Recibo de Pago Parcial con Reserva de Cobro del Saldo
Recibo que acredita un pago parcial dejando expresa reserva del cobro del saldo, conforme a los artículos 1220, 1221 y 1230 del Código Civil. Plantilla Word editable.
Actualizado al 21 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECIBO DE PAGO PARCIAL CON RESERVA DE COBRO DEL SALDO Yo, [NOMBRE_ACREEDOR], identificado con DNI [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_ACREEDOR], en mi calidad de ACREEDOR, declaro y dejo constancia de lo siguiente: PRIMERO: DEUDA RECONOCIDA [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI [DNI_DEUDOR], mantiene conmigo una obligación por la suma total de S/ [MONTO_TOTAL] ([MONTO_TOTAL_LETRAS]), originada en [ORIGEN_DEUDA] de fecha [FECHA_ORIGEN]. SEGUNDO: PAGO PARCIAL RECIBIDO En la fecha he recibido de [NOMBRE_DEUDOR] la suma de S/ [MONTO_RECIBIDO] ([MONTO_RECIBIDO_LETRAS]), entregada mediante [MEDIO_PAGO], la cual aplico como pago parcial de la deuda señalada. TERCERO: ACEPTACIÓN VOLUNTARIA DEL PAGO PARCIAL Dejo constancia de que, conforme al artículo 1221 del Código Civil, no puede compelerse al acreedor a recibir parcialmente la prestación objeto de la obligación, a menos que la ley o el contrato lo autoricen. Acepto este pago parcial de manera voluntaria, sin que ello implique renuncia a mi derecho de cobrar el íntegro de la deuda. CUARTO: RESERVA EXPRESA DEL SALDO Conforme al artículo 1220 del Código Civil, el pago solo se entiende efectuado cuando se ha ejecutado íntegramente la prestación. En tal sentido, formulo reserva expresa del cobro del saldo pendiente, que asciende a S/ [MONTO_SALDO] ([MONTO_SALDO_LETRAS]). Este recibo no extingue la obligación ni constituye cancelación total. QUINTO: SALDO EXIGIBLE El saldo de S/ [MONTO_SALDO] continúa siendo exigible y deberá ser pagado por EL DEUDOR el día [FECHA_PAGO_SALDO]. Sobre dicho saldo se aplicarán los intereses pactados o, en su defecto, el interés legal, desde la fecha de exigibilidad. SEXTO: ENTREGA DEL RECIBO Conforme al artículo 1230 del Código Civil, el deudor tiene derecho a exigir recibo y puede retener el pago mientras no le sea entregado. Por ello, emito el presente recibo de pago parcial a favor de EL DEUDOR, dejando a salvo la reserva indicada. Suscribo el presente recibo en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________________ EL ACREEDOR [NOMBRE_ACREEDOR] DNI [DNI_ACREEDOR] Recibí conforme el presente recibo: _______________________________ EL DEUDOR [NOMBRE_DEUDOR] DNI [DNI_DEUDOR]
El recibo de pago parcial con reserva de cobro del saldo es el documento con el que un acreedor reconoce que recibió una parte del dinero que se le adeuda, dejando expresa constancia de que el resto sigue pendiente y que se reserva el derecho de cobrarlo. Es clave porque, sin esa reserva expresa, recibir un pago parcial o recibir un cheque o monto sin observaciones podría interpretarse como aceptación de un pago como cancelación total. Con este recibo aceptas el abono parcial pero blindas tu derecho a reclamar el saldo, con sus intereses y penalidades si las hubiera.
Quién lo emite y cuándo conviene usarlo
Lo emite y firma el acreedor (quien recibe el dinero) a favor del deudor (quien paga). Conviene usarlo cada vez que aceptas un abono que no cubre el total de la deuda: una cuota de un préstamo, un adelanto de una factura, un pago a cuenta de un alquiler atrasado o un abono parcial de una compraventa. Es especialmente importante cuando el deudor quiere que firmes un recibo genérico que diga solo cancelado, porque eso podría jugar en tu contra. Con la reserva expresa del saldo, el deudor no podrá alegar después que la deuda quedó extinguida.
