Ir al contenido principal
Administrativo

Recurso de Apelación Ante Órgano Resolutivo Superior

Recurso de apelación administrativa contra resolución de segúnda instancia. Art. 209 de la LPAG (Ley 27444). Plazo: 15 días hábiles.

Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Compartir

El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

EXPEDIENTE N.°   : [NÚMERO]
ESCRITO N.°      : [NÚMERO]
SUMILLA          : RECURSO DE APELACIÓN

Señor(a)
[CARGO DE LA AUTORIDAD SUPERIOR — MINISTRO / DIRECTOR GENERAL / TITULAR DEL PLIEGO]
[NOMBRE DE LA ENTIDAD]
Presente.-

[NOMBRE_RECURRENTE], DNI N.° [DNI], domicilio en [DOMICILIO], domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL]; a Ud. digo:

I. ACTO IMPUGNADO

Interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra la [RESOLUCIÓN / ACTO ADMINISTRATIVO] N.° [NÚMERO], emitida por [NOMBRE_AUTORIDAD_INFERIOR] el [FECHA], notificada el [FECHA_NOTIFICACIÓN], que [DECLARÓ INFUNDADO / CONFIRMÓ / DENEGÓ] [DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DEL ACTO].

II. PLAZO

El recurso se interpone dentro del plazo de quince (15) días hábiles conforme al artículo 209° del T.U.O. de la Ley 27444 (LPAG).

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: La resolución apelada adolece de [MOTIVACIÓN INSUFICIENTE / ERROR EN LA APLICACIÓN DE LA NORMA / VICIOS PROCEDIMENTALES / DESVIACIÓN DE PODER] porque [DESCRIPCIÓN DETALLADA].

SEGUNDO: La autoridad inferior interpretó erróneamente el artículo [NÚMERO] de [NORMA], pues la correcta interpretación es [ARGUMENTO], conforme lo ha señalado el Tribunal de [SERVIR / OSCE / TRIBUNAL FISCAL / INDECOPI / OTRO ÓRGANO SUPERIOR] en [RESOLUCIÓN / PRECEDENTE N.° ___].

TERCERO: [TERCER ARGUMENTO con sustento normativo].

IV. MEDIOS PROBATORIOS

1. [DOCUMENTO NUEVO O QUE NO FUE VALORADO].
2. [OTROS DOCUMENTOS DE DESCARGO].

V. PEDIDO

Solicito se declare FUNDADO el recurso de apelación y se REVOQUE / MODIFIQUE la resolución apelada, reconociendo [DERECHO PRETENDIDO].

[CIUDAD], [FECHA]

_________________________         _________________________
       RECURRENTE                          ABOGADO
  [NOMBRE_RECURRENTE]                  [NOMBRE_ABOGADO]
  DNI: [DNI]                            CAL N.°: [NÚMERO_CAL]

El recurso de apelación es el escrito con el que le pides a la autoridad superior de la entidad que revise y revoque o modifique la decisión que tomó un órgano inferior. A diferencia de la reconsideración, aquí no necesitas presentar prueba nueva: basta con que sustentes que hubo una interpretación equivocada de los hechos o una aplicación incorrecta de la norma. Es el recurso que normalmente agota la vía administrativa y deja la puerta abierta para acudir luego al Poder Judicial.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo presenta el administrado afectado por una resolución de primera instancia. Conviene usarlo cuando consideras que la decisión está mal fundamentada, ignoró tus argumentos o aplicó mal una norma, y quieres que un órgano distinto y de mayor jerarquía la revise. Es la vía adecuada cuando no tienes nueva prueba pero sí buenos argumentos jurídicos.

Base legal

La apelación está regulada en el artículo 218 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS (antes Decreto Supremo 004-2019-JUS), y desarrollada en el artículo 220, que precisa que procede cuando la impugnación se sustenta en diferente interpretación de las pruebas o en cuestiones de puro derecho. Se interpone ante la autoridad que emitió el acto, la cual debe elevar el expediente al superior jerárquico. El plazo es de quince (15) días hábiles desde la notificación, conforme al artículo 218.2. El Decreto Legislativo 1633 (2024) actualizó los plazos de resolución de los recursos administrativos. Al resolverse la apelación se agota la vía administrativa, según el artículo 228 del TUO.

Qué datos y documentos necesitas

  • Tus datos completos y los de tu representante si actúas por una empresa.
  • Número de expediente y número de la resolución que apelas.
  • Fecha de notificación, para confirmar que estás dentro de los 15 días hábiles.
  • Copia de la resolución impugnada.
  • Los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan por qué la decisión es incorrecta.
  • Vigencia de poder o carta poder si actúas en representación.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Redacta el recurso identificando la resolución apelada y desarrollando con claridad tus argumentos de hecho y de derecho.
  2. Preséntalo ante la misma autoridad que emitió el acto (mesa de partes física o virtual), dentro de los 15 días hábiles.
  3. La entidad eleva el expediente al órgano superior, que es quien resolverá.
  4. Guarda el cargo de recepción con fecha y hora.
  5. Espera el pronunciamiento del superior. Si no resuelve en el plazo legal, opera el silencio administrativo.
  6. Revisa el TUPA de la entidad por si corresponde algún derecho de trámite, aunque por regla general el recurso no tiene tasa.

Errores comunes a evitar

  • Presentar la apelación directamente ante el superior y no ante el órgano que emitió el acto.
  • Pasarse del plazo de 15 días hábiles.
  • No desarrollar argumentos jurídicos y limitarse a expresar molestia.
  • Olvidar adjuntar copia de la resolución impugnada.
  • No verificar si la materia tiene un procedimiento especial con su propia regulación.

Preguntas frecuentes

¿Necesito presentar nueva prueba para apelar?

No. El artículo 220 del TUO de la Ley 27444 permite apelar por diferente interpretación de las pruebas ya existentes o por cuestiones de puro derecho. La nueva prueba es exigencia de la reconsideración, no de la apelación.

¿La apelación agota la vía administrativa?

Sí. Conforme al artículo 228 del TUO de la Ley 27444, la resolución que pone fin al procedimiento agota la vía administrativa, lo que te habilita para acudir al proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial.

¿Ante quién presento físicamente el recurso?

Ante la misma autoridad que dictó el acto. Ella tiene el deber de elevar el expediente al superior jerárquico, que es el que resuelve la apelación, según el artículo 220 del TUO.

¿Qué hago si el superior no responde?

Opera el silencio administrativo. Según el tipo de procedimiento podrás darlo por denegado (silencio negativo) y demandar judicialmente, conforme a los artículos 197 y 199 del TUO de la Ley 27444.

Publicidad

Cómo presentar recurso de apelación ante órgano resolutivo superior: paso a paso

  1. Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
  2. Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
  3. Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
  5. Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación ante órgano resolutivo superior

¿El modelo de recurso de apelación ante órgano resolutivo superior es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-ante-organo-resolutivo-superior/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación ante órgano resolutivo superior sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Publicidad

Modelos relacionados

Ver los 223 modelos de Derecho Administrativo →

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras