Recurso de Apelación ante el TRASS de SUNASS por Reclamo de Agua
Es el escrito que presentas cuando la empresa de agua declaró infundado tu reclamo por consumo elevado, para que el TRASS de SUNASS revise la decisión y la revoque. Tienes quince días hábiles desde la notificación para evitar que la deuda quede firme.
Actualizado al 14 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRASS DE SUNASS CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DECLARÓ INFUNDADO EL RECLAMO POR CONSUMO ELEVADO [CIUDAD], [FECHA] SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y ATENCIÓN DE RECLAMOS (TRASS) DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (SUNASS) Presente.- Yo, [NOMBRE_COMPLETO], identificado con DNI N.° [DNI], con domicilio real en [DOMICILIO] y domicilio electrónico en [CORREO_ELECTRÓNICO], usuario del suministro N.° [NÚMERO_SUMINISTRO] del inmueble ubicado en [DIRECCIÓN_INMUEBLE], en ejercicio de mi derecho de defensa, me presento y digo: I. EMPRESA PRESTADORA [NOMBRE_EPS], con RUC N.° [RUC_EPS], con domicilio en [DOMICILIO_EPS], es la empresa que emitió la resolución apelada. II. PETITORIO Interpongo recurso de apelación contra la Resolución N.° [NÚMERO_RESOLUCIÓN], notificada el [FECHA_NOTIFICACIÓN], que declaró infundado el reclamo N.° [NÚMERO_RECLAMO]. Pido que el TRASS revoque la resolución y declare fundado el reclamo, con la refacturación del periodo [PERIODO_FACTURADO] y la devolución de los S/ [MONTO_FACTURADO] cobrados en exceso. III. ANTECEDENTES 1. El [FECHA_RECLAMO] presenté ante [NOMBRE_EPS] el reclamo N.° [NÚMERO_RECLAMO] por consumo elevado del periodo [PERIODO_FACTURADO]. 2. En ese reclamo pedí la verificación del medidor, la revisión de la conexión interna y el análisis del consumo histórico del predio. 3. La EPS notificó la Resolución N.° [NÚMERO_RESOLUCIÓN] el [FECHA_NOTIFICACIÓN] y declaró infundado el reclamo, sin sustento técnico suficiente. IV. AGRAVIOS 4.1. La resolución apelada se apoya en una lectura del medidor que nunca fue verificada. La empresa no ejecutó la prueba ofrecida por el usuario y resolvió con la sola revisión de su sistema comercial. 4.2. El consumo facturado de S/ [MONTO_FACTURADO] no guarda relación con el promedio de los meses anteriores, que fue de S/ [MONTO_PROMEDIO]. La EPS no explicó la variación. 4.3. La resolución no valora el informe técnico de [ENTIDAD_TECNICA] presentado el [FECHA_INFORME], que descarta una fuga interna en el predio. V. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Resolución de Consejo Directivo N.° 015-2023-SUNASS-CD, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento General de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento. - Decreto Legislativo N.° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. - Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. VI. MEDIOS PROBATORIOS - Copia de la Resolución N.° [NÚMERO_RESOLUCIÓN]. - Cargo de presentación del reclamo N.° [NÚMERO_RECLAMO]. - Recibos de consumo de los periodos [PERIODOS_ANTERIORES]. - Informe técnico de [ENTIDAD_TECNICA] de fecha [FECHA_INFORME]. VII. ANEXOS 1.A. Copia del DNI del recurrente. 1.B. Copia de la resolución apelada. 1.C. Copia del cargo del reclamo. 1.D. Recibos de consumo de los últimos doce meses. 1.E. Fotografías del medidor y del predio. POR TANTO: A usted, señor Presidente del TRASS, pido admitir el presente recurso, elevar el expediente y resolver conforme a ley. [CIUDAD], [FECHA] ___________________________ [NOMBRE_COMPLETO] DNI N.° [DNI] Adjunto: - Copia del DNI. - Copia de la resolución apelada. - Copia del cargo de presentación del reclamo. - Recibos de consumo de los últimos doce meses. - Informe técnico y fotografías del medidor.
