Reclamo por Préstamo o Contrato Suscrito con Firma Electrónica No Reconocida por el Titular
Carta de reclamo a una entidad financiera para desconocer un préstamo, tarjeta, seguro o contrato activado con una firma electrónica, clave u OTP que el titular no reconoce, trasladando a la entidad la carga de probar la contratación, con base en la Ley 27269, el artículo 141-A del Código Civil y la Res. SBS 3274-2017.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECLAMO POR DESCONOCIMIENTO DE FIRMA ELECTRÓNICA EN PRÉSTAMO O CONTRATO [CIUDAD], [FECHA] Señores [NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA] Área de Atención al Usuario / Oficial de Conducta de Mercado RUC N.° [NUMERO_RUC] Presente.- Referencia: Operación o contrato N.° [NUMERO_OPERACION] de fecha [FECHA_OPERACION] Yo, [NOMBRE_TITULAR], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio en [DIRECCION], correo [CORREO_ELECTRONICO] y teléfono [NUMERO_TELEFONO], presento formal RECLAMO por el desconocimiento de una firma electrónica que se me atribuye, conforme expongo: I. HECHOS 1. He tomado conocimiento de que a mi nombre figura [DESCRIPCION_OPERACION] (préstamo, tarjeta, seguro o contrato) por la suma de S/ [MONTO], supuestamente contratado el [FECHA_OPERACION] mediante firma electrónica, clave o código OTP. 2. DESCONOZCO dicha operación: no la solicité, no la autoricé ni ingresé voluntariamente clave o código alguno para su celebración. 3. Tomé conocimiento del hecho el [FECHA_CONOCIMIENTO] a través de [MEDIO_CONOCIMIENTO] (estado de cuenta, central de riesgo o cobranza). II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. La Ley N.° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su reglamento exigen que la firma electrónica sea atribuible de manera cierta a su titular y creada bajo su control exclusivo. 2. El artículo 141-A del Código Civil admite la manifestación de voluntad por medios electrónicos siempre que se cumplan los requisitos de autenticidad e integridad; en su defecto, la declaración no resulta oponible al supuesto firmante. 3. El Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS N.° 3274-2017, impone a la entidad la carga de acreditar la contratación y el consentimiento del usuario, así como de contar con mecanismos de autenticación seguros. 4. Corresponde a la entidad, y no al consumidor, probar que la firma electrónica es válidamente atribuible a mi persona. III. LO QUE SOLICITO 1. Que se DEJE SIN EFECTO la operación N.° [NUMERO_OPERACION] por no haber sido contratada por el titular. 2. La eliminación de todo cargo, interés o comisión derivado, y la exclusión del reporte en las centrales de riesgo. 3. Que se me entregue copia de la evidencia de contratación (registros de autenticación, logs, IP y trazabilidad del OTP) en la que la entidad sustenta la atribución de la firma. 4. Respuesta dentro del plazo previsto en la normativa de atención de reclamos. De no ser atendido, acudiré ante la Defensoría del Cliente Financiero, la SBS o el INDECOPI, sin perjuicio de la denuncia penal por eventual suplantación de identidad y fraude informático. Adjunto: copia de mi DNI, documentos que acreditan el desconocimiento y toda comunicación recibida. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_TITULAR] DNI N.° [NUMERO_DNI]
Cuando usar este modelo
Usa este reclamo cuando te aparece un préstamo, una tarjeta, un seguro o un contrato que nunca solicitaste, activado con una firma electrónica, clave o código OTP que no reconoces. La Ley 27269 exige que la firma electrónica sea atribuible de forma cierta a su titular; el artículo 141-A del Código Civil condiciona la validez a la autenticidad e integridad; y la Res. SBS 3274-2017 obliga a la entidad a probar la contratación. En otras palabras, es el banco quien debe demostrar que fuiste tú, no al revés.
Qué datos necesitas
- Tus datos personales y de contacto.
- Nombre de la entidad financiera y número de la operación.
- La fecha de la operación y el monto que se te atribuye.
- Cómo y cuándo te enteraste del cargo o contrato.
- Cualquier evidencia de que no lo autorizaste.
- Los reportes en centrales de riesgo que quieres levantar.
Paso a paso
- Reúne el estado de cuenta o la comunicación donde aparece la operación.
- Completa el reclamo desconociendo expresamente la firma electrónica.
- Exige que la entidad te entregue la evidencia de contratación (logs, IP, OTP).
- Pide dejar sin efecto la operación y excluir el reporte en centrales de riesgo.
- Presenta el reclamo por el canal formal de la entidad y guarda la constancia.
- Si no responde, escala a la Defensoría del Cliente Financiero, la SBS o el INDECOPI.
Errores comunes
- Asumir que debes probar tú que no firmaste: la carga es de la entidad.
- No pedir la evidencia técnica de la autenticación (IP, dispositivo, trazabilidad).
- Pagar el cargo para evitar el reporte, lo que puede leerse como aceptación.
- No denunciar penalmente la posible suplantación de identidad.
Preguntas frecuentes
¿Quién debe probar que yo firmé? La entidad financiera. Debe acreditar que la firma electrónica es atribuible a ti y que usó una autenticación segura.
¿Pueden reportarme en Infocorp por esta deuda? Puedes exigir la exclusión del reporte mientras se resuelve el desconocimiento de la operación.
¿Debo denunciar además ante la policía? Sí conviene, por eventual suplantación de identidad y fraude informático, en paralelo al reclamo.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reclamo por préstamo o contrato suscrito con firma electrónica no reconocida por el titular
¿El modelo de reclamo por préstamo o contrato suscrito con firma electrónica no reconocida por el titular es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reclamo-por-prestamo-o-contrato-suscrito-con-firma-electronica-no-reconocida-por-el-titular/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reclamo por préstamo o contrato suscrito con firma electrónica no reconocida por el titular sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Servicios de Firma Electrónica
Contrato para la provisión de una plataforma de firma electrónica con validez jurídica equivalente a la manuscrita, según Ley 27269 y su reglamento (D.S. 052-2008-PCM).
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Contrato de locación de servicios para freelance o trabajador independiente en Perú, conforme al Art. 1764 del Código Civil, sin subordinación ni vínculo laboral.
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Contrato de locación de servicios de community manager para gestión de redes sociales en Perú, conforme al Art. 1764 del Código Civil, sin vínculo laboral.
Contrato de Diseño Gráfico
Contrato de locación de servicios de diseño gráfico en Perú conforme al Art. 1764 del Código Civil, con cesión de derechos de autor sobre el diseño (Decreto Legislativo 822).
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