Reglamento de Uso de Áreas Comunes Recreativas del Condominio
Reglamento interno aprobado por la Junta de Propietarios que regula horarios, aforo, reservas y responsabilidad por daños en piscina, gimnasio, SUM y demás amenities del condominio, conforme a la Ley 27157 y el D. Leg. 1568.
Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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REGLAMENTO DE USO DE ÁREAS COMUNES RECREATIVAS DEL CONDOMINIO El presente Reglamento de Uso de Áreas Comunes Recreativas ha sido aprobado por la Junta de Propietarios del condominio [NOMBRE_DEL_CONDOMINIO], ubicado en [DIRECCION_DEL_CONDOMINIO], en sesión de fecha [FECHA_DE_APROBACION], con el quórum y las mayorías previstas en el Reglamento Interno del condominio y en la Ley N.° 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, y su modificatoria, el Decreto Legislativo N.° 1568, con la finalidad de regular el uso ordenado, seguro y equitativo de las áreas comunes recreativas del condominio. ARTÍCULO 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente reglamento se aplica al uso de las siguientes áreas comunes recreativas: piscina, gimnasio, sala de usos múltiples (SUM), sala de coworking, azotea y [OTRAS_AREAS_RECREATIVAS], siendo de observancia obligatoria para todos los propietarios, residentes, familiares e invitados. ARTÍCULO 2.- HORARIOS DE USO. Las áreas comunes recreativas podrán utilizarse en el siguiente horario: [HORARIO_DE_USO], pudiendo la administración modificarlo por razones de mantenimiento, seguridad o fuerza mayor, previa comunicación a los residentes. ARTÍCULO 3.- AFORO MÁXIMO. El aforo máximo permitido en cada área será el siguiente: piscina [AFORO_PISCINA] personas, gimnasio [AFORO_GIMNASIO] personas, SUM [AFORO_SUM] personas, debiendo respetarse en todo momento por razones de seguridad y comodidad de los usuarios. ARTÍCULO 4.- RESERVA DE ESPACIOS. El uso del SUM y demás áreas que lo requieran deberá reservarse previamente ante la administración, con una anticipación mínima de [DIAS_ANTICIPACION_RESERVA] días, pudiendo la Junta de Propietarios fijar una tarifa de uso o un depósito de garantía por eventuales daños. ARTÍCULO 5.- NORMAS DE CONDUCTA Y SEGURIDAD. Los usuarios deberán observar las normas de higiene y seguridad de cada área, por ejemplo ducharse antes de ingresar a la piscina y usar calzado deportivo en el gimnasio, quedando prohibido el ingreso de menores de edad sin supervisión de un adulto responsable a la piscina y al gimnasio. ARTÍCULO 6.- RESPONSABILIDAD POR DAÑOS. El propietario o residente que, por sí mismo o a través de sus familiares o invitados, cause daños a los bienes o instalaciones de las áreas comunes recreativas, asumirá el costo íntegro de su reparación o reposición, el cual podrá ser cargado a su cuenta de mantenimiento previa comunicación formal. ARTÍCULO 7.- MASCOTAS. [REGULACION_SOBRE_MASCOTAS_EN_AREAS_COMUNES]. ARTÍCULO 8.- SANCIONES. El incumplimiento de las disposiciones del presente reglamento facultará a la administración, previo procedimiento de descargo, a restringir temporalmente el acceso del infractor al área común correspondiente, sin perjuicio de las demás medidas previstas en el Reglamento Interno. ARTÍCULO 9.- VIGENCIA Y MODIFICACIÓN. El presente reglamento entra en vigencia al día siguiente de su aprobación y comunicación a los residentes, y solo podrá ser modificado por acuerdo de la Junta de Propietarios con el quórum que exija el Reglamento Interno. Aprobado en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. _______________________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE_JUNTA] Presidente de la Junta de Propietarios [NOMBRE_DEL_CONDOMINIO]
El reglamento de uso de áreas comunes recreativas es el documento interno que la Junta de Propietarios aprueba para regular el acceso, horarios, aforo y responsabilidad por daños en amenities cada vez más frecuentes en edificios modernos, como piscina, gimnasio, sala de usos múltiples, coworking y azotea. Se sustenta en las facultades reglamentarias que la Ley N.° 27157 y su modificatoria, el Decreto Legislativo N.° 1568, reconocen a la Junta de Propietarios, y es distinto tanto del Reglamento Interno de Propiedad Horizontal, documento legal societario que rige la organización del condominio, como del Reglamento de Convivencia general.
Cuándo usar este modelo
Es indispensable en condominios modernos con amenities recreativos, donde el Reglamento Interno tradicional no detalla el uso operativo de piscina, gimnasio o SUM, generando conflictos entre residentes por horarios, aforo, reservas o mal uso de las instalaciones que ponen en riesgo la seguridad o la convivencia.
Qué datos necesitas
Necesita el listado completo de áreas recreativas del condominio, los horarios de uso propuestos, el aforo máximo recomendado para cada espacio según su tamaño, el procedimiento de reserva para las áreas que lo requieran, y las reglas de conducta, seguridad y responsabilidad por daños que la junta desea establecer.
Paso a paso
Primero, la administración o un comité designado redacta un proyecto de reglamento considerando las particularidades de cada área recreativa. Segundo, el proyecto se presenta a la Junta de Propietarios para su discusión y ajustes. Tercero, se aprueba en sesión de junta con el quórum exigido por el Reglamento Interno, dejando constancia en acta. Cuarto, se comunica el reglamento aprobado a todos los residentes y se fija en un lugar visible del condominio, entrando en vigencia conforme a lo acordado.
Errores comunes
Un error frecuente es aprobar este reglamento sin el quórum o las mayorías que exige el Reglamento Interno, lo que lo hace impugnable. Otro error es fijar sanciones que exceden las facultades de la junta, como suspensiones prolongadas o multas no contempladas en el Reglamento Interno. También se olvida establecer con claridad el procedimiento de reserva y el régimen de responsabilidad por daños, lo que genera disputas constantes entre residentes sobre quién asume el costo de reparaciones.
Preguntas frecuentes
¿Este reglamento reemplaza al Reglamento Interno de Propiedad Horizontal? No, es un documento complementario de carácter operativo; el Reglamento Interno sigue siendo el instrumento legal principal que rige la propiedad horizontal.
¿Puede la junta cobrar una tarifa por el uso del SUM? Sí, siempre que esté contemplado en este reglamento o en el Reglamento Interno, generalmente como depósito de garantía por eventuales daños.
¿Qué pasa si un residente incumple reiteradamente las normas de aforo o conducta? La administración puede restringir temporalmente su acceso al área correspondiente, previo procedimiento de descargo, conforme lo establezca el propio reglamento.
¿Es obligatorio para los inquilinos, no solo para los propietarios? Sí, el reglamento debe ser de cumplimiento obligatorio para todo residente, sea propietario o arrendatario, así como para sus invitados.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento de uso de áreas comunes recreativas del condominio
¿El modelo de reglamento de uso de áreas comunes recreativas del condominio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-de-uso-de-areas-comunes-recreativas-del-condominio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reglamento de uso de áreas comunes recreativas del condominio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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