Para qué sirve
Tu EPS declaró infundado el reclamo por consumo elevado y ahora te cobra una deuda que no reconoces. Con este recurso de apelación ante el TRASS de SUNASS llevas el caso al tribunal de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, que revisa la decisión de la empresa y puede revocarla. Si ganas, la EPS tiene que refacturar el periodo observado y devolverte lo cobrado en exceso.
El TRASS es la segunda y última instancia administrativa en materia de reclamos de agua y alcantarillado. Su resolución agota la vía administrativa, así que después de esa decisión solo te queda discutir el cobro en el Poder Judicial. Presentar la apelación dentro del plazo detiene el cobro y evita que la deuda se vuelva firme y pase a cobranza coactiva.
Cuándo conviene usarlo
- La EPS declaró infundado tu reclamo por consumo elevado y la facturación supera lo que consumes normalmente.
- El reclamo se declaró improcedente por un defecto de forma y no te dieron chance de corregirlo.
- La empresa no practicó la prueba que pediste, como la verificación del medidor o la revisión de la conexión interna.
- Ya te llegó un aviso de corte o de cobranza coactiva y todavía estás dentro de los quince días hábiles para apelar.
Cómo llenarlo
- Descarga el formato en Word y anota el número de la resolución, la fecha de notificación y el número de tu reclamo. Los tres datos están en el documento que te entregó la EPS.
- Cuenta los quince días hábiles desde el día siguiente a la notificación. El plazo no se prorroga y si presentas tarde la resolución queda firme y la deuda pasa a cobranza coactiva.
- Escribe los agravios en párrafos separados. Un agravio es un error concreto de la empresa. Por ejemplo, que no leyó tu medidor o que aplicó una tarifa que no corresponde.
- Presenta el recurso en la mesa de partes de la EPS o por su canal virtual y pide el cargo con fecha y hora. Ese cargo es tu prueba de que apelaste a tiempo.
- Adjunta copia de la resolución apelada, del cargo del reclamo original y de tu DNI. Si falta algo, el TRASS te pide completarlo antes de resolver.
Base legal
El Texto Único Ordenado del Reglamento General de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N.° 015-2023-SUNASS-CD, fija el plazo de quince días hábiles para apelar y las reglas que sigue el TRASS para resolver. Esa misma norma obliga a la EPS a elevar el expediente al tribunal y a notificarte la decisión final.
El Decreto Legislativo N.° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, da a SUNASS la función de resolver en segunda instancia los reclamos de los usuarios. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, respalda tu derecho a contradecir la decisión, a ofrecer pruebas y a recibir una respuesta motivada.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene el TRASS para resolver la apelación?
El reglamento fija un plazo máximo de treinta días hábiles contados desde que el expediente llega al tribunal. Si no hay respuesta en ese plazo, opera el silencio administrativo negativo y puedes discutir el cobro en el Poder Judicial.
¿Necesito abogado para presentar la apelación?
No. Puedes firmar el recurso tú mismo con tu DNI, sin abogado ni carta poder. Si el suministro está a nombre de otra persona, el titular firma o te autoriza con un poder simple.
¿Qué pasa si la EPS no eleva el recurso al TRASS?
La EPS debe elevar el expediente al tribunal. Si no lo hace, presenta una queja ante SUNASS adjuntando el cargo de tu apelación. También puedes pedir que se suspendan el corte y la cobranza mientras el TRASS resuelve.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación ante el trass de sunass por reclamo de agua
¿El modelo de recurso de apelación ante el trass de sunass por reclamo de agua es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-ante-el-trass-de-sunass-por-reclamo-de-agua/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación ante el trass de sunass por reclamo de agua sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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