTIGADOR a realizar pruebas de seguridad exclusivamente sobre los activos comprendidos en [LISTA_DE_DOMINIOS_O_SISTEMAS_EN_ALCANCE], quedando expresamente excluidos de esta autorización [LISTA_DE_SISTEMAS_EXCLUIDOS_SI_APLICA], así como cualquier prueba que implique ingeniería social, ataques de denegación de servicio, o acceso a datos personales de terceros más allá de lo estrictamente necesario para acreditar la vulnerabilidad. TERCERO.- REGLAS DE PARTICIPACIÓN EL INVESTIGADOR se obliga a: (i) no acceder, modificar ni exfiltrar datos que excedan lo necesario para demostrar la vulnerabilidad; (ii) no divulgar públicamente la vulnerabilidad hasta que LA EMPRESA la haya corregido o hasta el vencimiento del plazo de divulgación acordado en [PLAZO_DE_DIVULGACION_RESPONSABLE_EN_DIAS]; (iii) reportar la vulnerabilidad exclusivamente a través de [CANAL_OFICIAL_DE_REPORTE]; y (iv) actuar de buena fe, sin causar daño a los sistemas, usuarios o información de LA EMPRESA. CUARTO.- PROCESO DE REPORTE El reporte deberá incluir una descripción técnica de la vulnerabilidad, los pasos para reproducirla y su impacto potencial. LA EMPRESA confirmará la recepción del reporte dentro de [PLAZO_DE_CONFIRMACION_EN_DIAS] días hábiles y comunicará a EL INVESTIGADOR el estado de la evaluación y corrección conforme avance el proceso. QUINTO.- RECOMPENSAS LA EMPRESA podrá otorgar recompensas económicas o reconocimientos a EL INVESTIGADOR por vulnerabilidades válidas y reportadas conforme a la presente política, según la tabla de severidad y montos establecida en [TABLA_DE_RECOMPENSAS_SI_APLICA], quedando dicho otorgamiento sujeto a la evaluación exclusiva de LA EMPRESA. SEXTO.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD LA EMPRESA no iniciará acciones legales contra EL INVESTIGADOR que actúe de buena fe y dentro del alcance y las reglas establecidas en la presente política, en tanto dicho actuar se encuentra expresamente autorizado conforme a lo señalado en la cláusula primera. SÉTIMO.- CONFIDENCIALIDAD EL INVESTIGADOR se obliga a mantener en reserva la información sobre la vulnerabilidad reportada hasta su corrección, absteniéndose de compartirla con terceros no autorizados. OCTAVO.- LEY APLICABLE La presente política se rige por las leyes de la República del Perú, en especial por la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos. Fecha de última actualización: [FECHA_DE_ULTIMA_ACTUALIZACION]. _______________________________ [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL] LA EMPRESA
Cuándo usar este modelo
Usa esta política cuando tu plataforma tecnológica quiere invitar a investigadores de seguridad independientes a probar sus sistemas de forma controlada, para detectar vulnerabilidades antes de que sean explotadas maliciosamente. La Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos, exige que el acceso a sistemas informáticos sea autorizado; esta política otorga precisamente esa autorización expresa dentro de reglas claras. Es distinta del contrato de servicios de ciberseguridad con un proveedor contratado de forma permanente, porque aquí se trata de una convocatoria abierta a investigadores externos e independientes.
Qué datos necesitas
- El listado de dominios o sistemas que están dentro del alcance autorizado de pruebas.
- Los sistemas expresamente excluidos de las pruebas de seguridad.
- El canal oficial para recibir los reportes de vulnerabilidades.
- La tabla de recompensas o reconocimientos, si la plataforma decide ofrecerlos.
Paso a paso
- Define con precisión qué sistemas están dentro y fuera del alcance autorizado de pruebas.
- Establece el canal oficial de reporte y el plazo de confirmación de recepción.
- Fija las reglas de divulgación responsable, incluyendo el plazo antes de una publicación pública.
- Decide si ofrecerás recompensas económicas y bajo qué tabla de severidad.
- Publica la política en un lugar accesible del sitio web o portal de seguridad de la plataforma.
Errores comunes
- No delimitar el alcance autorizado, dejando dudas sobre qué sistemas se pueden probar.
- Omitir el compromiso de no iniciar acciones legales contra quien actúe de buena fe dentro de las reglas.
- No fijar un canal oficial de reporte, generando que las vulnerabilidades se divulguen por canales inadecuados.
- No establecer un plazo de divulgación responsable antes de que el investigador pueda hacerla pública.
Preguntas frecuentes
¿Un investigador que sigue las reglas puede ser denunciado penalmente? No, en la medida en que actúe dentro del alcance y las reglas de la política, pues esta constituye la autorización que exige la Ley N° 30096.
¿Es obligatorio pagar recompensas económicas? No, algunas plataformas optan por reconocimientos públicos en lugar de pagos, siempre que lo comuniquen claramente en la política.
¿Qué pasa si alguien excede el alcance autorizado? Pierde la protección de la política y su conducta podría analizarse conforme a las reglas generales de la Ley N° 30096.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de política de divulgación responsable de vulnerabilidades (bug bounty) para plataforma tecnológica
¿El modelo de política de divulgación responsable de vulnerabilidades (bug bounty) para plataforma tecnológica es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/politica-de-divulgacion-responsable-de-vulnerabilidades-bug-bounty-para-plataforma-tecnologica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de política de divulgación responsable de vulnerabilidades (bug bounty) para plataforma tecnológica sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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