Base legal
El pago se regula en los artículos 1220 al 1276 del Código Civil. El artículo 1220 CC define que el pago solo extingue la obligación cuando es íntegro. El artículo 1221 CC establece que el acreedor no puede ser obligado a recibir pagos parciales, salvo pacto en contrario, de modo que si los acepta puede hacerlo con reserva del saldo. El artículo 1233 CC precisa que la entrega de títulos valores (como cheques) solo extingue la obligación cuando han sido pagados, no por su sola entrega. El artículo 1229 CC dispone que la prueba del pago corresponde a quien lo invoca, por lo que el recibo es la constancia que protege a ambas partes.
Qué datos y documentos necesitas
- Identificación del acreedor (quien recibe) y del deudor (quien paga): nombres, DNI o RUC.
- El monto total de la deuda original y su origen (contrato, préstamo, factura).
- El monto exacto que se recibe en este pago parcial y la fecha.
- El saldo que queda pendiente, con la mención expresa de que el acreedor se reserva su cobro.
- La forma de pago (efectivo, transferencia, cheque) y, si es cheque, la salvedad de que se imputa solo al ser pagado.
- Intereses o penalidades pactadas que también se reservan, de ser el caso.
Cómo emitirlo paso a paso
- Calcula el saldo: deuda total menos lo recibido en este abono.
- Redacta el recibo indicando claramente el monto recibido, la fecha y la forma de pago.
- Incluye la frase de reserva: que aceptas el pago a cuenta y te reservas el derecho de cobrar el saldo pendiente más intereses.
- Si recibes un cheque, agrega que el pago se imputa solo cuando el cheque sea efectivamente cobrado.
- Firma el recibo y entrega una copia al deudor, conservando otra para ti.
- Guarda el documento junto con el contrato o título que sustenta la deuda total.
Errores comunes a evitar
- Firmar un recibo que diga cancelado o pago total cuando solo recibiste una parte.
- No mencionar el saldo pendiente ni la reserva expresa de cobrarlo.
- Aceptar un cheque sin aclarar que el pago surte efecto solo cuando se cobre.
- No precisar a qué deuda se imputa el abono cuando hay varias deudas con el mismo deudor.
Preguntas frecuentes
¿Si recibo un pago parcial pierdo el derecho al resto?
No, siempre que lo dejes claro. El artículo 1220 del Código Civil señala que la obligación solo se extingue con el pago íntegro. Al emitir un recibo que reconoce el abono parcial y reserva el cobro del saldo, mantienes intacto tu derecho a reclamar lo que falta.
¿Estoy obligado a aceptar pagos por partes?
No. El artículo 1221 del Código Civil dispone que el acreedor no puede ser compelido a recibir pagos parciales, salvo que se haya pactado lo contrario. Si decides aceptarlos por voluntad propia, conviene hacerlo siempre con reserva expresa del saldo.
Me pagaron con cheque, ¿ya quedó saldada esa parte?
Solo cuando el cheque se cobre. El artículo 1233 del Código Civil establece que la entrega de títulos valores no extingue la obligación, salvo que se hubiera pactado, y que esta queda extinguida cuando el título es efectivamente pagado. Por eso el recibo debe aclarar que el abono se imputa al cobrarse el cheque.
¿Este recibo me sirve como prueba si voy a juicio?
Sí. El artículo 1229 del Código Civil pone la prueba del pago en quien lo invoca. El recibo con reserva acredita exactamente cuánto se pagó y cuánto queda pendiente, lo que te permite demandar el saldo sin que el deudor alegue una cancelación total.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recibo de pago parcial con reserva de cobro del saldo
¿El modelo de recibo de pago parcial con reserva de cobro del saldo es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recibo-de-pago-parcial-con-reserva-de-cobro-del-saldo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recibo de pago parcial con reserva de cobro del saldo sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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