Queja ante el TRASU por No Elevación del Recurso de Apelación
Escrito de queja ante el TRASU de OSIPTEL cuando la empresa operadora no eleva tu recurso de apelación dentro del plazo legal, con base en la Resolución N° 047-2015-CD/OSIPTEL.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SEÑORES DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS DE USUARIOS (TRASU) DE OSIPTEL QUEJA POR NO ELEVACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN SUMILLA: INTERPONGO QUEJA CONTRA LA EMPRESA OPERADORA POR NO ELEVAR MI RECURSO DE APELACIÓN [NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N° [NUMERO_DNI], con domicilio en [DIRECCION], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], titular del servicio de [SERVICIO] asociado al número o suministro [NUMERO_LINEA] y al código de reclamo N° [NUMERO_RECLAMO]; ante ustedes con el debido respeto digo: I. PETITORIO Interpongo QUEJA contra la empresa operadora [NOMBRE_OPERADORA] a fin de que el TRASU ordene la inmediata elevación de mi recurso de apelación, disponga la continuación del procedimiento de reclamo y sancione la conducta obstructiva de la operadora, por vulnerarse mi derecho a la doble instancia administrativa. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Con fecha [FECHA_RECLAMO] presenté reclamo por [MATERIA_RECLAMO], que fue declarado INFUNDADO o IMPROCEDENTE mediante resolución de la operadora notificada el [FECHA_NOTIFICACION]. 2. Dentro del plazo de quince (15) días hábiles interpuse RECURSO DE APELACIÓN con fecha [FECHA_APELACION], conforme consta en el cargo N° [NUMERO_CARGO]. 3. Pese a ello, la empresa operadora no ha elevado el expediente al TRASU dentro del plazo, manteniendo indebidamente en suspenso la resolución de mi reclamo. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 047-2015-CD/OSIPTEL, que regula el recurso de apelación, la obligación de la empresa operadora de elevar el expediente al TRASU y la procedencia de la queja ante defectos de tramitación. - Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, y su Reglamento General. - Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en cuanto reconoce el derecho a procedimientos administrativos idóneos. IV. MEDIOS PROBATORIOS a) Copia del reclamo primigenio y de su código N° [NUMERO_RECLAMO]. b) Copia del cargo de presentación del recurso de apelación N° [NUMERO_CARGO]. c) Copia de la resolución de la operadora que resolvió mi reclamo. POR TANTO: Solicito al TRASU admitir la presente queja, requerir a la operadora la elevación del expediente y resolver conforme a ley. [CIUDAD], [FECHA] _____________________________ [NOMBRE_COMPLETO] DNI N° [NUMERO_DNI] Correo electrónico: [CORREO] — Teléfono: [TELEFONO_CONTACTO]
Cuándo usar este modelo
Usa esta queja cuando presentaste un recurso de apelación contra la respuesta de tu operadora (Movistar, Claro, Entel, Bitel u otra) y la empresa no elevó el expediente al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) dentro del plazo. La queja es el mecanismo previsto en el Reglamento de Reclamos para corregir defectos de tramitación: no elevar la apelación, no dar trámite al reclamo o dilatarlo indebidamente. No confundas la queja con la apelación: la apelación discute el fondo; la queja corrige el trámite.
Qué datos necesitas
- Código o número del reclamo primigenio y del recurso de apelación.
- Fecha y número de cargo de presentación de la apelación.
- Nombre de la empresa operadora y número de línea o suministro.
- Copia de la resolución que declaró infundado tu reclamo.
Paso a paso
- Completa tus datos personales y los del reclamo.
- Detalla las fechas del reclamo, de la resolución y de la apelación.
- Adjunta los cargos y copias como medios probatorios.
- Presenta la queja ante OSIPTEL por mesa de partes física o virtual.
- Conserva el cargo con el número de expediente asignado.
Errores comunes
- Enviar la queja a la operadora en lugar de a OSIPTEL o al TRASU.
- No adjuntar el cargo de la apelación, que es la prueba central.
- Confundir la queja con una nueva apelación de fondo.
- Dejar pasar el tiempo sin exigir la elevación del expediente.
Preguntas frecuentes
¿La queja tiene costo? No. El procedimiento de reclamos ante OSIPTEL es gratuito para el usuario.
¿Qué pasa si el TRASU declara fundada mi queja? Ordenará a la operadora elevar el expediente y continuar el trámite, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la conducta obstructiva.
¿Puedo presentarla de forma virtual? Sí, a través de la mesa de partes virtual de OSIPTEL, adjuntando tus documentos escaneados.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de queja ante el trasu por no elevación del recurso de apelación
¿El modelo de queja ante el trasu por no elevación del recurso de apelación es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/queja-ante-el-trasu-por-no-elevacion-del-recurso-de-apelacion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de queja ante el trasu por no elevación del recurso de apelación sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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